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Ayudas Claras
Ayudas Menorca Vivienda
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Ayuda al alquiler para jóvenes de 18 a 35 en Menorca

Hasta 5.400€ (450€/mes) para jóvenes de 18 a 35 años que alquilan en Menorca.

Lo que significa

Qué es
Ayuda del Consell Insular de Menorca para que los jóvenes en situación de vulnerabilidad paguen el alquiler de su vivienda habitual.
Para quién
Jóvenes de 18 a 35 años que viven de alquiler en Menorca.
Cuánto
Hasta 5.400€ por solicitante: 450€ al mes durante un máximo de 12 meses, con un tope del 50% del alquiler mensual
Qué cubre
La renta mensual del alquiler de tu vivienda habitual y permanente en Menorca (máximo 12 meses)
Requisitos
  • Naciste entre el 1 de enero de 1991 y el 31 de diciembre de 2008 (18 a 35 años)
  • Resides legalmente en un municipio de Menorca desde al menos 12 meses antes de solicitar y estás empadronado en la vivienda alquilada
  • Eres titular de un contrato de alquiler de tu vivienda habitual y permanente en Menorca
  • La renta mensual de la vivienda es igual o inferior a 900€
  • Pagas el alquiler por transferencia, domiciliación o ingreso bancario
  • Tus ingresos brutos de 2025 no superan los umbrales según los miembros de tu unidad familiar
    Miembros de la unidad familiarUmbral de ingresos 2025
    125.200€
    233.600€
    342.000€
    450.400€
    558.800€
    667.200€
    775.600€
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina el importe íntegro de la ayuda al pago de la renta de la vivienda alquilada
  • Justifica los pagos del alquiler en los plazos establecidos (del 1 al 30 de septiembre y del 1 al 20 de diciembre)
  • Comunica al Consell si solicitas u obtienes otras ayudas o ingresos para el mismo fin
  • Mantén el contrato y la residencia en la vivienda alquilada; si la rescindes o te mudas, deberás reintegrar la ayuda
  • Sométete a las actuaciones de comprobación del Consell Insular
Cuándo
  • Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes entre 18 y 35 años (naciste entre 1991 y 2008)
  • Resides legalmente en un municipio de Menorca desde hace al menos 12 meses
  • Eres titular de un contrato de alquiler de tu vivienda habitual en Menorca
  • El alquiler mensual de tu vivienda es de 900€ o menos
  • Tus ingresos de 2025 no superan los umbrales de la convocatoria
  • Tienes parentesco con el propietario de la vivienda
  • Eres titular o tienes derecho de uso sobre otra vivienda
  • Convives en la vivienda alquilada con tus propios progenitores
  • Pagas el alquiler en efectivo

Cuánto puedes recibir

Recibes 450€ al mes durante un máximo de 12 meses, hasta un total de 5.400€ por solicitante. La ayuda no puede superar el 50% del alquiler mensual de esos doce meses. En contratos con varios inquilinos que no sean la misma familia, se abona el 50% de la parte del alquiler que pague cada uno.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples los requisitos de edad, residencia, contrato e ingresos

  2. Reúne la documentación: contrato de alquiler, certificado de empadronamiento, certificados de ingresos y datos bancarios

  3. Rellena el modelo normalizado de solicitud (anexo 1)

  4. Preséntala por la sede electrónica o de forma presencial en Maó o Ciutadella, entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo 1)
  • Copia del DNI, NIF o NIE (solo si te opones a su consulta)
  • Declaración responsable de no estar en las prohibiciones para ser beneficiario
  • Declaración responsable sobre otras subvenciones obtenidas o solicitadas
  • Documento de designación y certificado de titularidad de la cuenta bancaria, a tu nombre
  • Certificado de empadronamiento en la vivienda alquilada o certificado de convivencia
  • Certificados de ingresos del solicitante y de la unidad familiar de 2025
  • Copia del contrato de arrendamiento firmado
  • Certificado del Registro de la Propiedad de no ser titular de otra vivienda
  • Certificado de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, si no autorizas su consulta

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si comparto piso?
Sí. Si el contrato tiene varios inquilinos que no son tu familia, se abona el 50% de la parte del alquiler que pagues tú.
¿Vale si vivo con mis padres en la vivienda alquilada?
No. Quedan excluidas las personas que conviven en la vivienda alquilada con sus propios progenitores.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras ayudas, pero debes comunicarlo y la suma no puede superar el coste del alquiler.
¿Qué pasa si dejo el piso antes de tiempo?
Si rescindes el contrato o pasas a residir en otra vivienda, se considera que no has destinado la ayuda a su finalidad y deberás reintegrarla.

Fuentes oficiales

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