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Ayudas Claras
Subvenciones Huesca Sanidad
Sanidad Huesca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para asociaciones de protección animal en Huesca

Hasta 5.000€ por asociación para actividades de protección animal en Huesca.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación Provincial de Huesca para actividades de protección y bienestar animal.
Para quién
Asociaciones de protección animal sin ánimo de lucro de la provincia de Huesca.
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 5.000€ por solicitante.
Qué cubre
  • Esterilizaciones de perros y gatos identificados con microchip a nombre de la asociación
  • Tratamientos veterinarios mínimos para la entrega de animales: vacunación, desparasitación y examen clínico
  • Actividades de divulgación y sensibilización sobre bienestar animal dirigidas a la población
Requisitos
  • Eres una asociación protectora de animales sin ánimo de lucro
  • Tu asociación tiene su sede en la provincia de Huesca
  • Desarrollas actividades de protección y bienestar animal en la provincia de Huesca
  • La actividad para la que pides la ayuda encaja en los fines de tus estatutos
  • Estás al corriente de obligaciones tributarias y reintegros con la Diputación Provincial de Huesca
  • Justificaste correctamente las subvenciones que la Diputación te concedió el ejercicio anterior para el mismo fin
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta las actividades entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2026
  • Presenta la justificación, previa al pago, como máximo el 30 de noviembre de 2026
  • Incluye en todo el material de difusión el logotipo de la Diputación y la leyenda «Actividad financiada por DPH»
  • Acredita la difusión de las actividades en al menos tres medios de comunicación
  • Comunica en el plazo máximo de un mes cualquier otra ayuda solicitada u obtenida para la misma actividad
  • Sométete a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control financiero que se realicen
Cuándo
  • Abre: 9 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 5 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación protectora de animales sin ánimo de lucro
  • Tu asociación tiene su sede en la provincia de Huesca
  • Desarrollas actividades de protección y bienestar animal en la provincia de Huesca
  • Realizas esterilizaciones o tratamientos veterinarios a perros y gatos de tu asociación
  • Organizas actividades de divulgación y sensibilización sobre bienestar animal
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación no tiene sede en la provincia de Huesca
  • No desarrollas actividades de protección animal en la provincia de Huesca
  • Tienes deudas pendientes con la Diputación Provincial de Huesca por tributos o reintegros
  • No justificaste una subvención de la Diputación del ejercicio anterior para el mismo fin

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 80% del presupuesto que la Diputación considere subvencionable, con un máximo de 5.000€ por solicitante. La cuantía concreta se fija en la resolución de concesión según la puntuación obtenida, la disponibilidad presupuestaria y los límites de la convocatoria. El pago se realiza una vez presentada y comprobada la justificación; no hay pagos anticipados ni abonos a cuenta.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los formularios normalizados firmados por quien ostente la representación legal de la entidad

  2. Prepara la memoria con las metas previstas para cada indicador (máximo cinco páginas, incluido el anexo)

  3. Presenta una única solicitud por medios electrónicos en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Huesca

  4. Subsana la solicitud en el plazo máximo de 10 días si el órgano instructor te lo requiere

  5. Justifica la subvención por medios electrónicos como máximo el 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Formularios normalizados firmados por el representante legal de la entidad
  • Memoria con las metas previstas y las fuentes de verificación (máximo cinco páginas, incluido el Anexo I)
  • Copia de los estatutos donde figuren los fines y el objeto social de la asociación
  • Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, salvo que autorices a la Diputación a consultarlos

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras ayudas o subvenciones?
Sí. Es compatible con otras ayudas públicas o privadas siempre que la suma no supere el coste total de la actividad. Además, la suma de ayudas públicas no puede superar el 80% del coste: si se supera, la Diputación reduce su aportación.
¿Cuántas solicitudes puede presentar mi asociación?
Una única solicitud, en la que puedes incluir una o varias de las actividades subvencionables.
¿Qué pasa si presento la justificación fuera de plazo?
Se reduce la subvención: un 10% (máximo 300€) con 1 a 8 días de retraso, un 20% (máximo 600€) con 9 a 20 días, y un 30% (máximo 900€) con más de 20 días.
¿Puedo renunciar a la subvención una vez concedida?
Sí, por escrito y antes del 1 de octubre de 2026. Si renuncias más tarde, no podrás recibir otra subvención en 2027 para la misma finalidad.
¿Qué ocurre si no cumplo las metas que comprometí?
Si el grado de cumplimiento de los indicadores no llega al 60% de las metas comprometidas, procede el reintegro o la pérdida del derecho al cobro, salvo fuerza mayor acreditada.

Fuentes oficiales

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