Subvenciones para asociaciones de Guardamar del Segura
Subvenciones para actividades de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro locales.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Guardamar del Segura para actividades de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
- Para quién
- Asociaciones de cualquier tipo y entidades sin ánimo de lucro de Guardamar del Segura.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Alquiler de salas, espacios, material o equipos para la actividad
- Seguros de responsabilidad civil y accidentes, y servicios contratados a profesionales
- Compra de material no inventariable y gastos de difusión (carteles, folletos)
- Requisitos
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- Ser una asociación o entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Tener el domicilio social y desarrollar tu actividad en Guardamar del Segura
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades
- Estar al corriente de tus pagos con el Ayuntamiento de Guardamar del Segura
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad subvencionada entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026
- Presenta la justificación de los gastos entre el 14 y el 25 de septiembre de 2026
- Aporta memoria de actuación, memoria económica justificativa y facturas de los gastos
- Justifica el 100% de los gastos para poder cobrar el importe concedido
- Acepta figurar en la lista pública de entidades beneficiarias con el importe recibido
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 23 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro de Guardamar del Segura
- Tu domicilio social y tu actividad están en Guardamar del Segura
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades
- Organizas actividades culturales, deportivas, sociales, educativas o juveniles
- Realizaste la actividad entre septiembre de 2025 y agosto de 2026
- Recibes una subvención nominativa del Ayuntamiento de Guardamar del Segura
- Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Tu domicilio social o tu actividad están fuera de Guardamar del Segura
- Tienes deudas pendientes con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
El importe que recibes no está fijado de antemano: se reparte entre las solicitudes según una baremación de 5 puntos por cada actividad realizada, hasta un máximo de 50 puntos, y hasta agotar el crédito disponible. La subvención nunca puede superar el coste de la actividad. Consulta directamente con la administración para conocer la cuantía concreta.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades
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Prepara la memoria descriptiva de las actividades y los anexos requeridos
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Presenta la solicitud firmada por el representante legal en la sede electrónica del Ayuntamiento, con firma electrónica avanzada
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud firmado por el representante legal (Anexo I)
- Memoria descriptiva de las actividades programadas (Anexo II)
- Declaración responsable (Anexo III)
- Certificación de la Agencia Tributaria de estar al corriente de obligaciones tributarias, o autorización para consultarlo (Anexo IV)
- Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente, o autorización para consultarlo (Anexo V)
- Certificación del secretario con el número de socios y los ingresos por cuotas (Anexo VI)
- Ficha de mantenimiento de alta de terceros con certificado bancario de titularidad de la cuenta (Anexo VII)