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Ayudas Claras
Subvenciones Valencia Prestaciones
Prestaciones Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda de 1.200€ para autónomos con hijos en València

Ayuda fija de 1.200€ por hijo nacido o adoptado desde 2024 para autónomos de València

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de València para autónomos que han tenido o adoptado un hijo.
Para quién
Personas trabajadoras autónomas de València que han sido madres o padres por nacimiento o adopción.
Cuánto
  • 1.200€ fijos por cada nacimiento o adopción, con incrementos a partir del segundo hijo o hija
    SituaciónImporte
    Por cada nacimiento o adopción desde el 1 de enero de 20241.200€
    Si es el segundo hijo o hija+300€
    Si es el tercer hijo o hija+300€ adicionales, y así sucesivamente
    Si las solicitudes atendidas no agotan el crédito, el sobrante se reparte de forma proporcional entre las personas beneficiarias, con un máximo de 500€ más por solicitud. Si el crédito se agota, la última ayuda concedida puede ser inferior a la cuantía establecida, pero nunca menor de 500€.
Qué cubre
  • Las dificultades económicas derivadas del nacimiento o la adopción de tu hijo o hija
  • La continuidad de tu actividad emprendedora como persona autónoma
Requisitos
  • Has tenido o adoptado un hijo o hija desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha en que presentas la solicitud
  • Estás dado de alta en el impuesto de actividades económicas y en el régimen especial de trabajadores autónomos antes de publicarse la aprobación de esta convocatoria
  • Tu domicilio fiscal o el local donde desarrollas tu actividad está en el término municipal de València
  • Estás empadronado en València en el momento de solicitarla, con una antigüedad mínima de 5 años contados desde el 1 de enero de 2016
  • Tu plantilla media de trabajadores en alta en los 12 meses anteriores a la solicitud es inferior a 10 personas
  • No has sido beneficiario de ayudas de minimis por un importe superior a 300.000€ durante los tres años previos a tu solicitud
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en materia de subvenciones
  • Devuelve el dinero recibido si obtuviste la ayuda falseando las condiciones u ocultando datos que lo habrían impedido
  • Devuelve los fondos si muestras resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control
  • Cumple las obligaciones de publicidad activa de la normativa de transparencia si te resultan aplicables
  • Si devuelves voluntariamente todo o parte del importe, hazlo mediante autoliquidación en el sistema municipal de autoliquidaciones
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres persona física trabajadora autónoma
  • Has tenido o adoptado un hijo o hija desde el 1 de enero de 2024
  • Tu domicilio fiscal o tu local de actividad está en València
  • Estás empadronado en València desde hace al menos 5 años
  • Tu plantilla media es inferior a 10 personas trabajadoras
  • Los dos progenitores sois autónomos y queréis pedirla cada uno
  • Desarrollas tu actividad económica a través de una sociedad mercantil, civil, cooperativa o cualquier otra forma de persona jurídica
  • Formas parte de una comunidad de bienes u otra entidad sin personalidad jurídica
  • Eres personal autónomo colaborador
  • El inicio de tu actividad genera alta en una mutualidad profesional
  • Tienes alguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de València
  • Has recibido ayudas de minimis por más de 300.000€ en los tres años previos

Cuánto puedes recibir

Recibes una cantidad fija de 1.200€ por cada nacimiento o adopción legal producido desde el 1 de enero de 2024 hasta que presentas la solicitud. Si se trata de tu segundo hijo o hija, la cuantía se incrementa en 300€, y en otros 300€ si es el tercero, y así sucesivamente. Cuando las solicitudes atendidas no agotan el crédito, el sobrante se reparte de forma proporcional entre las personas beneficiarias con un máximo de 500€ más por solicitud; si el crédito se agota, la última ayuda concedida puede ser menor, pero nunca inferior a 500€. El pago se hace en un pago único por transferencia bancaria a partir de la fecha del acuerdo de concesión, sin que tengas que constituir garantías.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita tu alta como autónomo, tu plantilla media y el nacimiento o la adopción

  2. Asegúrate de disponer de firma electrónica avanzada con un certificado reconocido para personas físicas

  3. Rellena y firma el formulario de solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de València, en el apartado de trámites

  4. Presenta la solicitud únicamente por vía telemática dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el boletín provincial

  5. Consulta el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, donde se publican los listados provisionales y todas las notificaciones

  6. Si apareces en el listado de solicitudes incompletas, subsana o alega en el plazo de 10 días hábiles

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud normalizado con declaración responsable y autorizaciones de consulta
  • Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Acreditación de no estar inscrito como empresario en el sistema de la Seguridad Social, si no tienes ni has tenido trabajadores a tu cargo
  • Informe de la Tesorería de la Seguridad Social sobre la plantilla media de trabajadores en alta en los 12 meses anteriores, si tienes o has tenido trabajadores
  • Informe de vida laboral actualizado de la persona solicitante
  • Certificado actualizado de ayudas de minimis emitido en 2026, aunque no hayas recibido ninguna subvención
  • Libro de familia o certificado de inscripción del hijo o hija en el Registro Civil, o documentación equivalente
  • Anexo con la relación de tus hijos e hijas y su año de nacimiento
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria indicada en la instancia, que debe pertenecer a la persona solicitante

Preguntas frecuentes

¿Pueden pedir la ayuda los dos progenitores?
Sí. Cuando ambos progenitores son personas físicas trabajadoras autónomas, cada uno puede solicitar la ayuda de manera individual.
¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
Solo una por persona física. Si presentas varias, únicamente se tiene en cuenta la primera según la fecha y hora de entrada.
¿Cómo se decide quién cobra si hay muchas solicitudes?
El criterio de valoración es la fecha y hora de entrada registradas en la solicitud, hasta agotar el crédito disponible. Las solicitudes que no puedan atenderse por falta de crédito quedan desestimadas.
¿Tengo que justificar en qué gasto el dinero?
No. Estas subvenciones se dan por justificadas en el momento de la concesión con la acreditación de las condiciones y requisitos, sin perjuicio de las comprobaciones y el control financiero de la administración.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con cualquier otra otorgada por el Ayuntamiento de València o por otra entidad o institución en 2026, con los límites legales aplicables.

Fuentes oficiales

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