Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Agricultura
Agricultura Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a ferias y jornadas gastronómicas valencianas

Hasta 10.000€ por evento para organizar ferias y jornadas gastronómicas valencianas.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat Valenciana para organizar ferias y jornadas gastronómicas de productos de calidad.
Para quién
Ayuntamientos y entidades locales, y asociaciones sin ánimo de lucro que promueven productos agroalimentarios valencianos.
Cuánto
  • Hasta 10.000€ por evento
    Tipo de actividadAyuda máxima
    Jornadas gastronómicas2.000€/día
    Ferias o mercados agroalimentarios2.000€/día
    Actividades mixtas3.000€/día
    El importe máximo por evento es de 10.000€.
Qué cubre
  • La organización de ferias y mercados locales de productos agroalimentarios de calidad diferenciada y de proximidad
  • La organización de jornadas gastronómicas de estos productos
Requisitos
  • Eres un ayuntamiento, entidad local, asociación o entidad sin ánimo de lucro que promueve productos agroalimentarios valencianos
  • Organizas una feria, mercado local o jornadas gastronómicas de productos de calidad diferenciada o de proximidad
  • Tu solicitud alcanza al menos 10 puntos en el baremo de la convocatoria
  • No superas el límite de ayudas de minimis en el ejercicio actual y los dos anteriores
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica cualquier modificación de las circunstancias valoradas al menos 10 días antes de celebrar la actividad
  • Justifica la realización de la actividad y solicita el pago hasta el 2 de noviembre de 2026
  • Da la adecuada publicidad del carácter público de la financiación, incluyendo el logotipo de la Generalitat
  • Suministra la información que se te requiera en materia de transparencia en 15 días hábiles
  • Somete la actividad a los controles administrativos y sobre el terreno
Cuándo
  • Abre: 4 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un ayuntamiento u otra entidad local de la Comunitat Valenciana
  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro que promueve productos agroalimentarios valencianos
  • Eres un consejo regulador o gestor de una figura de calidad agroalimentaria
  • Vas a organizar una feria, mercado local o jornadas gastronómicas de productos de calidad o proximidad
  • No organizas ferias, mercados o jornadas gastronómicas de productos agroalimentarios
  • Tu actividad no alcanza los 10 puntos mínimos del baremo
  • Ya has agotado el límite de ayudas de minimis en los últimos tres ejercicios
  • El importe acumulado con otras ayudas superaría el coste de la actividad

Cuánto puedes recibir

La ayuda máxima por evento es de 10.000€. Dentro de ese tope, recibes hasta 2.000€ por día en jornadas gastronómicas y en ferias o mercados agroalimentarios, y hasta 3.000€ por día en actividades mixtas. No hay pagos anticipados: cobras una vez que justificas la realización de la actividad. Es una ayuda de minimis, compatible con otras siempre que no superen el coste de la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria de actuaciones con el tipo de actividad, los productos, las fechas, los puestos y el presupuesto estimado

  2. Reúne la documentación acreditativa y las declaraciones responsables

  3. Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica de la Generalitat con certificado digital

Documentación necesaria

  • Acreditación de la identidad de la persona jurídica solicitante (si no autorizas su consulta)
  • Acreditación de la representación de la persona jurídica solicitante
  • Acreditación del objeto social (asociaciones y entidades sin ánimo de lucro)
  • Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (si no autorizas la consulta)
  • Memoria de actuaciones (tipo de actividad, productos y su clasificación, fechas, puestos y establecimientos, presupuesto estimado, medios de promoción y, si hay bebidas alcohólicas, protocolo para menores)
  • Declaraciones responsables exigidas en la convocatoria

Preguntas frecuentes

¿Hay pagos por adelantado?
No. La convocatoria no contempla pagos anticipados; el pago se realiza una vez justificada la realización de la actividad.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad, siempre que el importe acumulado no supere el coste de la actividad y se respeten los límites de las ayudas de minimis.
¿Qué puntuación mínima necesito?
Debes alcanzar al menos 10 puntos en el baremo de la convocatoria para poder recibir la subvención.
¿Hasta cuándo puedo justificar el gasto?
El plazo para solicitar el pago y justificar el gasto es hasta el 2 de noviembre de 2026, salvo que la resolución de concesión fije otro plazo.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas