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Ayudas Claras
Subvenciones Málaga Económico
Económico Málaga Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro en Mijas

Hasta 3.000€ por proyecto para entidades sin ánimo de lucro de Mijas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Mijas para proyectos de familia e igualdad de entidades sin ánimo de lucro
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro de Mijas que trabajan en familia e igualdad de oportunidades
Cuánto
Hasta 3.000€ por proyecto
Qué cubre
  • Gastos corrientes del proyecto: personal, asistencia técnica y materiales fungibles
  • Publicidad de las actividades subvencionadas, alquiler de equipamiento y gastos de gestión
  • Gastos de transporte y asistencia técnica especializada en igualdad
Requisitos
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro y está inscrita en el Registro Municipal de Mijas
  • Tu entidad está declarada de utilidad pública municipal
  • El proyecto es en materia de familia e igualdad de oportunidades y se desarrolló en 2025
  • Presentas un único proyecto por entidad
  • Tu proyecto obtiene un mínimo de 30 puntos en la valoración, sobre un máximo de 100
  • No tienes deudas vencidas, liquidadas y exigibles con el Ayuntamiento de Mijas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acredita documentalmente el proyecto realizado y el gasto ejecutado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
  • Justifica la totalidad del importe del proyecto, no solo la parte subvencionada
  • Paga por tarjeta o transferencia bancaria cualquier gasto superior a 200€
  • Incluye el logotipo del Área de Familia e Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento en los materiales del proyecto
  • Coloca en lugar visible un cartel con la identificación municipal en los actos y actividades financiados
  • Aporta evidencias de la publicidad realizada: fotografías, capturas, enlaces o materiales gráficos
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro Municipal de Mijas
  • Tu entidad está declarada de utilidad pública municipal
  • Desarrollaste en 2025 un proyecto de familia o de igualdad de oportunidades
  • Puedes acreditar con facturas y justificantes el gasto realizado en 2025
  • Vas a presentar un solo proyecto
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Mijas
  • El proyecto que presentas se ejecutó fuera del año 2025
  • Tu proyecto no se ajusta al objeto de ninguna de las líneas de subvención
  • Los gastos que quieres justificar son obras, equipamiento informático o comidas

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 3.000€ por proyecto. Las solicitudes se comparan y se ordenan por puntuación, y las subvenciones se adjudican hasta agotar el crédito disponible. Como se trata de actividades ya realizadas en 2025, tienes que justificar el gasto al presentar la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro Municipal y declarada de utilidad pública municipal

  2. Prepara la memoria del proyecto ejecutado en 2025 con su presupuesto de gastos

  3. Reúne las facturas y los justificantes de pago del gasto realizado en 2025

  4. Cumplimenta los modelos de anexos que acompañan a la convocatoria

  5. Presenta la solicitud por la sede electrónica del Ayuntamiento de Mijas dentro del plazo de 15 días hábiles

  6. Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo de 10 días

Documentación necesaria

  • Solicitud debidamente cumplimentada (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI o NIF de la persona que representa a la entidad
  • Certificado de nombramiento de la persona representante, emitido por el secretario o la secretaria
  • Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal
  • Fotocopia de la escritura o los estatutos de constitución de la entidad
  • Autorización de la Junta Directiva a la presidencia para solicitar y gestionar la subvención
  • Modelo de autorización para pedir por vía telemática el certificado de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social
  • Denominación del proyecto, fundamentación y actividades (Anexo II)
  • Presupuesto de gastos del proyecto
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
  • Información sobre protección de datos de carácter personal (Anexo III)
  • Memoria o proyecto de la actividad realizada, con su viabilidad y evaluación (Anexo IV)
  • Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente, con sus justificantes de pago

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varios proyectos con la misma asociación?
No. Cada entidad solo puede presentar un único proyecto.
¿Sirve un proyecto que estoy haciendo ahora?
No. Solo se subvencionan los proyectos y actividades ejecutados durante 2025, y el gasto debe corresponder al periodo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
¿Qué gastos no me van a admitir?
Las obras en inmuebles, la compra de equipamiento, mobiliario o equipos informáticos, los gastos de restauración como comida, bebida o catering, y los gastos de amortización, financieros o por tributos.
¿Qué puntuación necesita mi proyecto?
Tienes que alcanzar un mínimo de 30 puntos, sobre un máximo de 100, para poder ser entidad beneficiaria. Los criterios de valoración están en las bases reguladoras.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para dictar y publicar la resolución definitiva es de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución, la solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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