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Ayudas Claras
Subvenciones Tarragona Cultura
Cultura Tarragona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades y asociaciones de Barberà de la Conca

Cubre hasta el 50% del coste de actividades de entidades sin ánimo de lucro.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Barberà de la Conca para actividades de interés público local.
Para quién
Entidades, particulares, asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro del municipio de Barberà de la Conca.
Cuánto
Hasta el 50% del coste de la actividad subvencionada.
Qué cubre
  • Gastos de actividades culturales, deportivas y artísticas
  • Gastos de actividades sociales, sanitarias, ecológicas y cívicas
  • Actividades juveniles y de solidaridad de interés público local
Requisitos
  • Eres una entidad, asociación, colectivo o particular sin ánimo de lucro del municipio de Barberà de la Conca
  • Las actividades que presentas son de interés público local o municipal y no tienen carácter lucrativo
  • Realizaste las actividades durante 2025
  • Estás al corriente de tus obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica el gasto presentando el expediente de justificación antes de cobrar la ayuda
  • Aporta las facturas acreditativas del gasto realizado
  • El gasto justificado debe ser, como mínimo, el doble de la subvención concedida
  • Presenta una memoria de realización de la actividad subvencionada
Cuándo
  • Abre: 14 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad, asociación, colectivo o particular sin ánimo de lucro del municipio
  • Realizaste actividades culturales, deportivas o sociales durante 2025
  • Tus actividades son de interés público local en Barberà de la Conca
  • Puedes acreditar el coste de la actividad y la subvención que solicitas
  • Tu actividad tiene finalidad lucrativa
  • Las actividades no son de interés público local o municipal
  • La subvención sumada a otras ayudas superaría el coste de la actividad
  • No realizaste las actividades durante 2025

Cuánto puedes recibir

La subvención cubre como máximo el 50% del coste de la actividad. En ningún caso, ni sola ni sumada a otras ayudas o ingresos, puede superar el coste total de la actividad subvencionada. No hay un importe fijo por solicitante: se decide por concurrencia competitiva según la valoración de tu proyecto. Cobras la ayuda tras justificar el gasto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la acreditación de tu personalidad y, en su caso, de tu representación

  2. Prepara el proyecto explicativo de las actividades con su valoración económica

  3. Rellena la solicitud del Anexo I dirigida al Alcalde

  4. Presenta la solicitud en el registro de entrada del ayuntamiento dentro del plazo de un mes

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo improrrogable de 10 días

Documentación necesaria

  • Solicitud normalizada (Anexo I)
  • Acreditación de la personalidad y, en su caso, de la representación
  • Declaración de que la actividad es de interés local o municipal y sin carácter lucrativo
  • Proyecto explicativo de las actividades con la valoración económica del coste y la subvención solicitada
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el ayuntamiento, o autorización para que el ayuntamiento los solicite
  • Declaración jurada de otras subvenciones solicitadas u otorgadas por otros organismos públicos
  • Presupuesto total desglosado con el coste de las actividades y las fuentes de financiación

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si ya recibí otras subvenciones para la misma actividad?
Sí, pero debes declararlas. La suma de todas las ayudas e ingresos no puede superar el coste de la actividad.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores u olvido un documento?
El ayuntamiento te requerirá para subsanarla en un plazo improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido.
¿Cuándo cobro la subvención?
Después de justificar el gasto: la justificación es previa al cobro y las facturas deben sumar, como mínimo, el doble de la subvención concedida.
¿Qué ocurre si el ayuntamiento no resuelve a tiempo?
El plazo máximo de resolución y notificación es de 6 meses. Si no te notifican, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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