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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Cultura
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Subvención a entidades para artes escénicas en Rubí

Subvención para entidades culturales que crean o difunden artes escénicas en Rubí

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Rubí para actividades de creación y difusión de artes escénicas
Para quién
Entidades culturales inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Rubí
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
Actividades de creación y difusión de artes escénicas organizadas por la entidad
Requisitos
  • Ser una entidad cultural inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas de Rubí
  • Estar inscrita en el registro de la Generalitat de Catalunya que corresponda según tu naturaleza jurídica
  • Haber justificado cualquier subvención que el Ayuntamiento de Rubí te haya otorgado antes
  • Estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • No incurrir en infracción grave de los principios éticos y las reglas de conducta
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica ante el Ayuntamiento el gasto de la actividad subvencionada
  • Aporta la documentación acreditativa de los requisitos cuando el Ayuntamiento te la requiera
  • Devuelve la subvención en la cuenta bancaria indicada por el Ayuntamiento si procede su reintegro
Fechas estimadas
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad cultural inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas de Rubí
  • Organizas actividades de creación o difusión de artes escénicas
  • Buscas financiación para un proyecto de artes escénicas en Rubí
  • Estás al corriente de tus obligaciones de reintegro con el Ayuntamiento
  • No eres una entidad inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas de Rubí
  • Tu actividad no es de creación o difusión de artes escénicas
  • Tienes deudas pendientes por reintegro de subvenciones
  • No has justificado subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Rubí

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado en la convocatoria. La dotación de esta línea se reparte entre todas las solicitudes que alcancen al menos 50 puntos; si el crédito disponible no cubre lo pedido, cada solicitud recibe una cantidad proporcional a su puntuación. Consulta directamente con la administración para conocer la cuantía.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas de Rubí

  2. Prepara la memoria explicativa del proyecto de actividad y de su presupuesto

  3. Reúne la declaración responsable del representante y la solicitud de transferencia bancaria

  4. Presenta tu solicitud dentro del plazo de 10 días hábiles tras la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Declaración responsable del representante de la entidad
  • Solicitud de transferencia bancaria (ficha de alta, baja o modificación de datos bancarios de terceros)
  • Memoria explicativa del proyecto de actividad y de su presupuesto
  • Documentación específica que definan las fichas de esta línea de subvención

Preguntas frecuentes

¿Cómo se seleccionan las solicitudes?
Es un régimen de concurrencia competitiva: se comparan y puntúan las solicitudes, y deben obtener un mínimo de 50 puntos para optar al reparto de la dotación de la línea.
¿Puedo modificar mi solicitud después de presentarla?
Sí, la convocatoria prevé la posibilidad de reformular las solicitudes.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.

Fuentes oficiales

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