Subvenciones culturales en Santa Cruz de Tenerife
Hasta el 75% del coste de tu proyecto cultural, con tope de 12.000€ por proyecto
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Organismo de Cultura para financiar actividades y eventos culturales del municipio.
- Para quién
- Empresas, autónomos, empresarios individuales, particulares y fundaciones o asociaciones culturales sin ánimo de lucro.
- Cuánto
-
- Hasta el 75% del coste del proyecto, con un tope por proyecto según la sub-línea.
La subvención nunca supera el 75% del coste del proyecto.Sub-línea Máximo por proyecto Eventos, festivales, ciclos y exposiciones 12.000€ Centros y espacios culturales permanentes 8.000€
- Hasta el 75% del coste del proyecto, con un tope por proyecto según la sub-línea.
- Qué cubre
-
- Producción, difusión, diseño o creación de actividades y eventos culturales
- Mantenimiento, gestión y producción de salas expositivas, artísticas o espacios culturales
- Requisitos
-
- Estás dado de alta en el epígrafe del IAE correspondiente a tu actividad
- Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
- Tu proyecto cultural se desarrolla y ejecuta en Santa Cruz de Tenerife
- Si eres fundación o asociación, estás inscrita en el Registro de Asociaciones y Fundaciones del Gobierno de Canarias
- Presentas la solicitud y la documentación dentro del plazo establecido
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Ejecuta el proyecto o actividad cultural que fundamenta la concesión
- Consigue las autorizaciones y licencias necesarias para la actividad
- Justifica el coste total del proyecto, no solo el importe concedido, en los tres meses siguientes a su finalización
- Incluye el logotipo del Organismo de Cultura en los soportes publicitarios del proyecto
- Sométete a las actuaciones de comprobación del organismo
- Cuándo
-
- Abre: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Organizas eventos, festivales, ciclos o exposiciones culturales en Santa Cruz de Tenerife
- Gestionas una sala o espacio cultural permanente abierto al público
- Eres autónomo, empresa o entidad sin ánimo de lucro del ámbito cultural
- Tu proyecto se desarrolla y ejecuta dentro del municipio de Santa Cruz de Tenerife
- Estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Tu proyecto se desarrolla fuera del término municipal de Santa Cruz de Tenerife
- El fin principal del proyecto es social, deportivo, religioso, político o de salud
- La actividad va dirigida en exclusiva a tus socios o colaboradores
- Solo vas a realizar trabajos previos o preparativos de la actividad
- Tienes pendiente el reintegro de otra subvención
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta el 75% del coste de tu proyecto cultural. El máximo por proyecto es de 12.000€ si organizas eventos, festivales o exposiciones, y de 8.000€ si gestionas un centro o espacio cultural permanente. El pago se hace por transferencia bancaria una vez resuelta la concesión, y puede abonarse de forma anticipada.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Prepara tu proyecto cultural y el presupuesto detallado de gastos e ingresos
-
Reúne la documentación y los anexos exigidos en la convocatoria
-
Presenta la solicitud por vía telemática en la sede electrónica del ayuntamiento
-
Si te lo requieren, subsana los defectos en el plazo de diez días hábiles
-
Acepta la subvención en cinco días hábiles si resultas beneficiario
-
Justifica el proyecto en los tres meses siguientes a su finalización
Documentación necesaria
- Solicitud normalizada anexa a la convocatoria
- Presupuesto detallado de gastos e ingresos del proyecto
- Declaración responsable (Anexo II)
- DNI o NIF del solicitante y, en su caso, del representante
- Documentación acreditativa de la representación
- Escrituras de constitución (empresas) o estatutos vigentes (asociaciones y fundaciones)
- Certificado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE
- Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones y Fundaciones (fundaciones y asociaciones)