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Ayudas Claras
Subvenciones El Hierro Cultura
Cultura El Hierro Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a proyectos audiovisuales en Tenerife 2026

Importe fijo de hasta 90.000€ por proyecto audiovisual en Tenerife según modalidad.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Cabildo de Tenerife para crear, producir y desarrollar proyectos audiovisuales en la isla.
Para quién
Empresas y empresarios o empresarias individuales del sector audiovisual.
Cuánto
  • Importe fijo por proyecto según la modalidad.
    ModalidadImporte por proyecto
    A · Producción de largometrajes90.000€
    B · Producción de largometrajes45.000€
    C · Cortometrajes de imagen real10.000€
    C · Cortometrajes de animación20.000€
    D · Desarrollo de largometrajes15.000€
    La cantidad que solicites al Cabildo no puede superar el importe fijo por proyecto de cada modalidad.
Qué cubre
  • Gastos de producción de largometrajes o cortometrajes (imagen real o animación)
  • Trabajos de desarrollo: guion, localizaciones, casting, planes de venta o teaser (modalidad D)
  • Costes de personal del proyecto, con topes por categoría profesional
    CategoríaTope sobre el coste del proyecto
    Productor/a ejecutivo/a5%
    Director/a15%
    Una persona con varias funciones30%
Requisitos
  • Tu empresa tiene sede social y domicilio fiscal en Tenerife desde al menos enero de 2021
  • Si eres empresario/a individual, naciste o resides en Tenerife desde al menos enero de 2021
  • Estás dado de alta en el censo de actividades económicas de Hacienda en un epígrafe del sector audiovisual (empresarios/as, antes del 30 de junio de 2024)
  • Estás inscrito como productora audiovisual en el registro de empresas audiovisuales de Canarias o en el del Ministerio de Cultura
  • Posees los derechos de la obra o una opción de compra sobre ellos
  • Garantizas con fondos ajenos a la ayuda el resto de la financiación del proyecto
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza el proyecto en el plazo de tu modalidad y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2028
  • Justifica la ayuda ante el Cabildo en los dos meses siguientes al fin de la actividad
  • Incluye el logo y la leyenda "Cabildo Insular de Tenerife" en los títulos de crédito (modalidades de producción)
  • Haz constar la ayuda del Cabildo y su imagen corporativa en todo el material de promoción y difusión
  • Entrega una copia del archivo digital definitivo en alta resolución a la Filmoteca Canaria
  • Participa en el acto público de presentación de los proyectos subvencionados
Cuándo
  • Abre: 2 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 21 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una empresa audiovisual con sede en Tenerife desde 2021
  • Eres empresario/a individual nacido/a o residente en Tenerife desde 2021
  • Estás inscrito como productora en el registro audiovisual canario o estatal
  • Quieres producir un largometraje o cortometraje de ficción, animación o documental
  • Vas a desarrollar un proyecto audiovisual: guion, casting, plan de venta o teaser
  • Eres un operador de televisión u otro prestador de servicios audiovisuales
  • Tu obra tiene contenido esencialmente publicitario o de propaganda política
  • Tu obra es un noticiario cinematográfico
  • Tu obra es pornográfica o hace apología de la violencia (calificación X)
  • Tu obra no respeta la normativa de derechos de propiedad intelectual

Cuánto puedes recibir

Recibes un importe fijo por proyecto según la modalidad: 90.000€ en la modalidad A, 45.000€ en la B, 10.000€ (imagen real) o 20.000€ (animación) en la C, y 15.000€ en la D de desarrollo. La cantidad que pidas al Cabildo no puede superar ese importe fijo, y debes financiar el resto del proyecto con fondos ajenos a la ayuda.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples los requisitos y elige la modalidad (A, B, C o D)

  2. Prepara el proyecto, el presupuesto de gastos y el plan de financiación

  3. Cumplimenta el formulario normalizado y el autobaremo disponibles en la sede electrónica del Cabildo

  4. Presenta la solicitud, preferentemente de forma telemática, en el registro electrónico del Cabildo dentro del plazo de 20 días naturales

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud normalizado con la declaración responsable
  • Proyecto de la actividad audiovisual
  • Presupuesto de gastos y plan de financiación
  • Anexo I con la documentación específica por epígrafes e índice numerado
  • Modelo de autobaremo con la documentación que acredita los criterios de valoración
  • Contrato o precontrato con director y guionista (modalidad D de desarrollo)

Preguntas frecuentes

¿Cuántos proyectos puedo presentar?
Hasta cinco proyectos en total y un máximo de dos por modalidad. No puedes presentar el mismo proyecto a varias modalidades ni ser beneficiario de más de una subvención por modalidad.
¿Qué puntuación mínima necesito para recibir la ayuda?
Las solicitudes se valoran sobre 100 puntos y necesitas al menos 60 para obtener la condición de beneficiario.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
La presentación es preferentemente telemática. Las personas físicas también pueden presentarla presencialmente en el Registro General o registros auxiliares, pidiendo cita previa.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses. Si pasa ese plazo sin resolución, tu solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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