Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Empleo
Empleo Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a emprendedores del Ayuntamiento de Parres

Ayuda para desempleados que inician una actividad por cuenta propia en Parres.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Parres para quienes inician una actividad productiva en el municipio.
Para quién
Personas físicas, empresas y entidades con personalidad jurídica propia que inician una actividad productiva en Parres.
Cuánto
Hasta 900€ por solicitante
Qué cubre
  • El inicio de tu actividad productiva en cualquier sector: agricultura, industria, construcción o servicios como comercio, turismo u hostelería
  • Gastos del proyecto que puedas justificar con facturas y, en el caso del personal, con nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social
Requisitos
  • Estás en situación de desempleo e inicias una actividad económica o profesional por cuenta propia durante 2026 en Parres
  • Inicias el proyecto empresarial como titular o cotitular y te das de alta en el impuesto de actividades económicas durante el año de la convocatoria
  • Presentas un plan de empresa que explique la idea, su financiación, la situación inicial y una proyección de al menos tres años, con valoración final viable
  • Te das de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos durante el año de la convocatoria, si procede
  • Tu centro de trabajo, establecimiento abierto al público o domicilio fiscal está en el concejo de Parres
  • Tu proyecto no es la continuación ni un cambio de denominación de otro ya iniciado y en activo por las mismas personas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a la finalidad para la que se concede
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que solicites u obtengas para la misma finalidad
  • Justifica la ayuda con una memoria de ejecución del proyecto y una memoria económica con la relación de gastos y sus facturas
  • Da publicidad de la financiación pública del proyecto con un cartel visible en el lugar donde realizas la actividad
  • Mantén la condición de autónomo durante los dos años posteriores al alta en el régimen especial de trabajadores autónomos objeto de la subvención
  • Devuelve las cantidades que no apliques a la actividad, con los intereses de demora correspondientes
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 5 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás en paro y vas a iniciar una actividad por cuenta propia en 2026
  • Te das de alta en el impuesto de actividades económicas este año en Parres
  • Tu centro de trabajo o tu domicilio fiscal está en el concejo de Parres
  • Tienes un plan de empresa con una proyección de al menos tres años
  • Eres autónomo dentro de una comunidad de bienes y solicitas a título personal
  • Recibiste esta misma ayuda al inicio de actividad en los tres años anteriores
  • Tu proyecto continúa o cambia el nombre de otro ya activo de las mismas personas
  • Iniciaste tu actividad antes del 1 de enero de 2026
  • Desarrollas tu actividad fuera del concejo de Parres

Cuánto puedes recibir

La ayuda tiene un límite máximo de 900€ por solicitante. Para que tu proyecto sea subvencionable necesitas al menos 1 punto en el baremo; las solicitudes se ordenan por puntuación y el crédito se asigna siguiendo ese orden, de modo que una vez agotado no se conceden más ayudas. Si al final justificas menos de lo concedido, la ayuda se reduce hasta el importe que hayas justificado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples los requisitos: deben acreditarse a la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes

  2. Prepara tu plan de empresa siguiendo la estructura del Anexo I

  3. Rellena el formulario normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Parres

  4. Presenta la solicitud con toda la documentación antes del 5 de noviembre de 2026

  5. Si te falta algún documento, subsánalo en el plazo de diez días que te dará el Ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Copia del DNI, NIE o CIF del solicitante y, en su caso, del representante
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para ser beneficiario y de estar al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
  • Documento acreditativo de la representación legal, si procede
  • Ficha de acreedores cumplimentada según modelo
  • Copia del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos
  • Copia del alta en el impuesto de actividades económicas y/o declaración censal
  • Plan de empresa (Anexo I)
  • Declaración de las subvenciones solicitadas o concedidas
  • Relación de los justificantes que acreditan los méritos del baremo
  • Anexo de poder de representación para tramitación por comparecencia electrónica, si presenta la solicitud otra persona

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Las solicitudes se puntúan con un baremo: creación de empleo (hasta 5,5 puntos), forma jurídica de economía social (1 punto), responsabilidad social y medioambiental (hasta 1,5 puntos), actividad en sectores innovadores de interés (hasta 2 puntos) y fomento de la innovación (hasta 1,5 puntos).
¿Puedo pedirla si ya recibí esta ayuda hace dos años?
No. Quedan fuera quienes hayan sido beneficiarios de esta línea de ayudas al inicio de actividad en los tres años inmediatamente anteriores a la apertura del plazo de solicitudes.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con ayudas de otras administraciones para la misma finalidad, siempre que entre todas no superes el coste de la actividad. No es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad del presupuesto municipal.
¿Qué pasa si somos varios socios de una comunidad de bienes o una sociedad?
Los trabajadores autónomos que formen parte de una comunidad de bienes, sociedad civil o sociedad de capital pueden solicitarla a título personal, con el límite de dos socios o comuneros.
¿Qué ocurre si hay empate de puntuación?
Desempata primero la puntuación por creación de empleo; después la de sectores innovadores; luego la de economía social; y por último la de responsabilidad social y medioambiental. Si el empate persiste, se decide por sorteo.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas

Empleo Cataluña
Cierra en 36 días

Subvenciones para espacios de búsqueda de empleo

Hasta 98.577,66€ por espacio de búsqueda de empleo para entidades y ayuntamientos.

Para Asociaciones, fundaciones y ONGs · Pymes y autónomos

Hasta

84.050 €