Ayudas para aprender euskera en el Valle de Egüés
Ayuda para la matrícula de cursos de euskera de vecinos del Valle de Egüés mayores de 16 años
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento del Valle de Egüés para la matrícula de cursos de aprendizaje de euskera
- Para quién
- Vecinos y vecinas del Valle de Egüés mayores de 16 años que estén aprendiendo euskera
- Cuánto
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- Se subvenciona un porcentaje de la matrícula, con un tope por persona y convocatoria
Para el 60% debes haber mantenido esa situación al menos el 75% del periodo de la convocatoria. Si el total de ayudas supera la consignación municipal, se prorratea entre los beneficiarios.Tu situación Porcentaje de la matrícula Tope máximo General 30% 300€ Desempleo o excedencia por cuidado de hijo o familiar dependiente 60% 600€
- Se subvenciona un porcentaje de la matrícula, con un tope por persona y convocatoria
- Qué cubre
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- La matrícula de cursos de euskera extensivos, intensivos o internados realizados en el curso 2025-2026
- Las tasas que cobre el centro por expedir los certificados que exige la convocatoria
- Requisitos
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- Certificar que has asistido al menos al 80% del curso subvencionado
- Estar empadronado en el Valle de Egüés durante todo el periodo de la convocatoria
- Ser mayor de 16 años
- Estar al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento del Valle de Egüés
- No estar incluido en un plan de euskaldunización específico si trabajas para una administración pública
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Facilitar el trabajo de las personas que evalúan las solicitudes
- Comunicar de inmediato al Ayuntamiento si recibes ayuda de otra entidad para el mismo curso
- Devolver total o parcialmente la ayuda si la obtuviste sin cumplir las condiciones o recibiste ayudas incompatibles
- Cuándo
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- Abre: 21 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 21 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en el Valle de Egüés y tienes más de 16 años
- Has hecho un curso de euskera durante el curso 2025-2026
- Asististe al menos al 80% del curso
- Trabajas en el Ayuntamiento del Valle de Egüés aunque no estés empadronado
- Estás en desempleo o en excedencia por cuidado de un hijo o familiar dependiente
- Hiciste el curso de euskera por autoaprendizaje, clases particulares o vía online
- Eres menor de 16 años
- Tienes deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento del Valle de Egüés
- Trabajas para una administración pública y estás en un plan de euskaldunización específico
Cuánto puedes recibir
Recibes el 30% de lo que pagaste de matrícula, hasta un máximo de 300€ por convocatoria. Si estás en desempleo o en excedencia por cuidado de un hijo o familiar dependiente y mantienes esa situación al menos el 75% del periodo, recibes el 60% con un tope de 600€. Si el total de las ayudas supera el dinero reservado, se reparte de forma proporcional entre los beneficiarios. El pago se hace de una sola vez por transferencia a la cuenta que indiques.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que cumples los requisitos y que tu curso entra entre los subvencionables
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Pide al centro el certificado con las fechas, el nivel, las horas, el porcentaje de asistencia y el coste del curso
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Rellena el formulario de solicitud (Anexo I) indicando tu número de cuenta
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Presenta la solicitud y la documentación en el registro del Ayuntamiento del Valle de Egüés o en su sede electrónica
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Si te falta algún documento, subsánalo en el plazo de diez días que te concedan
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de seis meses
Documentación necesaria
- Solicitud específica (Anexo I) indicando el número de cuenta corriente
- Copia del documento de identidad del solicitante y, si es menor de edad, también del representante
- Certificado del centro organizador con las fechas, el nivel, el número de horas, el porcentaje de asistencia, los niveles superados y el justificante del pago del 100% y su coste, o el recibo de matrícula del banco
- Documento de vida laboral de la Seguridad Social si estás en desempleo
- Certificado de la empresa que acredite la excedencia por cuidado de hijo o familiar dependiente
- Justificante del pago de la tasa por expedir los certificados, si el centro te la cobró