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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Agricultura
Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda por gestión de estiércol tras tuberculosis bovina

Hasta el 85% del gasto de gestión de estiércol, con un máximo de 5.000€.

Lo que significa

Qué es
Ayuda en concurrencia no competitiva de la Generalitat para gestionar el estiércol de explotaciones de vacuno con tuberculosis bovina.
Para quién
Explotaciones ganaderas de vacuno de Cataluña con un positivo confirmado de tuberculosis bovina.
Cuánto
Hasta el 85% del gasto subvencionable, con un máximo de 5.000€ por persona beneficiaria
Qué cubre
  • Gasto de eliminación del estiércol en explotaciones donde se ha aplicado un vaciado sanitario
  • Gestión del estiércol y los purines realizada por empresas externas
  • Compra de productos para la gestión del estiércol que lleve a cabo la propia explotación
Requisitos
  • Tu explotación de vacuno tiene confirmado un positivo de tuberculosis bovina
  • Has finalizado el vaciado sanitario de la explotación
  • El gasto se ha hecho entre el 1 de enero de 2025 y el último día del plazo de presentación
  • Respetas la normativa de igualdad efectiva de mujeres y hombres y la de igualdad de trato y no discriminación
  • Respetas la normativa que garantiza los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales
  • Con tu empresa no superas los 50.000€ en ayudas de minimis a lo largo de tres ejercicios
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la justificación de la subvención junto con la solicitud
  • Aporta una memoria explicativa de la actividad realizada y una memoria económica de su coste
  • Declara los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la misma actividad
  • Adhiérete a los principios éticos y reglas de conducta que exige la convocatoria
  • Colabora con la administración en el seguimiento y la evaluación del cumplimiento
  • Devuelve la ayuda si renuncias a ella o si no llegas a justificar el gasto
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una explotación ganadera de vacuno en Cataluña
  • Se ha confirmado un positivo de tuberculosis bovina en tu explotación
  • Ya has finalizado el vaciado sanitario de la explotación
  • Has pagado la gestión del estiércol y los purines generados
  • Contrataste una empresa externa o compraste productos para gestionar el estiércol
  • En tu explotación no se ha confirmado un positivo de tuberculosis bovina
  • Todavía no has finalizado el vaciado sanitario de la explotación
  • El gasto es anterior al 1 de enero de 2025
  • Tu empresa ya ha agotado el límite de ayudas de minimis de los últimos tres ejercicios

Cuánto puedes recibir

Se subvenciona como máximo el 85% del gasto subvencionable, con un tope de 5.000€ por persona beneficiaria. La ayuda nunca puede ser de tal cuantía que, sola o sumada a otras ayudas o ingresos, supere el coste de la actividad. Al tratarse de una ayuda de minimis, la suma de este tipo de ayudas que reciba tu empresa no puede superar los 50.000€ en tres ejercicios. El pago se hace tras comprobar que cumples los requisitos o tras la justificación previa de la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que el vaciado sanitario de tu explotación ha finalizado

  2. Reúne las facturas de la gestión del estiércol y los justificantes de su pago

  3. Rellena el modelo de solicitud de la sede electrónica indicando la marca oficial de la explotación

  4. Adjunta la cuenta justificativa, porque la justificación se presenta junto con la solicitud

  5. Presenta la solicitud de forma telemática antes del 15 de octubre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud con la marca oficial de la explotación para la que pides la ayuda
  • Declaraciones responsables
  • Cuenta bancaria de la persona beneficiaria
  • Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad, con las actividades realizadas y los resultados obtenidos
  • Memoria económica con la relación clasificada de gastos: acreedor, número de factura, importe y fechas de emisión y pago
  • Copias digitalizadas de las facturas y de la documentación que acredite el pago
  • Declaración responsable sobre las copias de los justificantes y la imputación de los gastos
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
  • Presupuestos solicitados a distintos proveedores, cuando proceda

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reparten estas ayudas?
En régimen de concurrencia no competitiva: las solicitudes se resuelven por orden de llegada y se conceden con cargo a los fondos disponibles en la partida presupuestaria asignada.
¿Qué gastos puedo incluir por fecha?
Los realizados entre el 1 de enero de 2025 y el último día del plazo de presentación de solicitudes, ambos incluidos.
¿Puedo reformular la solicitud si me conceden menos de lo pedido?
No. Para esta subvención no se puede realizar la reformulación de las solicitudes.
¿Cuánto tardan en resolver?
La resolución se dicta y publica en el tablón electrónico de la Generalitat en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.
¿Y si quiero devolver la ayuda voluntariamente?
Debes solicitar la renuncia al órgano competente, que emitirá la resolución y la carta de pago con la cuantía a reintegrar. Los intereses de demora se calculan desde la fecha del pago hasta la devolución efectiva.

Fuentes oficiales

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