Ayudas a mujeres víctimas de violencia de género en Alcalá
Hasta 2.000€ para mujeres víctimas de violencia de género en Alcalá de Henares
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Alcalá de Henares para gastos que faciliten tu autonomía e inserción sociolaboral.
- Para quién
- Mujeres víctimas de violencia de género del municipio de Alcalá de Henares, y sus hijos, hijas y otras personas dependientes.
- Cuánto
- Hasta 2.000€ sobre gastos que ya hayas realizado y justificado
- Qué cubre
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- Transporte público para ti y para tus hijos e hijas menores: entrevistas de trabajo, actividades formativas o terapéuticas, gestiones consulares y jurídicas y trámites legales o administrativos
- Formación laboral: matrícula, libros y materiales consumibles no inventariables, tuyos o de tus hijas e hijos dependientes económicamente
- Tasas de expedición de títulos y de convalidación de títulos acreditativos de la formación en el país de origen, para mujeres migrantes
- Cuidado y atención de menores y de otras personas dependientes, para poder acudir a entrevistas de trabajo o cursos formativos
- Acceso a la vivienda para independizarte del agresor, por alquiler de habitación o de vivienda
- Gastos farmacéuticos con receta y sanitarios con informe facultativo que no cubra la Seguridad Social, para ti y para los hijos que dependan de ti
- Actividades extraescolares o de refuerzo académico para los menores que dependan de ti
- Gastos funerarios derivados de la violencia de género
- Otras ayudas excepcionales cuya naturaleza facilite tu integración social y tu recuperación, a valorar por la comisión
- Se cubren hasta el 100 % del importe de los gastos realizados y justificados entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de tu solicitud. No son subvencionables los bienes inventariables, los impuestos personales sobre la renta ni los impuestos indirectos recuperables
- Requisitos
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- Eres mujer víctima de violencia de género, acreditada mediante título judicial o considerada como tal por el equipo técnico del PMORVG
- Tienes nacionalidad española o, si eres extranjera, residencia legal en España o has iniciado los trámites correspondientes
- Estás empadronada en Alcalá de Henares, o resides temporalmente allí porque la situación de violencia sufrida motivó tu traslado
- Estás en proceso de intervención en el PMORVG o en otro recurso especializado en violencia de género coordinado con la Concejalía de Igualdad, y has suscrito los compromisos de intervención
- No dispones de recursos económicos ni medios materiales suficientes, y tus ingresos mensuales no superan 3 veces el IPREM; tres veces y media si tienes hijos menores a tu cargo o mayores de edad dependientes económicamente; cuatro veces el IPREM en familias numerosas y cinco veces en familias numerosas de categoría especial
- Estás al corriente de pago de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alcalá de Henares
- Has realizado y pagado los gastos entre el 1 de enero de 2026 y el día en que presentas la solicitud
- La cantidad que pides está justificada con facturas y no supera 2.000€
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta la justificación de los gastos junto con la solicitud
- Comunica de inmediato cualquier cambio en tu situación que pueda hacerte perder el derecho a la ayuda
- Declara cualquier otra subvención que recibas para los mismos gastos, antes y después de solicitar esta ayuda
- Entrega los originales de las facturas selladas, firmadas y pagadas y los justificantes bancarios si te los piden
- Facilita la documentación que te requieran los órganos de control municipal
- Devuelve las cantidades cobradas con el interés correspondiente si se revoca la ayuda por datos falsos u ocultados
- Cuándo
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- Abre: 29 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 14 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres mujer víctima de violencia de género en Alcalá de Henares
- Estás en un proceso de intervención activo en el PMORVG o en otro recurso especializado en violencia de género
- Tienes hijos, hijas u otras personas dependientes a tu cargo
- Has pagado gastos desde el 1 de enero de 2026 y conservas las facturas
- Buscas apoyo económico para ganar autonomía e insertarte laboralmente
- No estás empadronada en Alcalá de Henares ni resides allí temporalmente por un traslado motivado por la violencia sufrida
- No estás en un proceso de intervención activo en el PMORVG ni en otro recurso especializado coordinado con la Concejalía de Igualdad
- Tus ingresos mensuales superan 3 veces el IPREM, o tres veces y media si tienes hijos menores a tu cargo o mayores de edad dependientes económicamente
- Tienes deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento de Alcalá de Henares
- Tus facturas son anteriores al 1 de enero de 2026 o tienen fecha posterior a la de tu solicitud
- Los únicos gastos que puedes justificar son bienes inventariables o impuestos, que no son subvencionables
Cuánto puedes recibir
Pides la cantidad que suman los gastos que ya has pagado y puedes justificar con facturas, con un límite máximo de 2.000€. Las solicitudes se ordenan por puntuación y se resuelven favorablemente mientras exista crédito disponible, así que la ayuda tiene como tope la capacidad presupuestaria municipal. Una vez aprobadas la concesión y la justificación, el importe se abona en la cuenta bancaria que indiques en la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las facturas pagadas y los justificantes bancarios de los gastos realizados desde el 1 de enero de 2026
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Consigue el modelo oficial de solicitud en la página web municipal del Ayuntamiento de Alcalá de Henares
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Rellena la solicitud con la relación de gastos y la cantidad que pides, sin superar 2.000€
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Firma la solicitud y anexa toda la documentación en el momento de presentarla
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Preséntala en la sede electrónica o en el Servicio de Atención Ciudadana, dirigida a la Concejalía de Igualdad
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Si te requieren documentos que faltan, subsánalo en el plazo de diez días
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo oficial que acompaña a las bases, con la declaración responsable firmada
- Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o documento que permita tu estancia legal en el país
- Fotocopia del Libro de Familia completo, o documento que acredite la filiación, si tienes hijos o hijas menores o hasta 25 años dependientes económicamente
- Acreditación de la dependencia en el caso de otras personas mayores de edad dependientes
- Contrato de trabajo, si estás empleada
- Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal que acredite tu situación de desempleo y, en su caso, la prestación o subsidio que cobras y su duración
- Declaración de la renta del último ejercicio fiscal, o certificado negativo de la Agencia Estatal Tributaria si no la has presentado
- Declaración del IVA anual del año anterior y del último trimestre del año en curso, si eres autónoma
- Certificado de cobro de pensiones públicas, si eres pensionista
- Certificado de la Agencia Estatal Tributaria de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias
- Certificado de la Seguridad Social de estar al corriente de pago
- Certificado bancario de titularidad de la cuenta a tu nombre donde se abonará la ayuda
- Facturas pagadas que justifiquen los gastos relacionados en la solicitud
- Justificantes bancarios de los gastos, emitidos a tu nombre por tu entidad bancaria
- Volante de empadronamiento, solo si no autorizas al Ayuntamiento a consultarlo
- Certificado del Ayuntamiento de estar al corriente de obligaciones tributarias municipales, solo si no autorizas su consulta