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Ayudas para adecuar viviendas vacías en Azpeitia

Ayuda para adecuar viviendas vacías y destinarlas a alquiler asequible en Azpeitia

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Azpeitia, por orden de solicitud, para reformar viviendas vacías y destinarlas a alquiler asequible.
Para quién
Personas propietarias de una vivienda deshabitada en el municipio de Azpeitia.
Cuánto
El 50% del coste real de las obras, sin incluir el IVA, hasta un máximo de 3.000 € por vivienda. Para llegar al 50% tus ingresos anuales ponderados deben ser iguales o inferiores a 39.000 €; entre 39.000 y 60.000 € el porcentaje baja de forma proporcional (a más ingresos, menos ayuda).
Qué cubre
  • Obras de conservación y mejora de la habitabilidad
  • Adecuación funcional de la vivienda
  • Adquisición de equipamiento básico
Requisitos
  • Eres propietario con titularidad jurídica plena de la vivienda
  • La vivienda está deshabitada y situada en el municipio de Azpeitia
  • La vivienda está incluida o puede incluirse en el Programa Municipal de Movilización de Vivienda Deshabitada
  • La vivienda está en un estado que impide cumplir las condiciones de habitabilidad exigidas
  • Te comprometes por escrito a destinarla a alquiler protegido o asequible durante al menos cinco años
  • Tus ingresos anuales ponderados no superan los límites económicos establecidos

    Los ingresos anuales ponderados de cada propietario no pueden superar los 60.000€ al año. Además, los rendimientos del capital mobiliario por intereses bancarios no pueden superar los 601,10€ anuales.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta las obras dentro del plazo fijado en la licencia municipal o por el técnico del ayuntamiento
  • Destina la vivienda a alquiler protegido o asequible durante al menos cinco años
  • Presenta la documentación justificativa en los 10 días hábiles siguientes al fin de la obra
  • Aporta las facturas finales y los comprobantes de los pagos realizados
  • Permite al ayuntamiento comprobar y evaluar las actuaciones subvencionadas
Cuándo
  • Abre: 28 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de una vivienda deshabitada en Azpeitia
  • Tienes la titularidad jurídica plena de esa vivienda
  • Quieres reformarla para ponerla en alquiler protegido o asequible
  • Te comprometes a alquilarla durante al menos cinco años
  • Tus ingresos anuales no superan los límites de la convocatoria
  • La vivienda está fuera del término municipal de Azpeitia
  • No eres el propietario con titularidad plena de la vivienda
  • Tus ingresos anuales ponderados superan los 60.000€
  • No quieres destinar la vivienda a alquiler durante cinco años
  • Los rendimientos de tus intereses bancarios superan 601,10€ al año

Cuánto puedes recibir

Recibes el 50% del coste real y efectivo de las obras, sin incluir el IVA, con un máximo de 3.000 € por vivienda. Para acceder a ese 50% tus ingresos anuales ponderados deben ser iguales o inferiores a 39.000 € por propietario; si están entre 39.000 y 60.000 €, se aplica una regla de proporcionalidad inversa, de modo que a mayores ingresos menor porcentaje de ayuda. Para calcular la cuantía se toman los ingresos del año anterior a la convocatoria. Si presentas la documentación justificativa junto con la solicitud, cobras el importe completo de una vez. Si no, recibes un 40% al principio y el 60% restante cuando terminas la obra y justificas el gasto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: nota simple de la propiedad, presupuestos de las obras y fotografías del estado actual

  2. Aporta el compromiso por escrito de destinar la vivienda a alquiler protegido o asequible

  3. Presenta la solicitud en el registro del Ayuntamiento de Azpeitia o en las oficinas de Azpeitia Berritzen

  4. Espera la resolución de concesión, que se dicta en un plazo máximo de dos meses

  5. Ejecuta las obras dentro del plazo de la licencia y justifica el gasto al terminar

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI del solicitante y, en su caso, del representante
  • Nota simple del Registro de la Propiedad con antigüedad no superior a tres meses
  • Compromiso por escrito de destinar la vivienda a alquiler protegido o asequible
  • Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria
  • Presupuestos detallados de las obras y de los honorarios técnicos
  • Tres ofertas de distintos proveedores si el gasto supera el importe del contrato menor
  • Fotografías en color del estado actual de la vivienda

Preguntas frecuentes

¿En qué orden se conceden las ayudas?
Se conceden por orden de presentación de las solicitudes completas, hasta agotar el crédito disponible. No es un concurso competitivo.
¿Cuánto tiempo debo mantener la vivienda alquilada?
Como mínimo cinco años. Puedes destinarla a Bizigune, ASAP, la bolsa municipal de vivienda o al mercado libre a precio asequible.
Si alquilo en el mercado libre, ¿hay un precio máximo?
Sí. El alquiler no puede superar los 675 euros al mes para considerarse a precio asequible.
¿Puedo empezar las obras antes de que resuelvan la ayuda?
Con comunicación previa puedes iniciarlas bajo tu responsabilidad, pero antes necesitas haber obtenido la resolución de la licencia de obras.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El ayuntamiento te pedirá que la subsanes en 10 días hábiles. Si no lo haces en ese plazo, se considerará que desistes de la solicitud.

Fuentes oficiales

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