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Ayudas Claras
Ayudas Barcelona Servicios sociales
Servicios sociales Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Inclusión en comedor y acogida en Sant Andreu de la Barca

Subvención para el personal de apoyo en comedor y acogida escolar del municipio.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sant Andreu de la Barca para el personal de apoyo en comedor y acogida escolar.
Para quién
Familias con hijos escolarizados en el municipio; la solicitud la presentan las AMPA, AFA o los centros educativos en su nombre.
Cuánto
El crédito de la convocatoria se reparte entre los centros en proporción a las horas de personal de apoyo que acredite cada uno
Qué cubre
  • Coste del personal de apoyo a los niños con necesidades educativas especiales en el comedor escolar
  • Coste del personal de apoyo en los servicios de acogida de mañana y tarde
Requisitos
  • La unidad familiar está empadronada en Sant Andreu de la Barca
  • El alumno cursa entre I3 y 2º de ESO y tiene entre 3 y 14 años
  • La persona solicitante dispone de DNI o NIE en el momento de la solicitud
  • El centro es de infantil, primaria o secundaria del municipio, financiado con fondos públicos, con comedor y espacios de acogida
  • El centro acredita que hay niños que necesitan personal de apoyo y asisten de forma fija a esos servicios
  • No recibes otra subvención de otra administración por el mismo concepto
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina el dinero al personal de apoyo en los espacios de acogida y el comedor escolar
  • Justifica la subvención al terminar el curso escolar con el certificado de horas de servicio del personal de apoyo
  • Presenta la justificación como muy tarde el 30 de septiembre del año siguiente al de la convocatoria
  • Permite al Ayuntamiento comprobar en cualquier momento el destino de las cantidades concedidas
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 21 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una AMPA o AFA de un centro escolar de Sant Andreu de la Barca
  • Diriges un centro educativo del municipio financiado con fondos públicos
  • Tu centro ofrece comedor escolar y espacios de acogida de mañana o tarde
  • Tienes alumnos con necesidades educativas especiales que usan esos servicios
  • Tu hijo, de entre 3 y 14 años, necesita personal de apoyo en el comedor
  • Tu familia no está empadronada en Sant Andreu de la Barca
  • El alumno no cursa entre I3 y 2º de ESO
  • Tu centro no ofrece servicio de comedor ni espacios de acogida
  • Ya recibes otra subvención de otra administración por el mismo concepto
  • Tienes pendiente devolver otra ayuda concedida por este Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

El importe de cada centro sale de una fórmula: el crédito de la convocatoria se divide entre el total de horas de personal de apoyo del municipio y el resultado se multiplica por las horas de servicio que acredita tu centro. No hay un importe fijo por alumno. El pago se hace como anticipo del 100% de la subvención y se abona al centro, AFA o AMPA que presta el servicio una vez aprobadas las ayudas.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Autoriza por escrito al centro, AMPA o AFA para que pida la subvención en nombre de tu familia

  2. Reúne la relación de alumnos con la valoración de su necesidad de apoyo

  3. Rellena el modelo normalizado de solicitud de la línea 8

  4. Presenta la solicitud en el registro electrónico del Ayuntamiento a través de la web municipal

  5. Si te lo notifican, presenta alegaciones a la propuesta de resolución provisional en 10 días

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud de subvenciones de apoyo a la infancia, línea 8
  • Relación de alumnos para los que se pide la subvención, con la valoración de su necesidad de apoyo (SIEI o NEE)
  • Hoja de participación en el espacio de monitoraje o de comedor emitida por la entidad prestadora
  • Autorización del padre, madre o tutor legal del alumno
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si no autorizas la consulta
  • Documentación que acredite el grado de discapacidad del alumno, si no autorizas la consulta
  • Certificado o informe del centro escolar habitual con las necesidades educativas especiales del alumno, si no autorizas la consulta

Preguntas frecuentes

¿Quién presenta la solicitud, la familia o el colegio?
La presentan las AMPA, AFA o los centros educativos, con la autorización del padre, madre o tutor legal. Cada entidad hace una única solicitud para todos los niños autorizados.
¿Se tiene en cuenta la renta de la familia?
No. La convocatoria no establece umbrales de ingresos: el acceso se valora únicamente por criterios técnicos.
¿Cómo se decide cuánto recibe cada centro?
Se valoran el número de niños del centro con Apoyo Intensivo para la Escolarización Inclusiva o con necesidades educativas especiales que asisten de forma fija, y las horas de personal de apoyo destinadas a ellos.
¿Cuándo hay que justificar la ayuda?
Al terminar el curso escolar, presentando el certificado de horas de servicio del personal de apoyo. La justificación debe entregarse como muy tarde el 30 de septiembre del año siguiente al de la convocatoria.
¿Qué pasa si no resuelven a tiempo?
El plazo para otorgar las subvenciones no supera los tres meses desde el día siguiente al final del plazo de presentación. Si no hay resolución dentro de ese plazo, se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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