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Ayudas Claras
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Educación Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades de voluntariado en Alicante

Hasta 3.000€ por entidad y proyecto de voluntariado en la ciudad de Alicante

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Alicante para proyectos de voluntariado de entidades sin ánimo de lucro.
Para quién
Asociaciones, federaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro de carácter social, ambiental, cultural, deportivo inclusivo, educativo, socio-sanitario o de ocio y tiempo libre, con actividad en la ciudad de Alicante.
Cuánto
Hasta 3.000€ por entidad y proyecto aprobado, pudiendo alcanzar el 100% del importe solicitado
Qué cubre
  • Gastos de personal, equipos y materiales del proyecto
  • Actividades subcontratadas y viajes, alojamientos y dietas
  • Gastos corrientes de tu entidad como costes indirectos, sin superar el 10% de la subvención concedida
Requisitos
  • Tu entidad está legalmente constituida y no tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad tiene actividad regular de voluntariado en el municipio de Alicante, acreditada por un mínimo de un año inmediatamente anterior a esta convocatoria
  • El proyecto de voluntariado se desarrolla en la ciudad de Alicante
  • Tu entidad está inscrita en la sección cuarta del Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunidad Valenciana y en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Alicante
  • Entre los fines recogidos en tus estatutos está la promoción y el fomento del voluntariado
  • Presentas una sola solicitud por entidad y para un único proyecto
  • Presentas la solicitud por medios electrónicos, al ser una persona jurídica
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta el escrito de aceptación de la subvención en diez días hábiles desde la publicación de la resolución
  • Comunica por escrito la fecha de inicio de las actividades en un plazo máximo de dos meses desde que recibes los fondos
  • Finaliza la ejecución del proyecto como máximo el 15 de diciembre de 2026
  • Justifica los gastos como máximo el 15 de diciembre de 2026
  • Aporta los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales si tu proyecto trabaja con menores
  • Devuelve el exceso si las subvenciones recibidas superan el coste del proyecto presentado
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro y está legalmente constituida
  • Desarrollas proyectos de voluntariado en la ciudad de Alicante
  • Tu entidad es de carácter social, ambiental, cultural o educativo
  • Tu asociación tiene actividad regular en el municipio de Alicante
  • Vas a iniciar el proyecto durante el año 2026
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu proyecto de voluntariado no se desarrolla en la ciudad de Alicante
  • Tu entidad no está inscrita en la sección cuarta del Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunidad Valenciana ni en el Registro Municipal de Entidades de Alicante
  • Tu proyecto no garantiza la gratuidad de todas y cada una de las actividades para las personas participantes
  • Tu proyecto va a terminar después del 15 de diciembre de 2026

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 3.000€ por entidad y proyecto aprobado, y la ayuda puede cubrir hasta el 100% de lo que solicites sin superar esa cantidad. La cuantía que pides no puede pasar del 90% del coste del proyecto. El importe concreto de cada expediente se decide comparando las solicitudes y según la puntuación obtenida con los criterios de valoración. Cobras en un pago único, que se abona tras justificar la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Redacta el proyecto específico con su presupuesto y reúne la documentación exigida

  2. Cumplimenta el modelo de solicitud disponible en el catálogo de servicios de la sede electrónica municipal

  3. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Alicante a través de su sede electrónica

  4. Subsana la documentación en diez días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere

  5. Presenta el escrito de aceptación en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la resolución

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo I), que incluye la ficha técnica del proyecto y la declaración responsable
  • Proyecto específico para el que pides la ayuda, con su presupuesto (máximo 50 folios a una cara o 25 a doble cara)
  • Breve descripción de las actividades, indicando lugar y duración (máximo 6 folios a una cara)
  • Fichero de acreedores
  • Copia del NIF de la entidad
  • Copia del DNI o NIE del representante de la entidad y poder por el que actúa
  • Copia de los estatutos de la entidad
  • Declaración de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social o con el ayuntamiento
  • Documento que acredite la inscripción en el Registro de Asociaciones o de Fundaciones

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?
Dispones de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
¿Puedo empezar el proyecto antes de que me concedan la ayuda?
Sí. El inicio de la actividad puede realizarse con antelación a la convocatoria dentro del mismo año, pero empezar antes de la resolución no implica ningún compromiso de aprobación por parte de la administración.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
Te lo requerirán mediante publicación en el tablón de anuncios municipal y tendrás diez días hábiles para subsanarla. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.
¿Qué ocurre si me conceden menos dinero del solicitado?
Si la diferencia supera los porcentajes fijados en las bases (modificación del presupuesto total superior al 15%, o desviación superior al 25% en alguna partida), deberás presentar una reformulación del proyecto en el plazo de diez días hábiles, respetando el objeto, las condiciones y la finalidad de la subvención. La Comisión de Evaluación la valorará.
¿Cuándo se resuelve la convocatoria?
El plazo de resolución no excederá de 5 meses desde la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.

Fuentes oficiales

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