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Ayudas Claras
Subvenciones Cantabria Económico
Económico Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a rehabilitar edificios en la Puebla Vieja de Laredo

Hasta el 40% del presupuesto de obra, con topes según el nivel de protección

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia del Ayuntamiento de Laredo para obras de rehabilitación de edificios en la Puebla Vieja
Para quién
Propietarios y usuarios de viviendas, solos o agrupados en sociedades civiles u otras formas asociativas
Cuánto
  • Un porcentaje del presupuesto de contrata de la obra según el nivel de protección del edificio
    Tipo de actuaciónPorcentajeMáximo protegible
    Nivel 140%13.000€
    Nivel 240%12.000€
    Nivel 335%10.000€
    Nivel 430%9.000€
    Nivel 530%8.000€
    Nivel 625%7.000€
    Obras de accesibilidad40%12.000€
    Eficiencia energética y mejora térmica20%12.000€
    El porcentaje se aplica al presupuesto de contrata de las obras, con el IVA incluido. En el nivel 6 la ayuda solo se concede si las actuaciones se dirigen a eliminar o reducir el impacto de elementos considerados inapropiados por falta de ajuste o integración con el entorno, según la normativa urbanística aplicable. Las obras de accesibilidad y las de eficiencia energética se subvencionan con independencia del nivel de protección del inmueble.
Qué cubre
  • Obras de restauración, conservación, consolidación o reconstrucción de cubiertas, fachadas y portales
  • Intervenciones en la estructura para recuperar o mejorar la resistencia del edificio
  • Obras de accesibilidad, de eficiencia energética y los honorarios técnicos que necesites
    ConceptoSubvención
    Redacción del proyecto técnico2.200€
    Dirección técnica1.600€
    Informe de Evaluación del Edificio600€
    Estos importes se reconocen cuando el proyecto, la dirección técnica o el Informe de Evaluación del Edificio son necesarios para la obra.
Requisitos
  • Eres propietario o usuario de una vivienda de la Puebla Vieja de Laredo
  • Si solicitas agrupado, la agrupación puede actuar sobre todos los elementos comunes del inmueble
  • No eres deudor con la Hacienda Municipal
  • No tienes pendiente el reintegro de subvenciones anteriores mal justificadas
  • Eliminas del edificio los elementos inadecuados o añadidos que marque la normativa urbanística
  • Si pides ayuda por eficiencia energética, subes al menos un nivel en la calificación energética del edificio
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Retira los elementos añadidos o de publicidad ejecutados sin licencia
  • Ejecuta las obras conforme a lo solicitado en la licencia de obras
  • Presenta la certificación final de obra siempre que intervenga un técnico de edificación
  • Justifica con un técnico competente la subida de nivel en la calificación energética
  • No pidas dos subvenciones por el mismo concepto
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario o usuario de una vivienda en la Puebla Vieja de Laredo
  • Vas a arreglar la cubierta, la fachada o el portal del edificio
  • Formas parte de una comunidad de propietarios que actúa sobre los elementos comunes
  • Necesitas intervenir en la estructura para mejorar su resistencia
  • Quieres hacer obras de accesibilidad en el inmueble
  • Vas a mejorar la eficiencia energética de la envolvente del edificio
  • Eres deudor con la Hacienda Municipal
  • Tienes pendiente el reintegro de subvenciones anteriores mal justificadas
  • Ya has recibido subvención por ese mismo concepto
  • No vas a eliminar los elementos añadidos o inadecuados que señala la normativa urbanística
  • Tu obra de eficiencia energética no sube al menos un nivel en la calificación energética

Cuánto puedes recibir

Recibes un porcentaje del presupuesto de contrata de las obras, con el IVA incluido, que va del 25% al 40% según el nivel de protección del edificio, con un tope de entre 7.000€ y 13.000€. Las obras de accesibilidad se subvencionan al 40% hasta 12.000€ y las de eficiencia energética al 20% hasta 12.000€, sea cual sea el nivel de protección. Si la obra necesita proyecto técnico se añaden 2.200€, si necesita dirección técnica 1.600€, y 600€ cuando sea obligatorio presentar el Informe de Evaluación del Edificio. La subvención es a fondo perdido y no se paga dos veces el mismo concepto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los datos del inmueble: referencia catastral, nivel de protección y presupuesto de las obras

  2. Rellena la instancia de solicitud de subvención en la Puebla Vieja (Anexo I)

  3. Firma la declaración responsable de no ser deudor con la Hacienda Municipal

  4. Presenta la solicitud dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Laredo dentro del plazo de dos meses

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud de subvención en la Puebla Vieja (Anexo I)
  • Declaración responsable de no ser deudor con la Hacienda Municipal ni tener reintegros pendientes
  • Fotocopia del DNI del titular si actúas mediante representante
  • Fotocopia de la licencia de obra
  • Presupuesto de las obras
  • Proyecto de ejecución y dirección técnica cuando la obra lo exija
  • Informe de Evaluación del Edificio cuando sea preceptivo

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?
El plazo mínimo es de dos meses, contado desde que se publica el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. El Anexo I de la propia convocatoria menciona, en cambio, un periodo de solicitud de un mes: las dos referencias oficiales no coinciden, por lo que conviene confirmar la fecha límite con el Ayuntamiento de Laredo antes de apurar el plazo.
¿Puede pedirla una comunidad de propietarios?
Sí. Pueden pedirla los propietarios y usuarios de viviendas, tanto individualmente como agrupados en sociedades civiles o en cualquier otra forma asociativa, aunque no esté formalmente constituida, con potestad para actuar sobre todos los elementos comunes del inmueble.
¿Qué pasa si vendo el inmueble o lo hereda otra persona?
El beneficio de la subvención se puede transmitir entre los titulares del inmueble una vez acreditado un negocio jurídico entre vivos o por causa de muerte que transfiera la propiedad del edificio favorecido.
¿Puedo cobrar dos ayudas por la misma actuación?
No. La convocatoria establece expresamente que no puede subvencionarse dos veces el mismo concepto.
¿Tengo que retirar carteles o añadidos del edificio?
Sí. La concesión está condicionada a eliminar los elementos inadecuados o añadidos que la normativa urbanística señale, incluidos los de publicidad ejecutados sin licencia.

Fuentes oficiales

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