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Ayudas Claras
Subvenciones Castilla y León I+D+i
I+D+i Castilla y León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para centros tecnológicos de Castilla y León

Subvención a fondo perdido para los centros tecnológicos de Castilla y León.

Lo que significa

Qué es
Subvención a fondo perdido del ICECYL para financiar la actividad no económica de los centros tecnológicos inscritos en el Registro de Centros Tecnológicos de Castilla y León.
Para quién
Centros tecnológicos inscritos en el Registro de Centros Tecnológicos de Castilla y León.
Cuánto
Subvención a fondo perdido. El importe por entidad no está fijado en la convocatoria; consulta directamente con la administración.
Qué cubre
  • Gastos de las actividades no económicas de I+D+i realizadas durante 2026
  • Actividades desarrolladas en centros de trabajo de Castilla y León
Requisitos
  • Estás inscrito en el Registro de Centros Tecnológicos de Castilla y León
  • Desarrollas actividad no económica de I+D+i en centros de trabajo de Castilla y León
  • No eres una fundación que haya perdido el derecho a recibir subvenciones públicas
  • Cuentas con un plan de igualdad, si estás obligado a tenerlo
  • Cumples la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención durante el primer semestre de 2027
  • Presenta una memoria de actuación y una memoria económica de la actividad no económica de 2026
  • Aporta el informe de auditoría de los estados financieros del ejercicio 2026
  • El coste de tu actividad no económica en 2026 debe ser igual o superior a la subvención concedida
  • Si la actividad realizada se reduce más de un 30% respecto a lo concedido, tendrás que reintegrar la ayuda
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 3 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un centro tecnológico inscrito en el registro de Castilla y León
  • Desarrollas actividad no económica de I+D+i en centros de trabajo de Castilla y León
  • Buscas financiar tu actividad no económica durante el ejercicio 2026
  • Puedes acreditar tus cuentas anuales e informe de auditoría de 2025
  • No estás inscrito en el Registro de Centros Tecnológicos de Castilla y León
  • Eres una fundación que perdió el derecho a recibir subvenciones públicas
  • Tu actividad es económica, como prestar servicios de I+D al mercado
  • Desarrollas la actividad fuera de centros de trabajo de Castilla y León

Cuánto puedes recibir

Recibes una subvención a fondo perdido cuyo importe se calcula con una fórmula que valora tus indicadores de I+D+i del ejercicio 2025. El importe concreto por entidad no está fijado en la convocatoria; consúltalo directamente con la administración. Puedes solicitar un anticipo de hasta el 70% de la subvención concedida sin necesidad de garantía ni justificación previa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida en la convocatoria

  2. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del organismo

  3. Hazlo dentro del plazo de 21 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín

  4. Si recibes la propuesta de resolución provisional, presenta alegaciones en el plazo de 10 días

Documentación necesaria

  • Estatutos vigentes registrados que acrediten la personalidad del solicitante
  • Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud
  • Justificante del pago del Impuesto de Actividades Económicas o, en su caso, certificado de exención
  • Certificado de estar al corriente con Hacienda estatal y la Seguridad Social
  • Certificado de no tener deudas tributarias con la Comunidad de Castilla y León
  • Acreditación de contar con un plan de igualdad
  • Cuentas anuales e informe de auditoría del centro tecnológico del ejercicio 2025
  • Declaración responsable de no estar inhabilitado para recibir subvenciones
  • Declaración responsable del cumplimiento de la cuota de reserva de puestos para personas con discapacidad
  • Declaración responsable del cumplimiento de las obligaciones de carácter social
  • Memoria con los resultados de 2025 de los indicadores del cuadro de mando

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir un anticipo de la ayuda?
Sí. Puedes solicitar un anticipo de hasta el 70% de la subvención concedida, sin garantía ni justificación previa, en el plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la concesión.
¿Cuándo tengo que justificar la subvención?
La justificación se presenta durante el primer semestre de 2027.
¿Qué pasa si realizo menos actividad de la prevista?
Se admiten reducciones de hasta el 30% del importe concedido, liquidando según el coste real. Si superas ese 30%, se considera incumplimiento y podrías tener que reintegrar la ayuda con intereses de demora.
¿La solicitud se presenta en papel?
No. La solicitud se presenta de forma telemática.

Fuentes oficiales

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