Subvención para salas de cine comerciales en Galicia
Hasta 18.000€ por sala de cine comercial en Galicia según su número de pantallas.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales para actividades en salas de cine comerciales situadas en Galicia.
- Para quién
- Autónomos y empresas privadas que gestionan una sala de cine comercial situada en Galicia.
- Cuánto
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- Hasta el 100% del coste, con un tope según el número de pantallas de la sala
Puedes sumar 3.000€ más si la sala está en una localidad de menos de 25.000 habitantes, y otros 3.000€ más si más del 50% de las películas no nacionales se proyectan en versión original subtitulada.Pantallas de la sala Importe máximo 1 y 2 pantallas hasta 12.000€ 3, 4 y 5 pantallas hasta 15.000€ 6 o más pantallas hasta 18.000€
- Hasta el 100% del coste, con un tope según el número de pantallas de la sala
- Qué cubre
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- Digitalización de la sala: proyección, audio, conectividad, venta de entradas y marketing digital
- Campañas de promoción y dinamización de público
- Contratación de películas europeas o de baja cuota de pantalla, y gastos de personal y servicios del proyecto
- Requisitos
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- Gestionas una sala de cine comercial situada en Galicia y desarrollas tu actividad habitual en Galicia, la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo
- Estás dado de alta en el impuesto de actividades económicas en el epígrafe 963.1
- Cuentas con un establecimiento propio o arrendado en Galicia habilitado como sala de cine
- Tu sala está en funcionamiento continuado durante el período subvencionable
- Has programado al menos un 20% de títulos de cine europeo o de terceros países con baja cuota de pantalla durante 2025
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza el proyecto y justifica en plazo el coste total de las actividades
- Solicita al menos tres ofertas de distintos proveedores cuando el gasto supere el importe del contrato menor
- Sométete a las actuaciones de comprobación, control e inspección del órgano concedente y de los órganos de control financiero
- Conserva los documentos justificativos del gasto
- Comunica la aceptación de la subvención en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la concesión
- Cuándo
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- Abre: 2 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 3 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Gestionas una sala de cine comercial situada en Galicia
- Eres autónomo o una empresa privada del sector de la exhibición de cine
- Tu sala programó al menos un 20% de cine europeo o de baja cuota de pantalla en 2025
- Tu sala está en funcionamiento continuado durante el período subvencionable
- Vas a realizar un proyecto de digitalización, promoción o programación en tu sala en 2026
- No gestionas una sala de cine comercial situada en Galicia
- Tu sala proyecta películas calificadas "X"
- Ya has recibido ayudas de minimis por más de 300.000€ en los últimos tres años
- Recibes otra subvención de la Consellería de Cultura para el mismo proyecto
Cuánto puedes recibir
Puedes recibir hasta el 100% del coste de las actividades de tu proyecto. El tope depende del número de pantallas de la sala: hasta 12.000€ si tiene 1 o 2 pantallas, 15.000€ si tiene 3, 4 o 5, y 18.000€ si tiene 6 o más. Si tu sala está en una localidad de menos de 25.000 habitantes o proyecta más del 50% de sus películas no nacionales en versión original subtitulada, puedes sumar 3.000€ más en cada caso.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación y cumplimenta la solicitud normalizada (Anexo II) con sus declaraciones responsables
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Presenta la solicitud obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
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Hazlo dentro del plazo de un mes que se abre tras la publicación de la convocatoria
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Si la Agencia detecta que falta algo, enmienda la solicitud en el plazo de 10 días
Documentación necesaria
- Solicitud normalizada (Anexo II)
- Declaración responsable de haber programado al menos un 20% de cine europeo o de baja cuota de pantalla en 2025
- Declaración responsable de que la sala está en una localidad de menos de 25.000 habitantes
- Declaración responsable de la dotación de pantallas de la sala
- Certificado del acuerdo social o autorización de quien firma la solicitud (personas jurídicas)
- Estatutos y escrituras de constitución inscritos (personas jurídicas)
- Documentación que acredite la representación de quien firma la solicitud
- Escritura de propiedad, contrato de alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad de la sala
- Licencia municipal de apertura del espacio