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Ayudas Claras
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Cultura Comunidad de Madrid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a clubes deportivos de deporte adaptado en Madrid

Subvención a asociaciones deportivas madrileñas de deporte adaptado; máx. 25.000€

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia de la Comunidad de Madrid a asociaciones deportivas por competir en deporte adaptado
Para quién
Asociaciones y clubes deportivos de la Comunidad de Madrid, excepto federaciones
Cuánto
Hasta menos de 25.000€ por beneficiario; la cuantía se calcula por puntos según licencias y resultados en competición
Qué cubre
Gastos de la actividad deportiva de los deportistas con discapacidad o sus equipos que generaron la ayuda
Requisitos
  • Estar inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con al menos un año de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria
  • Participar en competiciones deportivas oficiales no profesionales para personas con discapacidad, por equipos o individuales, de ámbito autonómico o nacional
  • El personal de la asociación que trate con menores no puede estar condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual
  • Estar dada de alta en la base de terceros de la Comunidad de Madrid con una cuenta bancaria a nombre de la asociación, validada en esa base
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantener la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas y seguir participando en las competiciones hasta la justificación de la subvención
  • Destinar la ayuda exclusivamente a financiar la actividad deportiva de los deportistas con discapacidad o sus equipos que la generaron
  • Presentar la documentación justificativa en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la orden de concesión
  • Acreditar antes del cobro que estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social y sin deudas con la Comunidad de Madrid
  • Comunicar a la Dirección General de Deportes cualquier cambio en los datos o condiciones de la ayuda
Cuándo
  • Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 9 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o club deportivo de la Comunidad de Madrid
  • Estás inscrita en el Registro de Entidades Deportivas con al menos un año
  • Participas en competiciones oficiales para personas con discapacidad
  • Compites en campeonatos o ligas de clubes de ámbito autonómico o nacional
  • Tu actividad es deporte no profesional, individual o por equipos
  • Eres una federación deportiva
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de Madrid
  • Solo participas en competiciones inclusivas sin clasificación específica para discapacidad
  • Tus deportistas compiten a título particular y no representan a tu asociación
  • Ya recibiste otra ayuda de la consejería por participar en esas mismas competiciones

Cuánto puedes recibir

Recibes una subvención que en ningún caso puede ser igual o superior a 25.000€ por beneficiario. El importe se reparte por puntos: un treinta por ciento del crédito se distribuye según los criterios de licencias y un setenta por ciento según los de competición, en función de los puntos que obtenga tu asociación. El pago se hace por transferencia tras la orden de concesión y la presentación de la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los certificados de la federación sobre tu participación y la memoria de la temporada

  2. Cumplimenta el modelo de solicitud normalizado, de uso obligatorio, incluyendo las declaraciones responsables

  3. Presenta la solicitud firmada electrónicamente en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto

  4. Espera la resolución, que se dicta en un plazo máximo de seis meses desde la publicación del extracto

  5. Si te conceden la ayuda, presenta la documentación justificativa en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la orden de concesión

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado firmada electrónicamente
  • Certificado de la federación sobre la participación en las competiciones (Anexo II.A para deportes individuales, Anexo II.B para deportes de equipo)
  • Memoria de la temporada objeto de la convocatoria (Anexo I)
  • Declaración responsable de no estar incursa en prohibiciones para obtener subvenciones
  • Declaración responsable de que el personal en contacto con menores no ha sido condenado por delitos contra la libertad e indemnidad sexual
  • Declaración responsable de destinar la ayuda exclusivamente a la actividad deportiva de los deportistas con discapacidad
  • Declaración responsable sobre la compatibilidad con otras ayudas para la misma finalidad
  • Declaración responsable de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad

Preguntas frecuentes

¿Pueden pedir esta ayuda las federaciones deportivas?
No. La convocatoria está dirigida a las asociaciones deportivas madrileñas, expresamente excepto las federaciones deportivas.
¿Cómo se decide cuánto dinero recibe cada asociación?
Se valoran las solicitudes por puntos según criterios de licencias y de competición. El crédito se reparte: un treinta por ciento para los criterios de licencias y un setenta por ciento para los de competición.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
El plazo máximo de resolución es de seis meses desde el día siguiente a la publicación del extracto. Si pasa ese plazo sin resolución, se entiende desestimada.
¿Puedo recibir esta ayuda si ya cobré otra de la consejería por las mismas competiciones?
No se valorarán las competiciones por las que tu asociación ya haya resultado beneficiaria de otras ayudas de la consejería competente en deporte por participar en esas mismas competiciones.
¿Cómo se presenta la solicitud?
De forma telemática en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, con certificado electrónico reconocido. No se admite la presentación en papel.

Fuentes oficiales

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