Ayudas a asociaciones vecinales y culturales de Oleiros
Cada entidad puede recibir hasta 7.000€ para actividades culturales en Oleiros.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Oleiros para actividades culturales y fiestas patronales en 2026.
- Para quién
- Asociaciones vecinales, entidades culturales, juveniles y sin ánimo de lucro de Oleiros, y organizadoras de fiestas patronales.
- Cuánto
- Hasta 7.000€ para cada entidad beneficiaria en actividades culturales. Para fiestas patronales, consulta directamente con la administración.
- Qué cubre
-
- Actividades culturales: cursos, talleres, celebraciones tradicionales, excursiones e intercambios artísticos, eventos, festivales y charlas
Gastos justificables: personal de dirección, coordinación y monitorado; materiales fungibles; manutención, alojamiento y transporte en intercambios de grupos folclóricos o artísticos; material didáctico; alquiler de palcos, carpas, tarimas o amplificación; contratación de artistas; publicidad; seguros de accidentes y responsabilidad civil; transportes; asesoría fiscal, laboral, de prevención de riesgos y de protección de datos; mantenimiento de páginas web.
- Fiestas patronales: grupos de música tradicional o con repertorio mayoritariamente en gallego, y alboradas (incluidos los cohetes)
- Actividades culturales: cursos, talleres, celebraciones tradicionales, excursiones e intercambios artísticos, eventos, festivales y charlas
- Requisitos
-
- Tu entidad está legalmente constituida y actúa sin ánimo de lucro
- Figura inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Oleiros antes del 31/12/2025
- Cuenta con un mínimo de 35 socios, salvo entidades dedicadas solo a organizar fiestas patronales
- Desarrolla sus actividades dentro del término municipal de Oleiros
- Tiene su domicilio social y fiscal en Oleiros
- No tiene pendiente justificar una subvención anterior o ha reintegrado el importe no justificado
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Justifica la subvención con una memoria de las actividades realizadas, sus fechas, participantes y valoración
- Presenta facturas o justificantes de los gastos, pagados dentro del periodo de justificación y con fecha de 2026
- Declara todos los ingresos y subvenciones obtenidos para las mismas actividades, incluidas las cuotas de los participantes
- Difunde en la publicidad de las actividades subvencionadas el carácter público de la financiación municipal
- Facilita al ayuntamiento la documentación complementaria que te pida para comprobar gastos e ingresos
- Cuándo
-
- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Representas una asociación vecinal o entidad cultural sin ánimo de lucro de Oleiros
- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Oleiros
- Organizas actividades culturales o fiestas patronales durante 2026
- Tu entidad tiene su domicilio social y fiscal en Oleiros
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tu entidad no estaba inscrita en el registro municipal antes del 31/12/2025
- Tu entidad tiene menos de 35 socios y no se dedica solo a fiestas patronales
- Tienes pendiente de justificar una subvención municipal anterior
- Tus actividades se desarrollan fuera del término municipal de Oleiros
Cuánto puedes recibir
Para actividades culturales cada entidad puede recibir hasta 7.000€; para fiestas patronales la fuente no fija un importe individual. La cuantía concedida es un importe cierto: la diferencia de financiación necesaria para ejecutar la actividad corre de tu cuenta, y solo debes reintegrar lo que exceda del coste total. Estas ayudas son compatibles con otras de administraciones públicas siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad subvencionada.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne la documentación y cumplimenta los modelos normalizados que acompañan a la convocatoria, firmados digitalmente
-
Presenta la solicitud en la sede electrónica municipal en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín provincial
-
Subsana los defectos o aporta los documentos que falten en el plazo máximo de diez días si el ayuntamiento te lo requiere
-
Espera la resolución: el acuerdo se adopta y notifica en un máximo de seis meses y la concesión se publica en el tablón de edictos de la sede electrónica municipal
Documentación necesaria
- Fotocopia del CIF de la entidad y DNI del representante
- Solicitud (Anexo 1)
- Certificación de representación y número de personas socias (Anexo 2)
- Memoria-proyecto anual de actividades (Anexo 3.1 para actividades culturales o 3.2 para fiestas patronales)
- Documentación justificativa del uso del gallego en la publicidad y en las relaciones con los usuarios, en su caso
- Certificado bancario del número de cuenta donde quieres cobrar la subvención