Subvenciones para asociaciones de Escatrón 2026
Subvención de hasta el 80% del gasto para asociaciones sin ánimo de lucro de Escatrón.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Escatrón para actividades culturales, deportivas y sociales de asociaciones.
- Para quién
- Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio de Escatrón.
- Cuánto
- Hasta el 80% del gasto realizado, con una subvención mínima de 900€ y una máxima del 25% de la partida presupuestaria de cada línea.
- Qué cubre
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- Organización y desarrollo de actividades culturales, sociales o deportivas
- Gastos ordinarios de funcionamiento de la entidad
Incluye teléfono, alquiler, electricidad, calefacción, gastos de oficina, personal vinculado a las actividades, comunicaciones, difusión y seguros de responsabilidad civil. No puede justificarse por este concepto más del 80% de la subvención concedida.
- Adquisición de bienes y mejora de las instalaciones de la sede social
- Requisitos
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- Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro
- Tu entidad tiene domicilio social en Escatrón o realiza actividades de interés para el municipio
- Realizas actividades culturales, sociales o deportivas durante 2026
- No tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Escatrón
- Para mejorar la sede social, el inmueble es propiedad de tu asociación
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza las actividades subvencionadas y acredítalas ante el Ayuntamiento
- Justifica los gastos antes del 2 de diciembre de 2026 (los de diciembre, hasta el 31 de enero de 2027)
- Comunica al Ayuntamiento otras ayudas o ingresos recibidos para la misma finalidad
- Menciona la colaboración del Ayuntamiento de Escatrón en la difusión de las actividades
- Sométete a las comprobaciones y al control financiero del Ayuntamiento y del Tribunal de Cuentas
- Cuándo
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- Abre: 27 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro
- Tu entidad tiene su domicilio social en Escatrón
- Vas a realizar actividades culturales o sociales en 2026
- Organizas actividades o eventos deportivos en el municipio
- Quieres adquirir bienes o mejorar tu sede social en propiedad
- Tu entidad persigue ánimo de lucro
- Eres un particular o una empresa privada
- Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Escatrón
- No estás al corriente con Hacienda o la Seguridad Social
Cuánto puedes recibir
Recibes una subvención de hasta el 80% del gasto que realices, con un importe mínimo de 900€ y un máximo que no puede superar el 25% de la partida presupuestaria de cada línea. El pago se hace efectivo después de justificar la actividad, aunque puedes pedir por adelantado un anticipo de hasta el 80% de la ayuda concedida.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne los estatutos, la inscripción en el registro de asociaciones, el CIF y los certificados de estar al corriente
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Cumplimenta la solicitud (Anexo I) y una memoria valorada (Anexo III) por cada línea a la que concurras
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Presenta la solicitud por medios electrónicos, dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Escatrón
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Hazlo dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín provincial
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Si te conceden la ayuda, acéptala con el Anexo IV en el plazo de quince días hábiles
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Justifica los gastos con el Anexo V dentro del plazo establecido
Documentación necesaria
- Solicitud con declaración responsable (Anexo I)
- Copia de los estatutos de la entidad
- Copia de la inscripción de la entidad en el registro de la Diputación General de Aragón
- Copia del CIF
- Ficha de terceros con los datos bancarios (Anexo II)
- Memoria explicativa y valorada de las actuaciones (Anexo III)
- Certificado de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Para la mejora de la sede: certificado de titularidad del inmueble y compromiso de destinarlo a la asociación durante cinco años