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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Cultura
Cultura Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a entidades para cultura catalana en Rubí

Ayuda para entidades culturales que difunden la cultura popular catalana en Rubí.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia del Ayuntamiento de Rubí para difundir la cultura tradicional y popular catalana.
Para quién
Entidades culturales inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Rubí.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
Gastos de las actividades de promoción y difusión de la cultura tradicional y popular catalana
Requisitos
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas y en el registro oficial que corresponda
  • Estás al corriente de justificar otras subvenciones que te haya concedido el Ayuntamiento de Rubí
  • Estás al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • No has cometido una infracción grave de los principios éticos y reglas de conducta establecidos por el Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a las actividades de cultura tradicional y popular catalana para las que se concede
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones o ingresos para la misma actividad
  • Justifica ante el Ayuntamiento la subvención concedida
Fechas estimadas
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad cultural está inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas de Rubí
  • Organizas actividades de promoción y difusión de la cultura tradicional y popular catalana
  • Estás al corriente de justificar otras subvenciones del Ayuntamiento de Rubí
  • Puedes presentar una memoria explicativa del proyecto de actividad y su presupuesto
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Rubí
  • Tus actividades no tienen relación con la cultura tradicional y popular catalana
  • Tienes subvenciones anteriores del Ayuntamiento pendientes de justificar
  • No estás al corriente del pago de reintegros de subvenciones

Cuánto puedes recibir

El importe que recibas no está fijado de antemano: la subvención se concede en concurrencia competitiva. Cada solicitud se valora sobre 100 puntos y debe superar un mínimo de 50 puntos. El dinero disponible para esta línea se reparte entre las solicitudes válidas: si el crédito alcanza, cobras lo que solicitaste; si no, se reparte en proporción a los puntos obtenidos. Consulta el importe concreto directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas y cumple los requisitos

  2. Prepara la declaración responsable, la solicitud de transferencia bancaria y una memoria explicativa del proyecto y su presupuesto

  3. Presenta la solicitud dentro del plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la última publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Declaración responsable del representante de la entidad
  • Solicitud de transferencia bancaria (alta, baja o modificación de datos bancarios de terceros)
  • Memoria explicativa del proyecto de actividad y de su presupuesto
  • Documentación específica que definan las fichas de la línea de subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo modificar mi solicitud una vez presentada?
Sí. Esta convocatoria prevé la posibilidad de reformulación de solicitudes.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.
¿Tengo que declarar si recibo otras ayudas para la misma actividad?
Sí. En la declaración responsable debes indicar si has solicitado u obtenido otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad.
¿Hay una puntuación mínima para recibir la subvención?
Sí. Tu solicitud debe obtener al menos 50 puntos sobre 100 en la valoración para poder recibir la subvención.

Fuentes oficiales

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