Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Agricultura
Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de sanidad animal en el sector de los équidos en Cataluña

80% del gasto veterinario, analíticas y productos veterinarios en programas de sanidad animal de équidos

Lo que significa

Qué es
Subvención de minimis por concurrencia competitiva del Departamento de Agricultura para la ejecución de programas de sanidad animal en el sector de los équidos.
Para quién
Quienes ejecutan programas de sanidad animal en el sector de los équidos. Consulta los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria en las bases reguladoras (Orden ACC/201/2023).
Cuánto
El 80% del gasto veterinario, de las analíticas y de las vacunas o desparasitantes con receta
Qué cubre
  • El gasto veterinario por los controles sanitarios
  • El gasto en las analíticas realizadas
  • La compra de vacunas o productos desparasitantes con receta
Requisitos
  • Tienes animales de la especie equina o asnina
  • Realizaste las actuaciones veterinarias entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
  • Las actuaciones se hicieron antes de presentar la solicitud
  • Dispones de la receta correspondiente para las vacunas o desparasitantes
  • No has superado los 50.000€ en ayudas de minimis en los últimos tres años
Obligaciones
  • Presenta la justificación de la subvención dentro del plazo de presentación de solicitudes
  • Aporta una cuenta justificativa con una memoria explicativa y una memoria económica
  • Conserva y presenta las facturas y los justificantes de pago de los gastos
  • Si recibes más de 10.000€ y eres persona jurídica, aporta la información adicional que exigen las bases
  • Si tienes que devolver cantidades, solicita la renuncia y reintegra el importe con los intereses de demora
Cuándo
  • Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 16 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Ejecutas programas de sanidad animal en el sector de los équidos (especie equina o asinina)
  • Has realizado controles sanitarios veterinarios sobre los requisitos zoosanitarios de los équidos
  • Has pagado analíticas para el control de enfermedades de los équidos
  • Has adquirido vacunas o productos desparasitantes con la receta correspondiente
  • Realizaste estas actuaciones entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
  • Las actuaciones no corresponden al sector de los équidos (especies equina o asinina)
  • La actividad se desarrolla fuera de Cataluña
  • Ya has recibido 50.000€ en ayudas de minimis en los últimos tres años
  • Las actuaciones veterinarias no se realizaron antes de presentar la solicitud
  • No dispones de la receta de los productos veterinarios utilizados

Cuánto puedes recibir

Recibes el 80% del gasto que hayas tenido en la atención veterinaria, en las analíticas realizadas y en las vacunas o productos desparasitantes con receta. La ayuda nunca puede superar, sola o sumada a otras, el coste de la actividad. Además, el total de ayudas de minimis que puedes recibir no puede pasar de 50.000€ por empresa en tres años.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas y justificantes de tus gastos veterinarios, analíticas y productos con receta

  2. Cumplimenta el formulario de solicitud según los modelos disponibles en la sede electrónica

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del organismo

  4. Presenta la justificación de la subvención dentro del mismo plazo de solicitud

Documentación necesaria

  • Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la actividad subvencionada
  • Memoria económica con la lista clasificada de los gastos de la actividad
  • Copias digitalizadas de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente
  • Documentación acreditativa del pago (extracto bancario o justificante de pago en efectivo)
  • Declaración responsable de la persona beneficiaria
  • Copia digitalizada de la receta de los productos veterinarios justificados

Preguntas frecuentes

¿Qué animales y gastos cubre esta ayuda?
Cubre el 80% del gasto veterinario, de las analíticas y de las vacunas o desparasitantes con receta para équidos: la especie equina (caballos) y la asnina (asnos).
¿Cuándo deben haberse hecho las actuaciones veterinarias?
Las actividades tienen que estar realizadas antes de presentar la solicitud y, en todo caso, entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
¿Puedo combinar esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, pero el importe de esta subvención, sola o sumada a otras ayudas, ingresos o recursos, no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si no presento la justificación?
Se produce la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención si falta la justificación o concurre alguna de las causas previstas en la normativa.
¿Cómo se reparte el presupuesto entre especies?
Si la ayuda concedida a una especie no agota su presupuesto asignado, la cantidad sobrante se reasigna a la otra especie.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas