Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Córdoba Cultura
Cultura Córdoba Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones, clubes y deportistas de La Carlota

Subvención municipal de La Carlota para actividades culturales, deportivas y sociales

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de La Carlota para actividades culturales, deportivas y sociales
Para quién
Asociaciones sin ánimo de lucro, clubes deportivos y deportistas federados del municipio de La Carlota
Cuánto
  • Importe máximo por beneficiario según la línea de ayuda, hasta el 100% del presupuesto del proyecto
    BeneficiarioMáximo por beneficiario
    Asociaciones de cultura, turismo y juventud1.000€
    Entidades deportivas (clubes y asociaciones)3.000€
    Deportistas individuales federados1.000€
    Nunca se puede superar el 100% del presupuesto del proyecto presentado.
Qué cubre
  • Las actividades culturales, deportivas y sociales que desarrolles durante 2026
  • La adquisición de equipamiento necesario para esas actividades
Requisitos
  • Estar legalmente constituida con inscripción actualizada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de La Carlota
  • Haber presentado el número de asociados a 31 de diciembre y los datos de tu entidad según el Reglamento de Participación Ciudadana
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Haber justificado las subvenciones que te concedieron anteriormente
  • Si eres deportista individual, estar empadronado en La Carlota, federado y participar al menos en competiciones de ámbito autonómico
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar la actividad subvencionada durante 2026, con plazo hasta el 31 de diciembre
  • Justificar la subvención, como máximo, dentro del mes de enero
  • Dar publicidad de la colaboración del Ayuntamiento incluyendo su logotipo en el material de difusión
  • Informar al Ayuntamiento si recibes otras ayudas para la misma actividad
Cuándo
  • Abre: 25 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 8 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación sin ánimo de lucro inscrita en el Registro Municipal de La Carlota
  • Tu club deportivo participa en competiciones oficiales federadas
  • Eres deportista federado empadronado en La Carlota
  • Tu entidad desarrolla actividades culturales, turísticas o juveniles en el municipio
  • Tu asociación trabaja el bienestar social, la educación o la igualdad
  • Vas a realizar la actividad durante el año 2026
  • No estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones de La Carlota
  • Eres deportista individual pero no estás empadronado en el municipio
  • Tu actividad tiene ánimo de lucro personal
  • Eres deportista federado y tu club ya ha solicitado la ayuda en la misma convocatoria
  • Solicitas gastos de comidas, bebidas o viajes de fin de curso

Cuánto puedes recibir

El importe máximo que puedes recibir depende de tu línea de ayuda: hasta 1.000€ las asociaciones culturales, turísticas o juveniles, hasta 3.000€ las entidades deportivas y hasta 1.000€ los deportistas individuales. En ningún caso la subvención supera el 100% del presupuesto del proyecto que presentes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne tu proyecto justificativo de la actividad con los gastos totales y las fechas de ejecución

  2. Recoge la instancia normalizada en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en su sede electrónica

  3. Presenta tu solicitud en el Registro electrónico del Ayuntamiento de La Carlota

  4. Si te lo requieren, subsana los defectos de la solicitud en el plazo de 5 días

  5. Tras la propuesta de resolución provisional, presenta alegaciones o reformula tu solicitud si la cuantía propuesta es inferior a la pedida

Documentación necesaria

  • Solicitud en instancia normalizada (Anexo I)
  • Proyecto justificativo de la actividad con los gastos totales y las fechas de ejecución (Anexo II)
  • Documento acreditativo de la representación legal de la persona que firma la solicitud
  • Fotocopia del DNI/CIF de la entidad y del representante
  • Certificación de datos bancarios y domicilio de la asociación (Anexo III)
  • Copia de los estatutos sociales, salvo que autorices su consulta
  • Documento de cumplimiento del Reglamento de Participación Ciudadana, salvo que autorices su consulta
  • Los clubes y deportistas federados deben aportar la inscripción federativa; los deportistas individuales, el certificado de su federación con los logros deportivos de 2025

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Cada asociación, club o deportista solo puede presentar una solicitud, dentro de la línea de ayuda que corresponda a los fines de sus estatutos.
¿Es compatible con otras ayudas?
Es incompatible con ayudas de otras áreas del propio Ayuntamiento, pero compatible con las de otros organismos públicos o privados, siempre que no se supere el total del presupuesto del proyecto. Debes informar al Ayuntamiento si recibes otra ayuda.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El periodo de ejecución llega hasta el 31 de diciembre de 2026 y la justificación se presenta, como máximo, dentro del mes de enero.
¿Qué pasa si no resuelven mi solicitud a tiempo?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde que termina el plazo de presentación. Si pasa ese tiempo sin resolución expresa, puedes entender desestimada la solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas