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Ayudas Claras
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Ayudas a asociaciones y sindicatos del fútbol 2026

Subvención a asociaciones y sindicatos del fútbol para la inserción laboral de asociados

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Consejo Superior de Deportes para fomentar el asociacionismo en el fútbol
Para quién
Asociaciones y sindicatos de futbolistas, árbitros, entrenadores y preparadores físicos
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Programas para facilitar la inserción laboral de los asociados cuando dejan el fútbol
  • Gastos de funcionamiento de la asociación o sindicato
Requisitos
  • Estar constituida como entidad sin ánimo de lucro con fines ligados al fútbol o a los derechos sociales de sus asociados
  • Estar inscrita en el Registro de Asociaciones correspondiente
  • Acreditar que al menos el 20% de los deportistas, árbitros o técnicos con licencia federativa de tu especialidad en competición estatal están afiliados a tu entidad (temporada 25/26)
  • Tener implantación territorial en al menos tres comunidades autónomas
  • No estar incurso en causas que impidan el cobro de pagos anticipados
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta expresamente la subvención en el plazo de diez días desde la notificación o perderás la condición de beneficiario
  • Justifica el uso de los fondos con las cuentas justificativas en formato Excel firmadas digitalmente
  • Presenta la justificación de los gastos antes del 31 de marzo de 2027
  • Justifica al menos el 80% del importe concedido en cada programa o tendrás que reintegrar la ayuda
  • Conserva los justificantes originales de gasto y pago y remite copia al Consejo Superior de Deportes
Cuándo
  • Abre: 2 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 29 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o un sindicato de futbolistas, árbitros, entrenadores o preparadores físicos
  • Estás constituido como entidad sin ánimo de lucro
  • Tienes implantación en al menos tres comunidades autónomas
  • Afilias al menos al 20% de los deportistas con licencia federativa de tu especialidad
  • Quieres financiar programas de inserción laboral para tus asociados
  • No eres una asociación ni un sindicato del ámbito del fútbol
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Solo tienes implantación en una o dos comunidades autónomas
  • No alcanzas el 20% de afiliados con licencia federativa exigido
  • No estás al corriente con Hacienda o la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

El importe que recibes no está fijado de antemano: se decide por concurrencia competitiva. Los programas de inserción laboral se valoran hasta 10 puntos y solo se financian los que superan los 5 puntos; los gastos de funcionamiento se reparten según la representatividad de cada entidad. En tu solicitud, los gastos de funcionamiento no pueden superar el 25% del total pedido. El importe concreto por entidad no está especificado; consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida: estatutos, inscripción, listado de afiliados, memorias y presupuesto

  2. Cumplimenta el modelo de solicitud disponible en la sede electrónica del Consejo Superior de Deportes

  3. Presenta la solicitud por vía telemática con el certificado electrónico del representante legal

  4. Espera la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones en el plazo de diez días si procede

  5. Acepta expresamente la concesión en el plazo de diez días desde la notificación

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo 0,5%-2_1 SOL
  • Copia del poder notarial si la solicitud no la firma el presidente de la entidad
  • Copia de los estatutos de la asociación legalizados
  • Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Asociaciones
  • Listado numerado de los afiliados con sus datos y licencia deportiva (modelo 0,5%-2-2-LIST 25/26)
  • Certificación del órgano competente de la asociación firmada digitalmente (modelo 0,5%-2_3_CERT CCAA)
  • Memoria de los gastos de funcionamiento y de cada proyecto de inserción laboral (modelo 0,5%-2-4-MEM)
  • Presupuesto anual global de 2026 y cuentas anuales cerradas de 2025 (modelo 0,5%-2_5_PPTO)
  • Relación de otras subvenciones o ayudas solicitadas o recibidas para el mismo objeto
  • Información sobre la convocatoria pública de ayudas realizada en cada proyecto, con su publicación y resultados
  • Listado de los gastos de funcionamiento con todos los perceptores (modelo 0,5%-2-6-GF)
  • Listado de los gastos de los programas de inserción laboral con sus perceptores (modelo 0,5%-2-7-GP)

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con otras ayudas públicas o privadas para las mismas actividades, siempre que el total recibido no supere el coste de la actividad subvencionada. Si lo supera, la subvención del Consejo Superior de Deportes se reduce en el exceso.
¿Qué pasa si no justifico todo el gasto?
Si no justificas al menos el 80% del importe concedido en cada programa, tendrás que reintegrar la subvención de ese programa de forma proporcional.
¿Cuándo se cobra la ayuda?
El pago tiene carácter anticipado y no necesitas constituir garantías por ser entidad sin ánimo de lucro declarada de utilidad pública. No se paga hasta que acredites estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
¿Qué ocurre si mi solicitud tiene errores o falta documentación?
Te requerirán para que la completes o subsanes en el plazo de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido. Presentar la solicitud fuera de plazo no es subsanable.

Fuentes oficiales

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