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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Cultura
Cultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Tordera

Hasta el 50% del coste del proyecto, con un tope máximo según el programa.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del ayuntamiento de Tordera para proyectos y actividades de utilidad pública o interés social.
Para quién
Entidades privadas sin ánimo de lucro, asociaciones y clubes de Tordera.
Cuánto
  • Como regla general, hasta el 50% del importe de la actividad, con un tope máximo por programa
    ProgramaCuantía máxima
    Cultura10.000€
    Educación5.000€
    Juventud5.000€
    Atención social5.000€
    Deportes12.000€
    Participación ciudadana5.000€
    Medio ambiente5.000€
    Dentro de cada programa hay varios tipos de proyecto y cada uno tiene su propio máximo: la cifra indicada es la más alta del programa. Las actividades por aniversario de la entidad tienen cuantías propias: 500€ a los 25 años, 765€ a los 50, 1.275€ a los 75 y 1.500€ a partir de los 100.
Qué cubre
  • Gastos directos que respondan a la naturaleza de la actividad o proyecto y se realicen dentro del ejercicio
  • Alquiler o hipoteca de un espacio polivalente destinado en exclusiva a las actividades de la entidad
  • En deporte, gastos ligados a la competición y a la práctica deportiva

    Se subvencionan transporte y dietas, alojamiento en los desplazamientos que lo requieran, arbitrajes necesarios para la competición, licencias federativas abonadas a las federaciones y material deportivo fungible. No entran fiestas, celebraciones, clausuras, comidas o cenas de la entidad, fichajes o primas de jugadores, sanciones y multas federativas ni gastos de representación de la junta directiva.

Requisitos
  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro de Tordera que desarrolla actividades lícitas
  • Estás inscrita en el registro de entidades del ayuntamiento de Tordera
  • Si tu sede central no está en Tordera, acreditas el acuerdo de abrir una delegación en el municipio
  • Usas al menos el catalán en las comunicaciones y publicaciones de las actividades subvencionadas
  • Pides subvención para un único programa, según los fines que recogen tus estatutos
  • Si trabajas con menores, dispones de los certificados negativos de delitos sexuales y del protocolo frente a la violencia o el acoso; si aún no tienes el protocolo, presentas una declaración responsable de que lo elaborarás durante 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta la subvención tras la notificación: si en un mes no manifiestas oposición, se entiende aceptada
  • Justifica la subvención antes del 30 de noviembre de 2026
  • Justifica el 100% del coste generado por la actividad, no solo el importe concedido
  • Incluye el logotipo del ayuntamiento y la frase «Con el apoyo del Ayuntamiento de Tordera» en la difusión
  • Comunica cualquier otra subvención que pidas u obtengas para la misma finalidad
  • Facilita la documentación y el acceso que requiera el personal de control financiero
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro de Tordera
  • Estás inscrita en el registro de entidades del ayuntamiento
  • Tu proyecto de 2026 es de utilidad pública o de interés social
  • Organizas actividades culturales, educativas, juveniles, deportivas, sociales o ambientales
  • Usas el catalán en la difusión de tus actividades
  • Tu actividad sirve para recaudar fondos para la entidad
  • Organizas barras de bar, cenas u otras actividades sin finalidad social clara
  • Ya usas esos gastos para justificar un convenio nominativo con el ayuntamiento
  • Quieres pedir subvención para más de un programa
  • Tu entidad no está inscrita en el registro de entidades del ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Como regla general la subvención no supera el 50% del importe de la actividad o proyecto, aunque por causas justificadas puede ser mayor, sobre todo si tu proyecto complementa una competencia municipal deficitaria y existe un informe del departamento que lo justifique. Cada programa fija además su propio tope, que va desde 1.000€ en el apoyo a asociaciones de familias de alumnos hasta 12.000€ en deporte federado. El importe concedido puede ser inferior al que pides y el pago efectivo será, como regla general, como máximo del 50% de los gastos finales.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el registro de entidades del ayuntamiento

  2. Elige el único programa al que te presentas según los fines de tus estatutos

  3. Rellena los modelos normalizados con el programa detallado y el presupuesto previsto

  4. Presenta la solicitud por vía electrónica en la sede electrónica del ayuntamiento

  5. Acepta la subvención cuando te notifiquen la concesión

  6. Justifica los gastos antes del 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud con el número de proyecto de referencia y el programa elegido
  • Programa detallado de la actividad o proyecto, en modelo normalizado
  • Presupuesto total previsto con gastos, ingresos, cuantía solicitada y fuentes de financiación
  • Memoria de la actividad de la entidad del año, curso escolar o temporada anterior
  • Declaración de las subvenciones solicitadas u obtenidas para la misma finalidad
  • Certificaciones de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, si no autorizas la consulta
  • Datos bancarios de la cuenta donde cobrarás, en modelo normalizado
  • Certificados negativos de delitos de naturaleza sexual y protocolo frente a la violencia o el acoso, si trabajas con menores
  • Modelo normalizado simplificado, si pides menos de 1.000€

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir subvención para varios programas?
No. Cada entidad solo puede solicitar subvención para un único programa de los previstos, según los fines que recojan sus estatutos.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, es compatible con las de otras administraciones o entidades públicas o privadas, pero la suma de todas no puede superar el coste total de la actividad.
¿Qué actividades no se subvencionan?
Las destinadas a recaudar fondos o que sirvan para financiar a la entidad, y las que no tengan una finalidad social clara, como barras de bar o cenas.
¿Cómo se justifica la subvención?
Antes del 30 de noviembre de 2026. Si el importe es inferior a 1.000€ basta el modelo simplificado con memoria de actuaciones y memoria económica; por encima hay que añadir copia de las facturas o documentos análogos.
¿Qué pasa si una entidad renuncia a su subvención?
El ayuntamiento puede concederla a los siguientes solicitantes por orden de puntuación, sin nueva convocatoria, y les da un plazo improrrogable de 10 días para aceptarla.

Fuentes oficiales

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