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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Agricultura
Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a explotaciones agrarias por incendios en Cataluña

Ayuda de 1.500€ a 10.000€ por explotación agraria afectada por los incendios

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Departamento de Agricultura de Cataluña para compensar la pérdida de renta por los incendios.
Para quién
Titulares de explotaciones agrarias: personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica de los municipios afectados.
Cuánto
  • Hasta el 20% de tus ingresos agrarios declarados, con estos límites por beneficiario
    SituaciónImporte
    GeneralMínimo 1.500€ y máximo 10.000€
    Agricultor joven nuevo sin ingresos agrarios declaradosMáximo 1.500€
    Con seguro agrario y siniestro indemnizable por el incendioMínimo 6.000€ y máximo 16.000€
    Quedan excluidos quienes tengan ingresos agrarios declarados inferiores a 1.000€.
Qué cubre
Compensa parcialmente la pérdida de renta de tu explotación provocada por los daños de los incendios
Requisitos
  • Ser titular de una explotación agraria en los municipios afectados por los incendios y haber sufrido pérdidas de renta
  • Ser persona física, jurídica o entidad sin personalidad jurídica y haber presentado la declaración de IRPF, del Impuesto de Sociedades o la declaración informativa del último ejercicio
  • Tener la explotación agrícola inscrita en el SIEX o la ganadera en el REGA, según los datos disponibles a 30 de septiembre de 2025
  • Tener ingresos agrarios declarados de al menos 1.000€
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presentar declaraciones responsables veraces y aportar la documentación necesaria para su comprobación
  • Comunicar si has solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad
  • Devolver las cantidades cobradas indebidamente, con intereses de demora, si procede el reintegro
  • Cumplir la cuota de reserva para la integración de personal con discapacidad, si te aplica
  • Si tu empresa tiene 25 o más personas, prever medios para prevenir y detectar el acoso sexual y por razón de sexo
Fechas estimadas
  • Abre: 18 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 7 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación agraria afectada por los incendios de 2025
  • Tu explotación está en Tivenys, Aldover, Granyena de Segarra, Sanaüja o Vilanova de l'Aguda
  • Has sufrido pérdidas de renta a causa de los incendios
  • Tu explotación agrícola está inscrita en el SIEX o la ganadera en el REGA
  • Tenías una póliza de seguro agrario que cubrió el siniestro del incendio
  • Tus ingresos agrarios declarados son inferiores a 1.000€
  • Tu explotación no está en los municipios afectados por los incendios
  • No presentaste declaración de IRPF, del Impuesto de Sociedades o la declaración informativa anual
  • Tu explotación no estaba inscrita en el SIEX o el REGA a 30 de septiembre de 2025

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 20% de los ingresos agrarios que declaraste en tu último ejercicio fiscal. La cuantía mínima de la ayuda es de 1.500€ y no supera el límite de 10.000€ por persona beneficiaria. Si eres agricultor joven que inició la actividad en 2025 sin ingresos agrarios declarados, el máximo es de 1.500€. Si tenías una póliza de seguro agrario con un siniestro indemnizable por el incendio, la ayuda va de 6.000€ a 16.000€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de identidad y, si eres persona jurídica, las escrituras o estatutos registrados

  2. Presenta la solicitud por medios telemáticos en la sede electrónica de la Generalitat con los formularios normalizados

  3. Firma en el impreso las declaraciones responsables que se te piden

  4. Espera la resolución provisional, que se publica en el tablón electrónico de la Administración

  5. Si no estás de acuerdo, presenta alegaciones en los 10 días hábiles siguientes a la resolución provisional

Documentación necesaria

  • Verificación de los datos de identidad (DNI/NIF/NIE), si no autorizas su consulta
  • Acreditación de la representación, si actúas en nombre de otra persona
  • Copia de las escrituras y/o estatutos registrados, en el caso de personas jurídicas
  • Compromisos de ejecución de cada miembro, en el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas
  • Impreso de solicitud con las declaraciones responsables firmadas

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si no tengo ingresos agrarios declarados?
Sí, si eres agricultor joven que inició la actividad agraria en 2025 y presentaste tu primera solicitud en esa campaña. En ese caso el importe máximo es de 1.500€.
¿Qué pasa si mi explotación tenía seguro agrario?
Si tenías una póliza de seguro agrario combinado con un siniestro indemnizable por el incendio, la ayuda va de un mínimo de 6.000€ a un máximo de 16.000€.
¿Qué ocurre si hay más solicitudes que presupuesto?
Se aplican criterios de priorización, como tener seguro agrario, más del 50% de la superficie afectada o ser joven agricultor. Las solicitudes por debajo de la puntuación de corte se deniegan por falta de disponibilidad presupuestaria.
¿Cómo me notifican la resolución?
Mediante publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat. Recibirás un aviso en el correo que indiques en la solicitud, aunque ese aviso no tiene efectos de notificación.

Fuentes oficiales

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