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Ayudas Claras
Subvenciones La Gomera Cultura
Cultura La Gomera Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones de fiestas en San Sebastián de La Gomera

Hasta 6.000€ por fiesta para asociaciones del municipio que organicen fiestas patronales.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera para asociaciones que organizan fiestas patronales en barrios y caseríos.
Para quién
Asociaciones de vecinos, comisiones de fiestas y asociaciones culturales del municipio.
Cuánto
Hasta 6.000€ por fiesta.
Qué cubre
  • Actuaciones musicales y otros espectáculos, sonido, iluminación, escenarios, sillas, vallas y carpas
  • Decoración del recinto, comidas populares, eventos culturales y deportivos, trofeos y actividades infantiles
  • Planes y medidas de seguridad, ambulancias, vigilancia, seguros, generadores y gastos de gestoría
Requisitos
  • Tu asociación tiene su domicilio social en el municipio de San Sebastián de La Gomera
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones de Canarias
  • Dispones de CIF definitivo de la entidad
  • Tienes una cuenta corriente abierta a nombre de la asociación
  • No tienes deudas con la Hacienda municipal, las agencias tributarias estatal y canaria ni la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica los gastos con facturas y justificantes de pago en el plazo correspondiente
  • Para las fiestas celebradas antes del 31 de agosto de 2026, presenta la justificación hasta el 30 de octubre de 2026
  • Para las fiestas entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de 2026, justifica hasta el 31 de enero de 2027
  • Coloca al menos un cartel publicitario en tamaño A4 horizontal en lugar visible indicando la financiación municipal
  • Acredita la publicidad con fotografías u otro soporte gráfico
  • Mantén los requisitos de acceso hasta haber justificado la subvención
Cuándo
  • Abre: 25 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de vecinos del municipio
  • Tu comisión de fiestas organiza la fiesta patronal de un barrio o caserío
  • Eres una asociación cultural con domicilio social en el municipio
  • Organizas una fiesta popular en 2026 en el casco urbano o en un barrio
  • Tu asociación está inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias
  • Tu asociación no tiene su domicilio social en el municipio
  • No estás inscrito en el Registro de Asociaciones de Canarias
  • Tu entidad tiene deudas con Hacienda municipal, estatal, canaria o la Seguridad Social
  • Tu asociación no dispone de CIF definitivo ni ha solicitado su inscripción
  • El gasto que quieres financiar es una inversión en bienes inventariables

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 6.000€ por cada fiesta. La cuantía la propone la Concejalía de Cultura y Fiestas según el orden de entrada de la documentación completa, el presupuesto de gastos aportado, el arraigo y afluencia de la fiesta y la calidad de las actividades programadas. El pago se realiza de forma anticipada a las entidades que hayan acreditado la autorización para celebrar la fiesta.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida y los modelos oficiales de la convocatoria

  2. Prepara la memoria descriptiva y el presupuesto detallado de ingresos y gastos de cada fiesta

  3. Firma la solicitud con firma electrónica del representante legal de la entidad

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera dentro del plazo

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Solicitud cumplimentada y firmada (Anexo I)
  • DNI del representante legal de la entidad
  • Estatutos de la asociación y acreditación de su inscripción en el Registro de Asociaciones, o de la solicitud de inscripción
  • CIF de la entidad
  • Declaración responsable de no estar incursa en causas de prohibición (Anexo II)
  • Certificación del secretario sobre la representación legal de la entidad (Anexo III)
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos de la fiesta (Anexo IV)
  • Memoria descriptiva de las actividades, incluyendo el programa previsto (Anexo V)
  • Autorización para la celebración de la fiesta o documento que acredite haberla solicitado
  • Certificaciones de estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal, la canaria y la Seguridad Social, salvo que autorices a recabarlas
  • Modelo de alta o modificación de datos de terceros en el plan contable del Ayuntamiento

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo que presentar la solicitud?
Depende de cuándo se celebre la fiesta. Para fiestas entre el 1 de junio y el 31 de agosto de 2026, el plazo finaliza el 31 de julio de 2026. Para fiestas entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de 2026, el plazo va del 17 de agosto al 11 de septiembre de 2026.
¿Puedo pedir subvención para varias fiestas a la vez?
Sí. Si tu entidad organiza varios festejos durante el año, puedes solicitarlas con una única instancia, adjuntando una memoria y un presupuesto individualizados por cada fiesta. Solo pueden agruparse las que se celebren en el mismo periodo y tengan el mismo plazo de presentación.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad, pero el total de los fondos percibidos no puede superar el 100% del coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si no justifico los gastos?
El incumplimiento de la justificación o una justificación insuficiente puede dar lugar al reintegro de la subvención, junto con el interés de demora desde el momento del pago.

Fuentes oficiales

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