Ayudas al servicio de taxi adaptado en Sabadell 2026
Hasta 12.000€ por taxista de Sabadell que preste el servicio de taxi adaptado
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Sabadell para taxistas que prestan el servicio de taxi adaptado en la ciudad.
- Para quién
- Taxistas titulares de una licencia de taxi de Sabadell que ofrecen el servicio de taxi adaptado.
- Cuánto
- Hasta 12.000€ por solicitante, en proporción a los meses del año en que prestes el servicio.
- Qué cubre
- La prestación del servicio de taxi adaptado a personas con movilidad reducida durante el año 2026
- Requisitos
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- Eres titular de una licencia de taxi de Sabadell
- Eres propietario de un vehículo de taxi adaptado o accesible homologado
- No recibes otras ayudas por prestar este servicio o mantener el vehículo accesible
- Ofreces el servicio de taxi adaptado a los ciudadanos de Sabadell durante 2026
- Estás adscrito a una emisora de radio y a un servicio de guardias con servicio continuo de lunes a viernes de 8 a 20 h
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acepta la subvención en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución
- Presta el servicio con reserva previa de 24 horas los sábados, domingos y festivos
- Presenta los justificantes del primer semestre en el mes siguiente a la publicación de la resolución
- Presenta los justificantes del segundo semestre entre el 1 y el 31 de enero de 2027
- Devuelve el importe recibido si no justificas debidamente la actividad
- Fechas estimadas
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- Abre: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 6 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una licencia de taxi de Sabadell
- Tienes un vehículo de taxi adaptado o accesible homologado
- Ofreces el servicio de taxi adaptado a los ciudadanos de Sabadell
- Estás adscrito a una emisora de radio y a un servicio de guardias
- Prestas el servicio durante el año 2026
- No tienes licencia de taxi de Sabadell
- Tu vehículo no está adaptado ni homologado para movilidad reducida
- Ya recibes otra ayuda por prestar este servicio o mantener el vehículo accesible
- No estás al corriente con Hacienda o la Seguridad Social
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 12.000€. El importe se calcula proporcionalmente a los meses del año en que prestes el servicio de taxi adaptado, de modo que cobras el máximo si lo prestas los 12 meses. El pago se hace de forma anticipada.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que exigen las bases reguladoras
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Formaliza tu solicitud en el anexo I de las bases
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Presenta la solicitud en cualquier registro del Ayuntamiento de Sabadell o por medios electrónicos, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria
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Si te la conceden, acéptala en el plazo de un mes desde la notificación
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Presenta después los justificantes de la actividad por semestres
Documentación necesaria
- Solicitud formalizada en el anexo I
- Seguro del vehículo
- Certificado de la emisora de radio con la relación de servicios prestados en cada semestre y la pertenencia al servicio de guardias
- Declaración responsable de no ser deudor por resolución de reintegro (Anexo IV)
- Documento de aceptación de la subvención (Anexo II)