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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Agricultura
Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a la sanidad animal del ganado en Cataluña

Subvención para los programas veterinarios de sanidad animal del ganado en Cataluña

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat de Catalunya para los programas veterinarios de sanidad animal del ganado
Para quién
Agrupaciones de defensa sanitaria ganadera de los sectores porcino, cunícola, ovino, caprino, apícola, avícola y bovino
Cuánto
  • El importe depende del sector: hasta el 80% de las tareas veterinarias (máximo 28.000€ por veterinario) o módulos fijos por prueba o animal
    SectorSubvención
    Porcino80% de las tareas veterinarias, máximo 28.000€ por veterinario; módulos de 34€, 65€ u 84€ por analítica según reproductores
    Cunícola80% de las tareas veterinarias, máximo 28.000€ por veterinario; 1,5€ por animal reproductor y 0,75€ por animal de reposición
    Ovino y caprino (tuberculosis)2€ por prueba de tuberculosis, 52€ desplazamiento, 1€ extracción de sangre, 0,3€ control de identificación, 150€ necropsia
    Ovino y caprino (agalaxia)1€ por serología, muestra de hisopo o de leche; 0,3€ control de identificación; 52€ desplazamiento
    Apícola80% del gasto veterinario, de difusión y asesoramiento, y de analíticas
    Avícola0,03€ por vacuna, máximo 2 vacunas
    Bovino (tuberculosis)2,20€ por prueba en aptitud carne; 1,50€ por prueba en aptitud leche
    En ningún caso la subvención puede superar el coste de la actividad subvencionada.
Qué cubre
  • El gasto veterinario y en productos veterinarios para el control de enfermedades
  • Las analíticas y pruebas diagnósticas de los programas sanitarios
  • Las vacunas contra la salmonela en el sector avícola
Requisitos
  • Perteneces a alguno de los sectores incluidos: porcino, cunícola, ovino, caprino, apícola, avícola o bovino
  • Tus explotaciones cumplen los programas sanitarios oficiales y los requisitos de bienestar animal y bioseguridad
  • Tus explotaciones están dentro del ámbito territorial de tu agrupación de defensa sanitaria
  • Has ejecutado las actividades antes de presentar la solicitud, entre el 2 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026
  • En porcino y cunícola, las tareas veterinarias tienen un coste superior a 20.000€
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención dentro del mismo plazo de presentación de solicitudes
  • Presenta una memoria explicativa de las actividades y una memoria económica de los gastos
  • Conserva las facturas y los justificantes de cada gasto
  • Mantén una contabilidad separada o un código contable para los gastos subvencionados
  • Si eres persona jurídica y recibes más de 10.000€, aporta la información de transparencia exigida
  • Devuelve las cantidades cobradas si no cumples o si la administración te lo requiere
Cuándo
  • Abre: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una agrupación de defensa sanitaria ganadera en Cataluña
  • Gestionas programas de sanidad animal en el sector porcino o cunícola
  • Realizas controles de tuberculosis en ganado bovino, ovino o caprino
  • Vigilas la agalaxia contagiosa en explotaciones de ovino y caprino
  • Aplicas vacunas contra la salmonela en explotaciones avícolas
  • Controlas enfermedades de las abejas de la miel en el sector apícola
  • No eres una agrupación de defensa sanitaria ganadera
  • Tu sector ganadero no está entre los incluidos en la convocatoria
  • No has ejecutado las actividades entre septiembre de 2025 y septiembre de 2026
  • La ayuda solicitada superaría el coste real de la actividad

Cuánto puedes recibir

Lo que recibes depende del sector ganadero. En porcino y cunícola se subvenciona el 80% de las tareas veterinarias, con un máximo de 28.000€ por veterinario, más módulos fijos por analíticas o por animal reproductor; en apícola se cubre el 80% del gasto veterinario, de difusión y de analíticas. En ovino, caprino, avícola y bovino se paga por módulos fijos según cada prueba o animal. La subvención nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Ejecuta las actividades sanitarias entre el 2 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026

  2. Reúne las memorias justificativas y la documentación exigida

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica entre el 15 de septiembre y el 5 de octubre de 2026

  4. Presenta la justificación de la subvención dentro del mismo plazo

Documentación necesaria

  • Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad, con las actividades ejecutadas y los resultados
  • Memoria económica con la relación clasificada de gastos y las copias de las facturas
  • Declaración responsable de la persona beneficiaria
  • Declaración del número de unidades físicas consideradas como módulo
  • Informe firmado por el presidente de la agrupación con el porcentaje de la nómina destinado al programa y copia de la nómina (si el veterinario está contratado)
  • Facturación total emitida por el veterinario o la empresa veterinaria (si no está en nómina)

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda junto con otras subvenciones?
Sí, pero la suma de la subvención con otras ayudas, ingresos o recursos no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si no justifico la subvención?
Pierdes total o parcialmente el derecho a cobrar la subvención por falta de justificación.
¿Cuándo tengo que haber realizado las actividades?
Antes de presentar la solicitud, entre el 2 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026.
¿Puedo renunciar y devolver la ayuda voluntariamente?
Sí. Debes solicitar la renuncia al órgano competente, que te notificará la resolución y el importe que tienes que reintegrar.

Fuentes oficiales

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