Saltar al contenido
Ayudas Claras
Ayudas Valladolid Servicios sociales
Servicios sociales Valladolid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda por nacimiento o adopción 2026 en Fresno el Viejo

300€ o 200€ por nacimiento o adopción en 2026 para empadronados en Fresno el Viejo

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Fresno el Viejo por nacimiento o adopción de hijos, para fomentar la natalidad y fijar población en el municipio.
Para quién
Familias con hijos nacidos o adoptados: progenitores casados o parejas de hecho inscritas, familias monoparentales y adoptantes.
Cuánto
  • 300€ o 200€ por hijo según el empadronamiento de los progenitores
    SituaciónImporte por hijo
    Los dos progenitores empadronados300€
    Solo un progenitor empadronado200€
    Familia monoparental con el progenitor empadronado200€
    En partos o adopciones múltiples estas cantidades se incrementan en 100€ por cada hijo nacido o adoptado.
Qué cubre
Ayuda económica por cada nacimiento o adopción producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
Requisitos
  • Estás empadronado de forma efectiva en Fresno el Viejo en la fecha del nacimiento o adopción (ambos progenitores, o el progenitor en familias monoparentales)
  • Te comprometes a permanecer empadronado, junto con el hijo que da derecho a la ayuda, al menos dos años desde el pago de la subvención
  • El recién nacido se empadrona por primera vez en Fresno el Viejo; en adopciones, se inscribe en el padrón en el mes siguiente a la resolución judicial
  • No tienes deudas tributarias con el Ayuntamiento de Fresno el Viejo fuera de los periodos de pago voluntario
  • No estás incurso en ningún expediente de reversión de subvenciones de este Ayuntamiento
  • En adopciones, el menor tiene hasta 5 años cumplidos al finalizar el plazo de solicitudes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Permanece empadronado en el municipio, junto con tu hijo, durante al menos dos años desde el pago; si no, tendrás que devolver la ayuda
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que obtengas para la misma finalidad
  • Colabora en las inspecciones y controles del Ayuntamiento aportando los datos y justificantes que te pidan
  • Devuelve total o parcialmente lo cobrado, con intereses de demora, si incumples las condiciones que fundamentaron la concesión
Cuándo
  • Abre: 11 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de enero de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Has tenido o adoptado un hijo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Estás empadronado en Fresno el Viejo en la fecha del nacimiento o adopción
  • Eres progenitor casado, pareja de hecho inscrita o familia monoparental
  • Adoptas a un menor de hasta 5 años
  • Te comprometes a seguir empadronado con tu hijo al menos dos años
  • Estás privado de la patria potestad de tus hijos
  • La tutela o guarda del menor la asume una institución pública
  • Tienes deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento de Fresno el Viejo
  • Estás incurso en un expediente de reversión de subvenciones de este Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Recibes 300€ por cada hijo nacido o adoptado si los dos progenitores estáis empadronados en Fresno el Viejo, y 200€ si solo lo está uno o si eres familia monoparental con el progenitor empadronado. En partos o adopciones múltiples la cantidad se incrementa en 100€ por cada hijo. Las ayudas se conceden por orden de presentación hasta agotar la partida y se abonan por transferencia a la cuenta que indiques en la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consigue el impreso oficial de solicitud (Anexo I) en la Secretaría del Ayuntamiento o descárgalo del portal de transparencia municipal

  2. Reúne la documentación que debe acompañar a la solicitud

  3. Presenta una solicitud por cada hijo, dirigida al Alcalde, en el Registro General del Ayuntamiento o en la sede electrónica municipal, hasta el 30 de enero de 2027

  4. Si te requieren subsanar defectos, hazlo en el plazo máximo e improrrogable de diez días

  5. Espera la resolución: el plazo para resolver es de tres meses y se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del solicitante
  • Certificado de empadronamiento colectivo de los beneficiarios, con la fecha de empadronamiento del recién nacido o adoptado (se incorpora de oficio o lo aporta el interesado)
  • Fotocopia del Libro de Familia en la que conste el parentesco con el menor
  • Certificado de nacimiento del recién nacido expedido por el Registro Civil (en caso de nacimientos)
  • Copia de la resolución judicial (en caso de adopciones)
  • Sentencia o acuerdo regulador, original o copia compulsada (en caso de nulidad, separación o divorcio)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Documento de titularidad de la cuenta bancaria en la que se ingresará la subvención

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con cualquier otro tipo de subvención o ayuda, pero la suma de todas no puede superar el coste de la actividad subvencionada y debes comunicar al Ayuntamiento las demás ayudas que recibas para la misma finalidad.
¿Qué pasa si se agota el presupuesto del año?
Si tu solicitud cumple los requisitos pero la partida se ha agotado, se podrá conceder con cargo al presupuesto del ejercicio siguiente, siempre que exista remanente después de tramitar las solicitudes del año en curso.
¿Cómo se reparte la ayuda si los progenitores están separados o divorciados?
La ayuda es para quien tenga atribuida la custodia del menor según el convenio regulador o la sentencia. Si la custodia es compartida y la piden ambos progenitores, el importe de ambas subvenciones ascenderá como máximo a la mitad de la ayuda establecida por hijo.
¿Qué ocurre si dejo de estar empadronado antes de dos años?
Tendrás que devolver la ayuda: dejar de estar empadronado en los dos años siguientes al pago es causa de reintegro, con exigencia de intereses de demora desde el momento del pago.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
El plazo para resolver y notificar es de tres meses desde la presentación de la solicitud o de la subsanación. Pasado ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se puede entender desestimada. La resolución se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas