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Ayudas Claras
Subvenciones Extremadura Económico
Económico Extremadura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Premios Extremadura Empresarial a emprendedores y empresas

Premios de hasta 14.000 euros para emprendedores y empresas de Extremadura

Lo que significa

Qué es
Premios por concurrencia competitiva de la Junta de Extremadura a personas emprendedoras, nuevas empresas y proyectos de emprendimiento
Para quién
Personas emprendedoras, empresas de reciente creación y entidades sin ánimo de lucro de Extremadura
Cuánto
  • Premios en metálico según la modalidad y el puesto obtenido
    ModalidadPremios
    Personas con Ideas Emprendedoras5.000, 2.500 y 1.500 euros
    Nueva Empresa Extremeña14.000, 9.000 y 6.000 euros, más hasta dos accésits de 1.500 euros
    Proyectos e iniciativas de emprendimiento5.000, 2.500 y 1.500 euros
    Los premios pueden declararse desiertos en cualquiera de las modalidades.
Qué cubre
  • Premio en metálico por resultar ganador en tu modalidad
  • En Ideas Emprendedoras, el importe debe destinarse a gastos e inversiones para poner en marcha la actividad empresarial premiada
Requisitos
  • Si te presentas como persona emprendedora, estar empadronado en Extremadura con una idea de negocio en desarrollo
  • Si concurres como nueva empresa, estar constituida y operativa en Extremadura con menos de tres años desde el alta en el IAE
  • Si concurres como entidad sin ánimo de lucro, recoger en tus estatutos fines de emprendimiento o empresa y tener centro de trabajo en Extremadura
  • Las empresas y entidades deben estar legalmente constituidas en la fecha de presentación de la solicitud
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Si ganas en la modalidad de ideas emprendedoras, justifica en un máximo de 12 meses que el premio se destinó a gastos o inversiones de la actividad premiada
  • Aporta las facturas y sus justificantes de pago junto con una breve memoria descriptiva de las actuaciones realizadas
  • Ten activa una cuenta bancaria en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura para cobrar el premio
Cuándo
  • Abre: 4 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 3 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una persona emprendedora empadronada en Extremadura con una idea de negocio en desarrollo
  • Tienes una empresa creada en Extremadura hace menos de tres años
  • Tu empresa cuenta con centro productivo en Extremadura
  • Representas a una entidad sin ánimo de lucro con centro de trabajo en Extremadura
  • Tu entidad presta servicios relacionados con el emprendimiento o la empresa
  • Tu empresa lleva más de tres años en funcionamiento
  • No tienes centro productivo o de trabajo en Extremadura
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro y opta a la modalidad reservada a entidades sin ánimo de lucro
  • Estás incurso en alguna prohibición para obtener subvenciones públicas

Cuánto puedes recibir

Los premios se conceden en metálico y varían según la modalidad y el puesto. En Ideas Emprendedoras van de 1.500 a 5.000 euros; en Nueva Empresa Extremeña, de 6.000 a 14.000 euros, con hasta dos accésits de 1.500 euros; y en Proyectos e iniciativas de emprendimiento, de 1.500 a 5.000 euros. El abono se realiza en un solo pago tras la resolución de concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Elige la modalidad a la que te presentas: ideas emprendedoras, nueva empresa o proyectos de emprendimiento

  2. Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud (Anexo I)

  3. Prepara la memoria técnica descriptiva y justificativa del proyecto (Anexo II) y la documentación exigida

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Junta de Extremadura

  5. Si tu candidatura es seleccionada, presenta y defiende tu proyecto ante el jurado

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo normalizado (Anexo I)
  • Memoria técnica descriptiva y justificativa del proyecto (Anexo II)
  • Entidades sin ánimo de lucro: copia de los documentos de constitución y estatutos
  • Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica, si no autorizas su consulta
  • Nueva Empresa Extremeña: certificado de la Agencia Tributaria con los epígrafes de IAE en los que está dada de alta
  • Ideas Emprendedoras: certificado de residencia con fecha de última variación padronal, si te opones a su consulta

Preguntas frecuentes

¿A qué modalidad puedo presentarme?
Hay tres: Personas con Ideas Emprendedoras, para personas físicas empadronadas en Extremadura con una idea de negocio; Nueva Empresa Extremeña, para empresas de menos de tres años con centro productivo en la región; y Proyectos e Iniciativas de Emprendimiento, para entidades sin ánimo de lucro.
¿Pueden quedar desiertos los premios?
Sí. La convocatoria permite declarar desierto cualquiera de los premios en cualquiera de sus modalidades.
¿Cómo se eligen los ganadores?
Las candidaturas se valoran en concurrencia competitiva por una comisión. Se seleccionan hasta cinco por modalidad, que presentan y defienden su proyecto ante el jurado antes de decidir los ganadores.
¿Tengo que justificar en qué gasto el premio?
Solo en la modalidad de Ideas Emprendedoras: debes justificar en un máximo de 12 meses que el importe se destinó a gastos o inversiones de la actividad. Las demás modalidades no requieren justificación adicional.

Fuentes oficiales

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