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Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Cultura
Cultura Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a clubes de fútbol de Villajoyosa 2026

Ayuda a clubes de fútbol de Villajoyosa para competiciones federadas; plazo de 10 días.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Villajoyosa para clubes y entidades deportivas de fútbol.
Para quién
Clubes y entidades deportivas de fútbol sin ánimo de lucro del municipio de La Vila Joiosa.
Cuánto
El importe de cada entidad se reparte según la puntuación que obtengas en la valoración; consulta directamente con la administración.
Qué cubre
  • Gastos corrientes de la entidad deportiva
  • Participación en competiciones federadas de fútbol
  • Organización de eventos o competiciones deportivas federadas
Requisitos
  • El domicilio fiscal del club está en La Vila Joiosa
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones de Villajoyosa
  • Estás legalmente constituida e inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana
  • Tus estatutos recogen que eres una entidad sin ánimo de lucro
  • Tienes entre tus fines la promoción y participación del fútbol
  • Participas en competiciones federadas y cuentas con fichas federativas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Facilita toda la documentación que el ayuntamiento te requiera para el control financiero de la subvención
  • Permite el acceso a tu documentación, locales y cuentas bancarias para verificar el uso de la ayuda
  • Usa el logotipo de la Concejalía de Deportes, la imagen corporativa municipal o el escudo del municipio en tus actividades y comunicaciones
  • Haz que tus deportistas lleven el logotipo o la marca turística de Villajoyosa en su indumentaria en las competiciones oficiales
  • Comunica la obtención de otras subvenciones para la misma actividad en cuanto la conozcas
  • Justifica la subvención por registro telemático como muy tarde el 15 de septiembre de 2026 (incluido)
Cuándo
  • Abre: 27 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 6 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club o entidad deportiva con domicilio fiscal en La Vila Joiosa
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro y tiene el fútbol entre sus fines
  • Participas en competiciones federadas de fútbol con fichas federativas
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones de Villajoyosa
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana
  • Tu entidad está constituida como sociedad anónima deportiva
  • Tienes pendiente reintegrar una subvención anterior de este ayuntamiento estando obligado a ello
  • Has sido sancionado en firme por violencia, racismo, xenofobia o intolerancia en el deporte
  • Tus deportistas no están federados

Cuánto puedes recibir

El importe que recibe cada entidad no es fijo: se reparte la dotación entre las entidades beneficiarias según la puntuación que obtenga cada una con los criterios de valoración. El valor de cada punto se calcula dividiendo la cuantía total entre el total de puntos de todas las entidades, y se multiplica por los puntos que tú consigas. Consulta directamente con la administración el importe que te correspondería.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la solicitud y los anexos exigidos junto con los certificados de estar al corriente de pagos y el seguro de responsabilidad civil vigente

  2. Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del ayuntamiento con el certificado de representante de la entidad

  3. Si te falta documentación, subsánala en el plazo de 10 días hábiles desde que te lo notifiquen

  4. Justifica la subvención por registro telemático como muy tarde el 15 de septiembre de 2026 (incluido)

Documentación necesaria

  • Solicitud de inclusión firmada por el presidente de la entidad (Anexo I)
  • Declaración jurada (Anexo II)
  • Declaración de los criterios de valoración (Anexo III)
  • Ficha de mantenimiento de terceros con certificado bancario (Anexo V)
  • Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad
  • Credencial de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana
  • Certificado de la entidad aseguradora de responsabilidad civil vigente en el periodo objeto de subvención
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y Suma

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta subvención?
Clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro con domicilio fiscal en La Vila Joiosa, inscritos en los registros correspondientes y con el fútbol entre sus fines.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitarla?
El plazo es de 10 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. La presentación se hace por medios electrónicos a través de la sede electrónica del ayuntamiento, con certificado de representante de la entidad.
¿Qué gastos puedo justificar?
Los gastos corrientes de la entidad pagados entre el 16 de septiembre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026, acreditados mediante pago telemático como tarjeta o transferencia.
¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?
El ayuntamiento te requerirá para subsanarla en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles; si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.

Fuentes oficiales

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