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Ayudas Claras
Ayudas Valencia Comercio y turismo
Comercio y turismo Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bonos comerciales de Massanassa 2026 para tus compras

Bono de 100€ por solo 50€ para gastar en comercios adheridos de Massanassa

Lo que significa

Qué es
Campaña de bonos comerciales subvencionados por el Ayuntamiento de Massanassa para impulsar las compras en el comercio minorista local.
Para quién
Personas físicas mayores de 18 años que quieran comprar en el comercio de Massanassa.
Cuánto
Un bono precargado con 100€ por el que pagas 50€; el Ayuntamiento aporta los otros 50€. Un único bono por persona.
Qué cubre
Compras de bienes o servicios en los establecimientos de Massanassa adheridos a la campaña
Requisitos
  • Ser persona física mayor de 18 años
  • Estar empadronado en Massanassa si quieres comprar en el periodo prioritario

    El empadronamiento debe cumplirse a fecha de aprobación de las bases. Periodo prioritario para empadronados: del 7 al 21 de septiembre de 2026. Desde el 21 de septiembre de 2026 pueden comprar las personas no empadronadas, hasta agotar los bonos.

  • Adquirir el bono en el periodo que te corresponda según tu vecindad administrativa
Obligaciones
  • Usa el bono solo en establecimientos adheridos y dentro de su año de validez
  • Facilita al Ayuntamiento la información necesaria para comprobar que cumples las condiciones
  • Comunica cualquier circunstancia que afecte al cumplimiento de los requisitos
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control municipales
  • Custodia tu bono una vez te lo entreguen
Cuándo
  • Abre: 7 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: Consulta directamente con la administración

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una persona física mayor de 18 años
  • Quieres comprar en el comercio minorista de Massanassa
  • Estás empadronado en Massanassa y quieres el periodo prioritario
  • Puedes pagar 50€ por un bono precargado con 100€
  • Eres menor de 18 años
  • Eres una empresa o entidad y no una persona física
  • Ya has adquirido un bono en esta misma campaña

Cuánto puedes recibir

Compras un bono precargado con 100€ pagando solo 50€: el Ayuntamiento de Massanassa aporta los otros 50€. Cada persona puede obtener un único bono, válido durante un año desde su emisión para gastar en los comercios adheridos. El importe no consumido en ese año se devuelve al Ayuntamiento.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Adquiere el bono en la plataforma web de la campaña durante el periodo que te corresponda según tu vecindad

  2. Aporta tus 50€ al adquirir el bono

  3. Espera el correo con la fecha y el lugar donde recoger tu tarjeta

  4. Acude a recoger la tarjeta con el documento que recibas, o autoriza a un tercero con la plantilla indicada

  5. Usa la tarjeta en los comercios adheridos durante su año de validez

Documentación necesaria

  • Documento recibido por correo para recoger la tarjeta
  • Autorización a un tercero (plantilla incluida en el correo) si no puedes recoger la tarjeta en persona

Preguntas frecuentes

¿Puedo conseguir más de un bono?
No. Cada persona beneficiaria puede obtener un único bono; no se permite acumular varios a favor de la misma persona.
¿Cuánto tiempo tengo para gastar el bono?
El bono es válido durante un año desde su emisión. Pasado ese plazo, el importe no consumido se devuelve al Ayuntamiento.
¿Qué pasa si pierdo la tarjeta?
Son tarjetas no nominativas, así que en caso de pérdida o robo no se puede expedir una nueva. La custodia es responsabilidad tuya una vez te la entregan.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. El bono es compatible con cualquier otra subvención, ayuda o ingreso, siempre que no obtengas más de un bono en esta campaña.
¿Tengo que pagar impuestos por el bono?
El importe bonificado puede tener la consideración de ganancia patrimonial a efectos fiscales, aunque el Ayuntamiento no practica retención de IRPF sobre él.

Fuentes oficiales

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