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Ayudas Claras
Subvenciones Navarra Cultura
Cultura Navarra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a peñas y asociaciones de Tudela en Navidad

Hasta 600€ por actividad para peñas y asociaciones que animen la Navidad en Tudela

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Tudela para actividades de animación festiva navideña.
Para quién
Peñas y otras asociaciones sin ánimo de lucro que organizan actos navideños.
Cuánto
Hasta el 100% del déficit de la actividad, sin superar los 600€ por actividad
Qué cubre
  • Actividades de animación festiva navideñas abiertas a todo el público
  • Decoración y ambientación en consonancia con la temática navideña
  • Actos ligados a la actividad en fechas próximas, como entrega de premios, presentación del acto o publicidad para inscripciones
Requisitos
  • Eres una peña de Tudela o una asociación sin ánimo de lucro
  • Tienes el domicilio social en Tudela
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
  • Organizas actividades de animación festiva navideñas para todo el público
  • No presentas esa misma actividad a otras ayudas del Ayuntamiento de Tudela ni de Tudela Cultura
  • Detallas en la solicitud cada uno de los actos: los que no se detallen no se subvencionan
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad que motivó la concesión de la subvención
  • Presenta toda la documentación por la sede electrónica del Ayuntamiento de Tudela
  • Justifica el cumplimiento de la finalidad como máximo el 7 de abril de 2027
  • Comunica si obtienes otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
  • Conserva los documentos que justifican el uso de los fondos
  • Sométete a las actuaciones de control de la Administración
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una peña de Tudela o una asociación sin ánimo de lucro
  • Tienes el domicilio social en Tudela
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
  • Organizas actividades de animación festiva navideñas abiertas a todo el público
  • Vas a realizar los gastos entre el 3 de diciembre de 2026 y el 6 de enero de 2027
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad no tiene el domicilio social en Tudela
  • No estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
  • Vas a organizar el Olentzero, que tiene una subvención específica
  • Tu actividad es deportiva o corresponde a otra área municipal
  • Presentas esa misma actividad a otras ayudas del Ayuntamiento de Tudela o de Tudela Cultura

Cuánto puedes recibir

La subvención se calcula aplicando un porcentaje sobre el déficit de tu actividad, que puede alcanzar el 100%, sin que en ningún caso supere los 600€ por actividad. El importe máximo que te pueden conceder depende de los puntos que obtenga tu solicitud sobre el total de puntos de todas las presentadas. Se te anticipa el 75% de la cantidad máxima otorgada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara una memoria explicativa con las actividades, los actos que las componen y el presupuesto de ingresos y gastos de cada una

  2. Reúne las declaraciones responsables y los justificantes de estar al corriente con la Seguridad Social y con la Hacienda de Navarra

  3. Presenta la solicitud firmada por el representante de la entidad en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tudela, dentro del mes siguiente a la publicación del extracto

  4. Atiende el requerimiento de subsanación si el Ayuntamiento te concede el plazo de diez días naturales para aclarar la propuesta

  5. Espera el acuerdo de la Junta de Gobierno, que se resuelve en el plazo máximo de un mes desde el fin del plazo de solicitudes

  6. Presenta la cuenta justificativa con la memoria y las facturas como fecha límite el 7 de abril de 2027

Documentación necesaria

  • Memoria explicativa de las actividades con el presupuesto de ingresos y gastos de cada una
  • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos (Anexo I)
  • Declaración responsable sobre obtención complementaria de subvenciones o ayudas de terceros (Anexo II)
  • Justificante de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Justificante de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda de Navarra
  • Solicitud de abono por transferencia

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención para organizar el Olentzero?
No. La organización del Olentzero queda expresamente excluida de esta convocatoria porque cuenta con una subvención específica.
¿Puedo presentar la misma actividad a otra ayuda municipal?
No. Las actividades acogidas a esta convocatoria no se pueden presentar a otras ayudas convocadas por el Ayuntamiento de Tudela ni por Tudela Cultura.
¿Cuándo tengo que haber hecho los gastos?
Entre el 3 de diciembre de 2026 y el 6 de enero de 2027. Si la actividad conlleva algún acto en otras fechas, como la entrega de premios o la publicidad para inscripciones, el gasto se admite en fechas próximas siempre que lo indiques en la solicitud.
¿Me valen los tiques para justificar el gasto?
Sí, siempre que el importe no exceda de 3.000 euros con IVA incluido. No sirven tiques, facturas ni declaraciones emitidos por la propia peña o asociación por consumos hechos en sus propios locales. Los pagos a partir de 500 euros se hacen por transferencia bancaria.
¿Qué pasa si no justifico la subvención?
Procede el reintegro de las cantidades percibidas junto con el interés legal del dinero incrementado en un 25%, y esas cantidades pueden exigirse por vía de apremio.

Fuentes oficiales

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