Subvenciones para colonias y campamentos en Bizkaia
Subvención para colonias, campamentos y campos de trabajo del verano de 2026 en Bizkaia
Lo que significa
- Qué es
- Subvención de la Diputación Foral de Bizkaia para organizar colonias, campamentos y campos de trabajo, que se reparte por prorrateo entre quienes cumplen los requisitos, sin comparar los proyectos entre sí.
- Para quién
- Entidades vizcaínas sin ánimo de lucro de ocio y tiempo libre que trabajan en el ámbito de la infancia y la juventud.
- Cuánto
- Una cantidad fija de hasta 1.800 € si tu entidad realiza actividades todo el año, o hasta 1.300 € si solo las hace en verano, más 1,60 € por persona participante empadronada en Bizkaia y día (0,60 € en colonias abiertas), ampliables con incrementos. Nunca supera el 70 % del gasto depurado ni la cantidad solicitada.
- Qué cubre
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- La organización y el desarrollo de proyectos de verano de ocio y tiempo libre educativo para la infancia y la juventud
Las personas participantes deben estar empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia; la edad es la que cumplen en 2026.Modalidad Duración Participantes mínimos Edades Campamento fijo De 5 a 14 noches 12 De 6 a 18 años Campamento volante De 5 a 14 noches 8 De 14 a 18 años Colonia De 5 a 14 noches 12 De 6 a 18 años Colonia abierta De 5 a 15 días consecutivos en el mismo espacio 12 De 6 a 18 años Campo de trabajo De 5 a 14 noches 8 De 18 a 30 años
- La organización y el desarrollo de proyectos de verano de ocio y tiempo libre educativo para la infancia y la juventud
- Requisitos
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- Eres una entidad vizcaína sin ánimo de lucro de ocio y tiempo libre que trabaja con infancia y juventud
- Tu proyecto se desarrolla entre el 12 de junio y el 13 de septiembre de 2026, ambos incluidos
- Tu programa cumple la duración y el número mínimo de participantes de su modalidad
- La dirección del programa tiene titulación expedida u homologada por la dirección competente del Gobierno Vasco o titulación de grado de la rama socioeducativa, y el monitorado, esa misma titulación o un ciclo de grado superior socioeducativo
- Todas las personas profesionales y voluntarias en contacto con menores tienen certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales emitido en 2026
- Tienes contratado un seguro de responsabilidad civil para la actividad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantente al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social hasta el cobro de la ayuda
- No seas deudora por reintegro de otra subvención
- Si te lo requieren por incumplir alguna de esas obligaciones, regulariza tu situación en diez días hábiles
- Si quieres renunciar a la ayuda concedida, hazlo por escrito en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
- Justifica el gasto en la sede electrónica de la Diputación hasta el 29 de enero de 2027 incluido, con una memoria económica del coste de las actividades
- Haz constar el apoyo de la Diputación Foral de Bizkaia en todo el material editado y en las comparecencias públicas posteriores a la concesión
- Devuelve por tu cuenta la subvención, con los intereses de demora, si procede su reintegro
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad vizcaína sin ánimo de lucro de ocio y tiempo libre
- Trabajas en el ámbito de la infancia y la juventud
- Organizas colonias, campamentos o campos de trabajo en verano
- Tu programa se desarrolla entre el 12 de junio y el 13 de septiembre de 2026
- Las personas participantes están empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia
- Ya has realizado la actividad y quieres pedir la subvención
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tu programa dura menos de cinco noches
- No reúnes el número mínimo de participantes de tu modalidad
- Las personas participantes no están empadronadas en Bizkaia
- Tu actividad se desarrolla fuera del periodo del 12 de junio al 13 de septiembre de 2026
- Tu equipo de dirección y monitorado no tiene la titulación exigida
- Eres una asociación de madres y padres de alumnado, un club o asociación deportiva o una congregación religiosa
- Tu programa es un campus de idiomas, un campus deportivo de verano o una actividad deportiva de competición
Cuánto puedes recibir
Tu subvención se calcula con una fórmula: una cantidad fija más una cantidad por participante y día. La cantidad fija no puede superar 1.800 € si tu entidad realiza actividades durante todo el año, ni 1.300 € si solo realiza actividades de verano. A eso se suma 1,60 € por persona participante empadronada en Bizkaia y día en campamentos fijos, campamentos volantes, colonias y campos de trabajo, o 0,60 € por participante y día en colonias abiertas. Esa cantidad por participante y día puede incrementarse: hasta 0,60 € según la cuota diaria que paguen las personas participantes (a cuota más baja, mayor incremento), hasta 0,60 € por desarrollar la actividad íntegramente en euskera, hasta 0,60 € por incorporar actividades de cultura vasca y deporte autóctono, hasta 0,40 € por participantes con discapacidad o dependencia reconocida oficialmente, hasta 0,30 € por incorporar monitorado en prácticas, hasta 0,20 € por actividades que promuevan la igualdad y hasta 0,10 € si al menos la mitad de la junta directiva son mujeres. Si la suma de las cantidades fijas de todas las entidades subvencionadas supera la mitad del límite presupuestario, esas cantidades fijas se ajustan a la baja. Según la disponibilidad presupuestaria, los incrementos también pueden recalcularse y reducirse de forma proporcional. En ningún caso la subvención supera el 70 % del gasto depurado de la actividad ni la cantidad solicitada, y nunca financia la totalidad del gasto.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Organiza y desarrolla tu programa entre el 12 de junio y el 13 de septiembre de 2026
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Reúne la documentación exigida: declaración responsable de la actividad, seguro de responsabilidad civil y documento de trayectoria en igualdad
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Rellena la solicitud en el modelo específico de esta convocatoria
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Preséntala, una vez realizada la actividad, en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia antes de las 13:30 horas del 15 de septiembre de 2026
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Si te lo requieren, subsana la solicitud o aporta los documentos que falten en diez días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo específico de la convocatoria
- Declaración responsable de actividad de tiempo libre u ocio educativo presentada ante la administración foral correspondiente, si la actividad se desarrolla en Euskadi
- Documentación requerida por la comunidad autónoma donde se realice la actividad, si se desarrolla fuera de Euskadi
- Seguro de responsabilidad civil contratado
- Documento que acredite la experiencia y trayectoria en actuaciones para la igualdad de mujeres y hombres, salvo que ya lo hayas presentado y siga vigente