Ayudas para reformar viviendas de alquiler en Navarra
El 100% de las obras, entre 500€ y 15.000€ por vivienda, en Navarra.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra para obras de mejora y adecuación interior de viviendas.
- Para quién
- Personas y entidades propietarias de viviendas cedidas a la Bolsa de Alquiler, e inquilinos del programa de rehabilitación por renta.
- Cuánto
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- El 100% de la actuación sin IVA, con un máximo de 15.000€ y un mínimo de 500€ por vivienda
No se aceptan gastos que superen el valor de mercado ni los límites máximos de cada actuación.Actuación Importe máximo Equipamiento de cocinas 5.000 € Equipamiento de baños 3.500 € Instalaciones de fontanería 2.000 € Instalaciones eléctricas 2.000 € Sustitución o reparación de caldera individual de gas 2.000 € Sustitución o reparación de radiadores 1.000 € Ventilación (rejillas o extractores) 400 € Trasdosado de fachadas por el interior 4.000 € Insuflado en cámara de aire 1.500 € Carpintería exterior 6.000 € Carpintería interior 2.500 € Certificado de eficiencia energética 150 € Licencia urbanística o declaración responsable de obras 750 €
- El 100% de la actuación sin IVA, con un máximo de 15.000€ y un mínimo de 500€ por vivienda
- Qué cubre
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- Obras de mejora y adecuación de la habitabilidad y el uso de la vivienda
- Equipamiento de cocinas y baños, instalaciones, carpintería y revestimientos interiores
- Certificado de eficiencia energética y licencia urbanística de las obras
- Requisitos
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- Eres propietario de una vivienda que se incorpora a la Bolsa de Alquiler en 2026
- O eres inquilino de una vivienda incluida en el programa de rehabilitación por renta
- Cuentas con el informe de revisión inicial de Nasuvinsa sobre las actuaciones necesarias
- Tienes un presupuesto detallado de las obras necesarias y aconsejables
- Acreditas el compromiso de ceder la vivienda a la Bolsa de Alquiler
- Estás al corriente de tus obligaciones con la Hacienda Foral de Navarra y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta las actuaciones conforme a las condiciones y requisitos de la convocatoria
- Presenta la justificación en un plazo máximo de 3 meses desde el fin de las obras, o desde la concesión de la ayuda si las obras se iniciaron o terminaron antes de solicitar, y siempre antes del 20 de noviembre de 2026
- Sométete a las comprobaciones que realice el órgano gestor
- Comunica al órgano gestor cualquier otra ayuda o ingreso que financie la misma actuación
- Conserva los documentos justificativos del uso de los fondos mientras puedan ser comprobados
- Si eres propietario, mantén la vivienda cedida a la Bolsa de Alquiler durante 7 años
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 1 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres propietario de una vivienda que cedes a la Bolsa de Alquiler en 2026
- Eres inquilino de una vivienda incluida en el programa de rehabilitación por renta
- Tu vivienda necesita obras de mejora de habitabilidad o de uso
- Vas a ejecutar las obras entre el 1 de enero y el 1 de noviembre de 2026
- Cuentas con el informe de revisión inicial de Nasuvinsa sobre la vivienda
- Tu vivienda no se va a incorporar a la Bolsa de Alquiler
- Eres inquilino y no tienes el permiso de la persona propietaria
- Las obras se ejecutan fuera del 1 de enero al 1 de noviembre de 2026
- No puedes comprometerte a ceder la vivienda durante 7 años
- El crédito presupuestario de la convocatoria ya se ha agotado
Cuánto puedes recibir
Recibes el 100% del coste de la actuación sin IVA, con un mínimo de 500€ y un máximo de 15.000€ por vivienda. Cada tipo de obra tiene además su propio tope, desde 150€ del certificado de eficiencia energética hasta 6.000€ de la carpintería exterior. El cobro se hace de oficio en un único pago, una vez comprobada la documentación justificativa.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Pide a Nasuvinsa el informe de revisión inicial que determine las actuaciones necesarias en tu vivienda
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Reúne un presupuesto detallado de las obras necesarias y aconsejables
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Cumplimenta y firma el modelo normalizado de solicitud (Anexo 2) con la documentación exigida
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Presenta la solicitud preferiblemente de forma telemática, en el catálogo de trámites del Gobierno de Navarra, o en el Registro del Servicio de Vivienda en Pamplona
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Subsana la solicitud en 10 días hábiles si la administración te lo requiere
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención y declaración responsable (Anexo 2)
- Documentación identificativa de la persona solicitante y, en su caso, de su representación
- Informe de revisión inicial de Nasuvinsa
- Presupuesto detallado de las obras
- Compromiso y conformidad para la cesión de la vivienda a la Bolsa de Alquiler (Anexo 3)
- Documento acreditativo de la titularidad de la vivienda, con antigüedad no superior a 2 meses
- Contrato de arrendamiento de la vivienda
- Autorización de la persona propietaria para incluir la vivienda en el programa de rehabilitación por renta
- Acuerdo de representación en favor de Nasuvinsa, si tramitas la solicitud a través de esta entidad (Anexo 4)