Ayudas a explotaciones agrarias por incendios en Cataluña
Ayuda de 1.500€ a 10.000€ por explotación agraria afectada por los incendios
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Departamento de Agricultura de Cataluña para compensar la pérdida de renta por los incendios.
- Para quién
- Titulares de explotaciones agrarias: personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica de los municipios afectados.
- Cuánto
-
- Hasta el 20% de tus ingresos agrarios declarados, con estos límites por beneficiario
Quedan excluidos quienes tengan ingresos agrarios declarados inferiores a 1.000€.Situación Importe General Mínimo 1.500€ y máximo 10.000€ Agricultor joven nuevo sin ingresos agrarios declarados Máximo 1.500€ Con seguro agrario y siniestro indemnizable por el incendio Mínimo 6.000€ y máximo 16.000€
- Hasta el 20% de tus ingresos agrarios declarados, con estos límites por beneficiario
- Qué cubre
- Compensa parcialmente la pérdida de renta de tu explotación provocada por los daños de los incendios
- Requisitos
-
- Ser titular de una explotación agraria en los municipios afectados por los incendios y haber sufrido pérdidas de renta
- Ser persona física, jurídica o entidad sin personalidad jurídica y haber presentado la declaración de IRPF, del Impuesto de Sociedades o la declaración informativa del último ejercicio
- Tener la explotación agrícola inscrita en el SIEX o la ganadera en el REGA, según los datos disponibles a 30 de septiembre de 2025
- Tener ingresos agrarios declarados de al menos 1.000€
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Presentar declaraciones responsables veraces y aportar la documentación necesaria para su comprobación
- Comunicar si has solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad
- Devolver las cantidades cobradas indebidamente, con intereses de demora, si procede el reintegro
- Cumplir la cuota de reserva para la integración de personal con discapacidad, si te aplica
- Si tu empresa tiene 25 o más personas, prever medios para prevenir y detectar el acoso sexual y por razón de sexo
- Fechas estimadas
-
- Abre: 18 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 7 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una explotación agraria afectada por los incendios de 2025
- Tu explotación está en Tivenys, Aldover, Granyena de Segarra, Sanaüja o Vilanova de l'Aguda
- Has sufrido pérdidas de renta a causa de los incendios
- Tu explotación agrícola está inscrita en el SIEX o la ganadera en el REGA
- Tenías una póliza de seguro agrario que cubrió el siniestro del incendio
- Tus ingresos agrarios declarados son inferiores a 1.000€
- Tu explotación no está en los municipios afectados por los incendios
- No presentaste declaración de IRPF, del Impuesto de Sociedades o la declaración informativa anual
- Tu explotación no estaba inscrita en el SIEX o el REGA a 30 de septiembre de 2025
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo el 20% de los ingresos agrarios que declaraste en tu último ejercicio fiscal. La cuantía mínima de la ayuda es de 1.500€ y no supera el límite de 10.000€ por persona beneficiaria. Si eres agricultor joven que inició la actividad en 2025 sin ingresos agrarios declarados, el máximo es de 1.500€. Si tenías una póliza de seguro agrario con un siniestro indemnizable por el incendio, la ayuda va de 6.000€ a 16.000€.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne la documentación de identidad y, si eres persona jurídica, las escrituras o estatutos registrados
-
Presenta la solicitud por medios telemáticos en la sede electrónica de la Generalitat con los formularios normalizados
-
Firma en el impreso las declaraciones responsables que se te piden
-
Espera la resolución provisional, que se publica en el tablón electrónico de la Administración
-
Si no estás de acuerdo, presenta alegaciones en los 10 días hábiles siguientes a la resolución provisional
Documentación necesaria
- Verificación de los datos de identidad (DNI/NIF/NIE), si no autorizas su consulta
- Acreditación de la representación, si actúas en nombre de otra persona
- Copia de las escrituras y/o estatutos registrados, en el caso de personas jurídicas
- Compromisos de ejecución de cada miembro, en el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas
- Impreso de solicitud con las declaraciones responsables firmadas