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Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Prestaciones
Prestaciones Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones deportivas de Petrer

Subvención para actividades y eventos deportivos de asociaciones de Petrer.

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Petrer para actividades y eventos deportivos de asociaciones locales.
Para quién
Asociaciones locales de Petrer que realizan actividades o eventos deportivos.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Cuotas federativas, arbitrajes, licencias deportivas, mutualidades y seguros del club
  • Desplazamientos, alojamiento y material deportivo no inventariable (equipaciones, balones, botiquines...)
  • Personal técnico-deportivo y, en eventos extraordinarios, trofeos, premios y gastos de organización
Requisitos
  • Eres una asociación legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Petrer
  • Tus actividades o proyectos deportivos inciden directamente en la población de Petrer
  • La actividad es de carácter deportivo y no lucrativo, realizada en la temporada 2025/2026
  • Presentas una única solicitud en la Línea 1 y hasta dos actividades en la Línea 2
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Aceptar la subvención concedida o presentar la renuncia correspondiente
  • Ejecutar la actividad o proyecto que fundamenta la subvención
  • Justificar los gastos con facturas y documentos de pago dentro del plazo
  • Someterte a las actuaciones de comprobación y control del Ayuntamiento
  • Reintegrar la subvención si no cumples las condiciones o no justificas los gastos
Cuándo
  • Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Petrer
  • Realizas actividades deportivas ordinarias de una o varias disciplinas
  • Organizas eventos deportivos extraordinarios en Petrer
  • Tus actividades deportivas repercuten en la población de Petrer
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Petrer
  • Tu actividad tiene una clara finalidad lucrativa
  • Tu actividad no tiene una marcada finalidad deportiva
  • Tu actividad promueve o incita al consumo de drogas, alcohol o tabaco
  • Tu actividad justifica alguna forma de discriminación

Cuánto puedes recibir

El importe que recibe cada asociación no es fijo: se calcula repartiendo la cuantía máxima disponible entre las entidades beneficiarias según la puntuación obtenida en el baremo. La subvención nunca puede superar el coste de la actividad. Para conocer la cantidad concreta, consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: memoria de la actividad y declaraciones responsables (Anexos I a IV)

  2. Obtén los certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social

  3. Indica claramente la línea de subvención a la que te presentas

  4. Presenta la solicitud por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Petrer, entre el 1 y el 15 de septiembre de 2026

Documentación necesaria

  • CIF del solicitante y NIF del representante
  • Estatutos inscritos en el Registro Público (no necesario si estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Petrer)
  • Memoria explicativa de la actividad subvencionable (Anexo I)
  • Declaración responsable de obligaciones tributarias, Seguridad Social y no incursión en prohibiciones (Anexo II)
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
  • Declaración responsable a efectos de IVA (Anexo III)
  • Declaración responsable a efectos de realización de actividades económicas (Anexo IV)
  • Ficha actualizada de alta y mantenimiento de terceros

Preguntas frecuentes

¿Puedo compatibilizar esta subvención con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que la suma total no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
En la Línea 1 solo puedes presentar una única solicitud para las actividades ordinarias. En la Línea 2 puedes presentar hasta dos actividades extraordinarias, una solicitud por cada una.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores o le falta documentación?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en un plazo de 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.
¿Cuándo se resuelve la convocatoria?
La fecha máxima para resolver y notificar es el 17 de diciembre de 2026. Si no hay resolución expresa en esa fecha, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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