Subvenciones a asociaciones vecinales en Puerto del Rosario
Subvención para asociaciones vecinales y juveniles de Puerto del Rosario
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Puerto del Rosario para proyectos de asociaciones vecinales y juveniles
- Para quién
- Asociaciones vecinales y juveniles sin ánimo de lucro con domicilio en Puerto del Rosario
- Cuánto
- Hasta 3.000€ por entidad, según la puntuación obtenida (máximo de 35 puntos)
- Qué cubre
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- Gastos de organización de actividades culturales, deportivas, formativas, sociales o comunitarias
- Gastos del local social: alquiler, mantenimiento, limpieza, agua, electricidad, teléfono e internet
- Seguros del local y de responsabilidad civil, y asesoría contable, fiscal o laboral del proyecto
- Requisitos
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- Ser una asociación vecinal o juvenil sin ánimo de lucro, legalmente constituida
- Tener el domicilio social y el ámbito de actuación en Puerto del Rosario
- Estar inscrita en el Registro Canario de Asociaciones y en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
- Estar constituida al menos seis meses antes de la publicación de la convocatoria
- Haber justificado las subvenciones anteriores del Ayuntamiento
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecutar el proyecto y cumplir la finalidad para la que se concedió la subvención
- Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la publicidad y cartelería de la actividad
- Justificar la subvención antes del 31 de marzo de 2027 con memoria y facturas
- Comunicar al Ayuntamiento otras subvenciones o ingresos que financien la actividad
- Conservar los documentos justificativos y someterte a las actuaciones de control
- Fechas estimadas
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- Abre: 30 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 19 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación vecinal o juvenil sin ánimo de lucro de Puerto del Rosario
- Tu asociación tiene el domicilio social en el municipio
- Vas a desarrollar un proyecto de participación ciudadana en el municipio
- Tu proyecto es cultural, deportivo, formativo, social o comunitario
- Tu asociación no tiene el domicilio social en Puerto del Rosario
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No estás inscrita en el Registro Canario de Asociaciones ni en el Registro Municipal de Entidades
- Tu asociación se constituyó hace menos de seis meses
Cuánto puedes recibir
El importe que recibe cada asociación depende de la puntuación obtenida (máximo de 35 puntos), que valora el número de participantes, la originalidad del proyecto, la colaboración en actividades municipales y la antigüedad de la entidad. La subvención tiene un máximo de 3.000€ por entidad y se reparte dentro del crédito disponible (60.000€ en total). Financia parcialmente el proyecto y debes justificar el 100% del gasto.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el proyecto o memoria explicativa con objetivos, actividades, calendario y presupuesto (Anexo II)
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Reúne los estatutos, los NIF, el certificado de inscripción y el resto de documentación
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Presenta la solicitud (Anexo I) por medios electrónicos en el registro del Ayuntamiento, en el plazo de 15 días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud firmada electrónicamente (Anexo I)
- Proyecto o memoria explicativa con objetivos, actividades, calendario y presupuesto (Anexo II)
- Estatutos de la asociación y escritura o acta fundacional inscrita
- NIF de la asociación y del representante
- Certificado de inscripción en el Registro Canario de Asociaciones
- Modelo de Alta a Terceros del Ayuntamiento
- Certificado de la composición de la Junta u órgano de representación
- Relación de otras ayudas solicitadas para el mismo fin (Anexo IV)
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario