Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Cantabria Agricultura
Agricultura Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a la transformación y comercialización de pesca en Cantabria

Hasta el 50% de la inversión para pymes de transformación pesquera en Cantabria

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno de Cantabria para inversiones en transformación y comercialización de pescado.
Para quién
Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y agrupaciones que transforman y comercializan productos de la pesca y la acuicultura.
Cuánto
Hasta el 50% de los gastos subvencionables de tu proyecto
Qué cubre
  • Obras y construcciones de tus instalaciones
  • Instalaciones y equipos de transformación, envasado, congelación y refrigeración
  • Honorarios y gastos generales, con un máximo del 6% de la inversión en construcciones, instalaciones y equipos
Requisitos
  • Tu objeto social incluye transformar y comercializar productos de la pesca y la acuicultura al por mayor
  • El proyecto o la actividad se desarrolla dentro de Cantabria
  • Eres una micro, pequeña o mediana empresa
  • Acreditas la viabilidad técnica y económica del proyecto

    En proyectos de nueva instalación y en los que superen 200.000 euros de inversión debes presentar un estudio de viabilidad económica elaborado y firmado por tercera persona con titulación competente. Incluye el informe de auditoría de los tres últimos ejercicios (o los balances y cuentas de pérdidas y ganancias si no estás obligado a auditoría) y estos ratios de cada uno de los tres últimos años: fondo de maniobra, liquidez, solvencia, endeudamiento y rentabilidad económica.

  • Garantizas una vida del establecimiento de al menos cinco años
  • Tu empresa no está en crisis
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la actividad subvencionada durante cinco años desde la concesión
  • Comunica al órgano gestor cualquier variación en las inversiones antes de realizarla
  • Justifica el gasto con las facturas originales y los justificantes de pago
  • Presenta la solicitud de pago con la cuenta justificativa antes del 30 de septiembre de 2027
  • Paga todos los gastos antes de que termine el periodo de justificación
  • Acepta figurar en la lista pública de personas beneficiarias
Fechas estimadas
  • Abre: 25 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa transforma o comercializa productos de la pesca al por mayor
  • Vas a invertir en instalaciones o equipos situados en Cantabria
  • Eres una micro, pequeña o mediana empresa
  • Puedes garantizar que el establecimiento siga activo al menos cinco años
  • Formas parte de una comunidad de bienes que desarrolla esta actividad
  • Tu empresa supera el tamaño de mediana empresa
  • Tu empresa se encuentra en situación de crisis
  • El proyecto se desarrolla fuera de Cantabria
  • Tienes pendiente una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal
  • Estás incluido en la lista de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 50% de los gastos subvencionables y el resto lo aportas tú como contribución privada. Si el crédito no alcanza para todas las solicitudes se prorratea: la mejor valorada mantiene el 50% y ese porcentaje baja un 0,1% por cada puesto que se desciende en la lista de valoración. Puedes ir cobrando pagos a cuenta según justificas la actividad realizada, e incluso anticipar la subvención si constituyes una garantía que cubra el importe adelantado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los presupuestos o facturas pro-forma y tres ofertas de proveedores distintos para cada gasto

  2. Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud (Anexo I) junto con los anexos A1, A2, A3 y A4

  3. Presenta la solicitud dirigida a la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación en un registro electrónico, dentro de los dos meses siguientes a la publicación del extracto

  4. Subsana en diez días la documentación si el órgano gestor te lo requiere

  5. Justifica la inversión y presenta la solicitud de pago (Anexo II) con la cuenta justificativa

Documentación necesaria

  • Solicitud de ayuda en modelo normalizado (Anexo I)
  • Información económica, financiera y social de la inversión (Anexo A1)
  • Declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad (Anexo A2)
  • Declaración sobre la condición de micro, pequeña o mediana empresa (Anexo A3)
  • Declaración responsable de cumplimiento de los plazos de pago (Anexo A4)
  • Facturas pro-forma o presupuestos de la inversión o gasto a realizar
  • Tres ofertas de proveedores diferentes no vinculados entre sí para cada coste
  • Estudio de viabilidad económica firmado por técnico competente, en proyectos de nueva instalación o de más de 200.000 euros
  • Memoria descriptiva y presupuestada de la actividad con plano de emplazamiento, para el resto de inversiones
  • Escritura de constitución de la empresa y acreditación de la representación
  • Acreditación de la disponibilidad de los locales o terrenos, con nota simple del Registro de la Propiedad o contrato de alquiler
  • Última declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200)
  • Inscripción o solicitud de inscripción en el Registro de Industrias Agroalimentarias, Forestales y Pesqueras de Cantabria
  • Documentación sobre la plantilla total y la plantilla femenina de la empresa
  • Plan de Igualdad, en caso de tenerlo

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si mi proyecto está fuera de Cantabria?
No. El proyecto o la actividad debe desarrollarse dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
¿Qué pasa si se presentan más solicitudes de las que puede pagar la convocatoria?
Las solicitudes se ordenan por la puntuación obtenida y se prorratean: la mejor valorada recibe el 50% y el porcentaje baja un 0,1% por cada puesto que se desciende. Si aun así se supera el crédito, se aplica un coeficiente de minoración a todos los porcentajes.
¿Tengo que pedir varios presupuestos aunque el gasto sea pequeño?
Sí. Debes presentar tres ofertas de proveedores distintos, incluso cuando la inversión sea inferior a 40.000€ en ejecución de obra o a 15.000€ en suministro de bienes de equipo o servicios de consultoría, salvo que no haya suficientes proveedores en el mercado y lo justifiques con una memoria.
¿Puedo cobrar antes de terminar toda la inversión?
Sí. Conforme vas realizando y justificando la actividad se realizan pagos a cuenta en la misma proporción que el proyecto justificado, a criterio del órgano gestor.
¿Qué ocurre si al final invierto menos de lo previsto?
La ayuda se reduce proporcionalmente, siempre que la inversión justificada cumpla los objetivos y finalidades de la convocatoria. Un coste mayor del previsto nunca aumenta la cuantía de la subvención.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas