Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Tordera
Hasta el 50% del coste del proyecto, con un tope máximo según el programa.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del ayuntamiento de Tordera para proyectos y actividades de utilidad pública o interés social.
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro, asociaciones y clubes de Tordera.
- Cuánto
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- Como regla general, hasta el 50% del importe de la actividad, con un tope máximo por programa
Dentro de cada programa hay varios tipos de proyecto y cada uno tiene su propio máximo: la cifra indicada es la más alta del programa. Las actividades por aniversario de la entidad tienen cuantías propias: 500€ a los 25 años, 765€ a los 50, 1.275€ a los 75 y 1.500€ a partir de los 100.Programa Cuantía máxima Cultura 10.000€ Educación 5.000€ Juventud 5.000€ Atención social 5.000€ Deportes 12.000€ Participación ciudadana 5.000€ Medio ambiente 5.000€
- Como regla general, hasta el 50% del importe de la actividad, con un tope máximo por programa
- Qué cubre
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- Gastos directos que respondan a la naturaleza de la actividad o proyecto y se realicen dentro del ejercicio
- Alquiler o hipoteca de un espacio polivalente destinado en exclusiva a las actividades de la entidad
- En deporte, gastos ligados a la competición y a la práctica deportiva
Se subvencionan transporte y dietas, alojamiento en los desplazamientos que lo requieran, arbitrajes necesarios para la competición, licencias federativas abonadas a las federaciones y material deportivo fungible. No entran fiestas, celebraciones, clausuras, comidas o cenas de la entidad, fichajes o primas de jugadores, sanciones y multas federativas ni gastos de representación de la junta directiva.
- Requisitos
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- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro de Tordera que desarrolla actividades lícitas
- Estás inscrita en el registro de entidades del ayuntamiento de Tordera
- Si tu sede central no está en Tordera, acreditas el acuerdo de abrir una delegación en el municipio
- Usas al menos el catalán en las comunicaciones y publicaciones de las actividades subvencionadas
- Pides subvención para un único programa, según los fines que recogen tus estatutos
- Si trabajas con menores, dispones de los certificados negativos de delitos sexuales y del protocolo frente a la violencia o el acoso; si aún no tienes el protocolo, presentas una declaración responsable de que lo elaborarás durante 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acepta la subvención tras la notificación: si en un mes no manifiestas oposición, se entiende aceptada
- Justifica la subvención antes del 30 de noviembre de 2026
- Justifica el 100% del coste generado por la actividad, no solo el importe concedido
- Incluye el logotipo del ayuntamiento y la frase «Con el apoyo del Ayuntamiento de Tordera» en la difusión
- Comunica cualquier otra subvención que pidas u obtengas para la misma finalidad
- Facilita la documentación y el acceso que requiera el personal de control financiero
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro de Tordera
- Estás inscrita en el registro de entidades del ayuntamiento
- Tu proyecto de 2026 es de utilidad pública o de interés social
- Organizas actividades culturales, educativas, juveniles, deportivas, sociales o ambientales
- Usas el catalán en la difusión de tus actividades
- Tu actividad sirve para recaudar fondos para la entidad
- Organizas barras de bar, cenas u otras actividades sin finalidad social clara
- Ya usas esos gastos para justificar un convenio nominativo con el ayuntamiento
- Quieres pedir subvención para más de un programa
- Tu entidad no está inscrita en el registro de entidades del ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
Como regla general la subvención no supera el 50% del importe de la actividad o proyecto, aunque por causas justificadas puede ser mayor, sobre todo si tu proyecto complementa una competencia municipal deficitaria y existe un informe del departamento que lo justifique. Cada programa fija además su propio tope, que va desde 1.000€ en el apoyo a asociaciones de familias de alumnos hasta 12.000€ en deporte federado. El importe concedido puede ser inferior al que pides y el pago efectivo será, como regla general, como máximo del 50% de los gastos finales.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad está inscrita en el registro de entidades del ayuntamiento
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Elige el único programa al que te presentas según los fines de tus estatutos
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Rellena los modelos normalizados con el programa detallado y el presupuesto previsto
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Presenta la solicitud por vía electrónica en la sede electrónica del ayuntamiento
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Acepta la subvención cuando te notifiquen la concesión
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Justifica los gastos antes del 30 de noviembre de 2026
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud con el número de proyecto de referencia y el programa elegido
- Programa detallado de la actividad o proyecto, en modelo normalizado
- Presupuesto total previsto con gastos, ingresos, cuantía solicitada y fuentes de financiación
- Memoria de la actividad de la entidad del año, curso escolar o temporada anterior
- Declaración de las subvenciones solicitadas u obtenidas para la misma finalidad
- Certificaciones de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, si no autorizas la consulta
- Datos bancarios de la cuenta donde cobrarás, en modelo normalizado
- Certificados negativos de delitos de naturaleza sexual y protocolo frente a la violencia o el acoso, si trabajas con menores
- Modelo normalizado simplificado, si pides menos de 1.000€