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Ayudas Claras
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Subvenciones para fiestas populares en Betanzos 2026

Subvención de hasta el 80% del gasto para organizar fiestas parroquiales en Betanzos.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Betanzos para organizar fiestas parroquiales o populares.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro y comisiones de fiestas que organizan festejos en el municipio de Betanzos.
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto de gastos que presentes.
Qué cubre
  • Gastos propios de la organización de la fiesta, sin inversiones
  • Gastos generales de funcionamiento de la entidad
  • Seguros de responsabilidad civil o de accidentes de las actividades
Requisitos
  • Ser una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida y con la documentación actualizada
  • Desarrollar tus actividades en el término municipal de Betanzos o sobre temas de interés para el Ayuntamiento
  • Las actividades deben ser de entrada libre y gratuita, en espacios accesibles y de uso público o vecinal
  • Contar con autorización municipal y haber comunicado previamente la fiesta al Ayuntamiento
  • Si eres asociación, estar inscrita en el registro municipal de Betanzos antes de que empiece el plazo de solicitudes
  • No tener pendiente de justificar una subvención anterior concedida por el Ayuntamiento de Betanzos
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la realización de la fiesta y los gastos antes del 23 de diciembre de 2026
  • Haz constar la colaboración del Ayuntamiento de Betanzos en la información y difusión de las actividades
  • Dispón de un seguro de responsabilidad civil que cubra la actividad subvencionada
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso recibido para la misma fiesta
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control del gasto
  • Conserva las facturas y los documentos justificativos de los fondos recibidos
Fechas estimadas
  • Abre: 22 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 11 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Organizas fiestas parroquiales o populares en el municipio de Betanzos
  • Tus actividades son de entrada libre y gratuita, en espacios públicos o vecinales
  • Tu asociación está inscrita en el registro municipal de Betanzos
  • Cuentas con autorización municipal y has comunicado la fiesta al Ayuntamiento
  • Eres un particular o una entidad con ánimo de lucro
  • La fiesta está destinada únicamente a socios o a un colectivo particular
  • Tienes pendiente de justificar una subvención anterior del Ayuntamiento de Betanzos
  • La misma fiesta ya se subvenciona a través de otra comisión o entidad

Cuánto puedes recibir

La subvención que solicites nunca superará el 80% del presupuesto de gastos que presentes. Puedes pedir un anticipo del 80% de la ayuda concedida en el momento de la solicitud, y el 20% restante se abona tras justificar la actividad. Si justificas menos del 50% del presupuesto subvencionado, no se abona ninguna cantidad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el modelo de solicitud, la memoria de actividades y las declaraciones responsables

  2. Presenta la solicitud únicamente por medios electrónicos en la sede electrónica municipal

  3. Si tu solicitud está incompleta, subsánala en el plazo de 10 días hábiles que te indiquen

  4. Espera la resolución, que se notifica electrónicamente

  5. Justifica la actividad y los gastos antes del 23 de diciembre de 2026

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud de la sede electrónica
  • Fotocopia del CIF de la entidad y del NIF del representante
  • Certificado del acuerdo del órgano de gobierno por el que se decide solicitar la subvención
  • Declaración de ser una entidad sin ánimo de lucro
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda, la Comunidad Autónoma, la Seguridad Social y el Ayuntamiento, o autorización para obtenerlos
  • Declaración de las subvenciones, ayudas o ingresos solicitados o recibidos para la misma actividad
  • Memoria de las actividades para las que pides la ayuda
  • Declaración responsable según el esquema de valoración de la base específica 7
  • Certificado de cuenta bancaria
  • Acreditación de un seguro de responsabilidad civil que cubra la actividad
  • Certificación sobre delitos sexuales del personal, si hay contacto habitual con menores
  • Declaración del empleo de la lengua gallega en el proyecto

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta subvención?
Asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, agrupaciones o colectivos que organicen fiestas parroquiales o populares en el término municipal de Betanzos. Se excluyen los particulares y las entidades con ánimo de lucro.
¿Puedo cobrar parte del dinero por adelantado?
Sí. Puedes solicitar un anticipo del 80% de la ayuda concedida en el momento de la solicitud; el 20% restante se paga tras justificar la actividad.
¿Es compatible con otras ayudas del Ayuntamiento?
No. Esta subvención es incompatible con otras ayudas o financiación recibida del Ayuntamiento de Betanzos.
¿Qué pasa si justifico menos gasto del previsto?
Si justificas el 100% del presupuesto, cobras toda la subvención; entre el 50% y el 100%, la parte proporcional; y por debajo del 50%, no se abona ninguna cantidad.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la ayuda?
El plazo para justificar las subvenciones finaliza el 23 de diciembre de 2026, salvo ampliación motivada.

Fuentes oficiales

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