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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Agricultura
Agricultura Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas por sacrificio y reposición de ganado 2026

Compensación y reposición para ganaderos con sacrificio obligatorio de animales.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia de la Conselleria de Agricultura valenciana para compensar el lucro cesante y comprar animales de reposición.
Para quién
Ganaderos con explotaciones de bovino, ovino, caprino o conejos: personas físicas, empresas privadas y entidades sin personalidad jurídica.
Cuánto
50,49 € por madre de ovino o caprino de carne
Qué cubre
  • La pérdida de producción durante el vacío sanitario de tu explotación (lucro cesante)
  • La compra de ganado bovino, ovino y caprino para reponer los animales sacrificados
Requisitos
  • Eres titular de una explotación de ganado bovino, ovino, caprino o cunícola
  • Para la ayuda a la reposición, tu explotación está registrada en la Comunitat Valenciana
  • La autoridad competente ordenó el sacrificio o el vacío sanitario de tus animales
  • El sacrificio deriva de un programa oficial de vigilancia, control o erradicación de enfermedades
  • Para la reposición, compras efectivamente los animales en los plazos establecidos
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la limpieza y desinfección de la explotación y presenta el certificado veterinario oficial
  • Colabora en los controles e inspecciones y facilita el acceso a tu explotación
  • Facilita cualquier información que te requieran en un plazo de 15 días hábiles
  • Da publicidad al carácter público de la ayuda incluyendo el logotipo de la Generalitat Valenciana
Cuándo
  • Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación ganadera de bovino, ovino, caprino o cunícola
  • Tu explotación sufrió un vacío sanitario por sospecha o confirmación de una enfermedad
  • Se ordenó el sacrificio obligatorio de tus animales por un programa oficial
  • Vas a comprar animales para reponer los sacrificados en tu explotación
  • Tu explotación está registrada en la Comunitat Valenciana
  • Ya recibiste la ayuda a la reposición por esos mismos animales repuestos
  • El sacrificio de tus animales no deriva de un programa sanitario oficial
  • Tu explotación no está registrada en la Comunitat Valenciana
  • No puedes o no quieres tramitar la solicitud de forma telemática

Cuánto puedes recibir

Para la compensación complementaria por lucro cesante, 50,49 € por madre de ovino o caprino de carne, consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida (pólizas de seguro, facturas de compra y certificados)

  2. Accede a la sede electrónica de la Generalitat con tu certificado digital

  3. Presenta el formulario normalizado que corresponda a tu caso (lucro cesante o reposición)

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles

  5. Espera la notificación electrónica de la resolución

Documentación necesaria

  • Copia completa de la póliza de seguro contratada y justificantes de los importes cobrados de la aseguradora, si tenías póliza
  • Facturas de la venta de los animales antes del sacrificio y de los importes cobrados por las canales en el matadero
  • Facturas que acrediten la compra de los animales de reposición
  • Justificante bancario de la transferencia del pago de los animales comprados
  • Documentos de constitución y estatutos, si eres persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica
  • Acreditación de la identidad de la persona jurídica y, en su caso, del representante legal
  • Certificado veterinario oficial de limpieza y desinfección de la explotación

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya he recibido otras ayudas para lo mismo?
Sí, es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que la suma de todas no supere el 100% de los costes subvencionables.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Es concurrencia competitiva y el único criterio es el momento u orden de presentación de las solicitudes.
¿Cuántas veces puedo cobrar la ayuda a la reposición por el mismo animal?
Solo una vez: se abona un único pago por cada animal repuesto.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. Estás obligado a presentarla de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat con certificado digital.

Fuentes oficiales

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