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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Cultura
Cultura Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a entidades culturales de Rubí (cultura popular)

Subvención para entidades culturales de Rubí que difundan cultura popular de España

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Rubí para difundir la cultura popular y tradicional del resto de España.
Para quién
Entidades culturales inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Rubí.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
Los gastos de las actividades de promoción y difusión de la cultura popular y tradicional del resto de España
Requisitos
  • Ser una entidad cultural inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas de Rubí
  • Haber justificado cualquier subvención anterior recibida del Ayuntamiento de Rubí
  • Estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • No haber cometido una infracción grave de los principios éticos y las reglas de conducta
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad cultural para la que recibes la subvención
  • Justifica ante el Ayuntamiento el gasto de la actividad subvencionada
  • Reintegra los importes que no justifiques o no destines a la actividad
Fechas estimadas
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad cultural inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas de Rubí
  • Difundes la cultura popular y tradicional del resto de España
  • Has justificado las subvenciones que ya recibiste del Ayuntamiento de Rubí
  • Estás al corriente del pago de reintegros de subvenciones
  • No estás inscrito en el Registro de Entidades Ciudadanas de Rubí
  • Tu entidad no tiene carácter cultural
  • Tienes pendiente de justificar una subvención anterior del Ayuntamiento de Rubí
  • No estás al corriente del pago de reintegros de subvenciones

Cuánto puedes recibir

El importe que recibes no está fijado de antemano: la dotación de esta línea se reparte entre todas las solicitudes que alcancen la puntuación mínima exigida. Si el crédito no llega para todas, se distribuye en proporción a la puntuación obtenida por cada proyecto. Consulta directamente con la administración el importe concreto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la declaración responsable, la solicitud de transferencia bancaria y la memoria explicativa de cada actividad con su presupuesto

  2. Presenta la solicitud dentro del plazo de 10 días hábiles desde la última publicación de la convocatoria

  3. Espera la valoración de tu solicitud según los criterios de puntuación establecidos

Documentación necesaria

  • Declaración responsable del representante de la entidad
  • Solicitud de transferencia bancaria (ficha de datos bancarios de terceros)
  • Memoria explicativa del proyecto de cada actividad y de su presupuesto

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?
El plazo es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la última publicación de la convocatoria.
¿Cuándo sabré si me conceden la subvención?
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.
¿Puedo recibir otras ayudas para la misma actividad?
Debes declarar cualquier otra subvención o ingreso que recibas para la misma finalidad. Consulta directamente con la administración si son compatibles.
¿Puedo modificar mi solicitud después de presentarla?
La convocatoria prevé la posibilidad de reformular las solicitudes. Consulta las condiciones directamente con la administración.

Fuentes oficiales

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