Subvenciones de cooperación internacional para entidades
Hasta 45.000 euros para cooperación internacional y 20.000 para educación global
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Área Metropolitana de Barcelona para proyectos de cooperación internacional y educación global
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, fundaciones, universidades, centros de investigación y organismos internacionales
- Cuánto
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- Aportación máxima según la modalidad del proyecto
La subvención cubre como máximo el 80% del coste total del proyecto.Modalidad Subvención máxima Cooperación internacional 45.000 euros Educación para la ciudadanía global 20.000 euros
- Aportación máxima según la modalidad del proyecto
- Qué cubre
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- Proyectos de cooperación internacional en países receptores de ayuda al desarrollo
- Proyectos de educación para la ciudadanía global en el área metropolitana de Barcelona
- Gastos indirectos de gestión hasta el 10% del total subvencionado
- Requisitos
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- Eres una persona jurídica pública o una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita en el registro oficial
- Presentas un único proyecto, ya sea como entidad solicitante o como entidad consorciada
- Tu proyecto se inicia durante el año 2026
- Si presentas un proyecto de cooperación internacional, se ejecuta en un país receptor de ayuda oficial al desarrollo
- Si presentas un proyecto de educación para la ciudadanía global, se desarrolla en el área metropolitana de Barcelona
- Aportas mediante cofinanciación la parte del coste que no cubre la subvención, que financia como máximo el 80% del proyecto
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la subvención exclusivamente a la realización del proyecto aprobado
- Comunica la aceptación en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la concesión
- Presenta la reformulación del proyecto si el importe concedido es inferior al solicitado
- Finaliza las actividades subvencionadas como máximo el 31 de enero de 2028
- Justifica el proyecto en los tres meses siguientes a la finalización de las actividades, o en seis meses si incluye informe de auditoría
- Limita los gastos indirectos de gestión al 10% del total subvencionado
- Cuándo
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- Abre: 4 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad sin ánimo de lucro, asociación o fundación legalmente constituida
- Quieres desarrollar un proyecto de cooperación internacional en países receptores de ayuda al desarrollo
- Trabajas en educación para la ciudadanía global en el área metropolitana de Barcelona
- Eres una universidad, un centro de investigación adscrito o un organismo internacional
- Puedes aportar cofinanciación, ya que la subvención cubre como máximo el 80% del coste
- Eres una persona física o una empresa con ánimo de lucro
- Ya has presentado otro proyecto a esta convocatoria
- Tu proyecto de cooperación no se ejecuta en un país receptor de ayuda al desarrollo
- Tu proyecto de educación global se desarrolla fuera del área metropolitana de Barcelona
Cuánto puedes recibir
La subvención cubre como máximo el 80% del coste total del proyecto: hasta 45.000 euros si es de cooperación internacional y hasta 20.000 euros si es de educación para la ciudadanía global. El resto lo aportas tú y/o tu entidad socia local mediante cofinanciación. Cobras el 70% al concederse la ayuda y el 30% restante tras validarse la justificación final; el pago se hace de forma fraccionada en dos plazos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación administrativa: estatutos, tarjeta de identificación fiscal, memorias de actividades y económica y DNI de quien firma
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Cumplimenta el modelo normalizado de instancia de solicitud de subvención (Anexo I)
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Presenta la solicitud a través del registro electrónico del Área Metropolitana de Barcelona, dirigida al Área de Internacional y Metrópolis Digital, dentro del plazo de 20 días hábiles
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Espera la resolución, que se dicta y notifica en un plazo máximo de tres meses desde el fin del plazo de presentación
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Si te conceden la ayuda, comunica la aceptación en 10 días hábiles y, si procede, presenta la reformulación del proyecto
Documentación necesaria
- Modelo de instancia de solicitud de subvención (Anexo I)
- Estatutos de la entidad solicitante
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
- Acreditación de la inscripción en el Registro General de Entidades de la Generalitat de Catalunya o documentación equivalente
- Memoria de actividades del último ejercicio aprobado
- Memoria económica de la última anualidad aprobada
- DNI de la persona que suscribe la solicitud
- Estatutos de la entidad socia local (solo proyectos de cooperación internacional)
- Memoria de actividades de la entidad socia local (solo proyectos de cooperación internacional)
- Acreditación de los acuerdos de consorcio, cuando el proyecto se presente en consorcio entre entidades