Ayudas a pymes innovadoras de Madrid para proyectos de I+D
Subvención para pymes innovadoras de Madrid, hasta el 70% del gasto con tope de 250.000€
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Comunidad de Madrid para proyectos de innovación tecnológica de pymes innovadoras
- Para quién
- Pequeñas y medianas empresas innovadoras de base tecnológica con más de 5 años de antigüedad
- Cuánto
-
- Un porcentaje sobre los gastos subvencionables con un límite de 250.000€; el porcentaje depende del tamaño de la empresa y del tipo de proyecto
Los gastos subvencionables del proyecto no pueden ser inferiores a 200.000€.Tipo de proyecto Pequeñas empresas Medianas empresas Investigación industrial 70% 60% Desarrollo experimental 45% 35% Estudios de viabilidad 50% 50%
- Un porcentaje sobre los gastos subvencionables con un límite de 250.000€; el porcentaje depende del tamaño de la empresa y del tipo de proyecto
- Qué cubre
-
- Salarios del personal dedicado al proyecto (investigadores, técnicos y personal auxiliar)
- Instrumental y material usados en el proyecto, y costes de investigación contractual, patentes y licencias
- Asesoramiento y apoyo a la innovación, consultoría jurídica, económica, de marketing y comercialización, viajes y dietas, auditorías y costes indirectos
- Requisitos
-
- Ser una pequeña o mediana empresa en el momento de presentar la solicitud
- Ser una pyme innovadora con más de 5 años de antigüedad
- Contar con capacidad administrativa, financiera y operativa para ejecutar la ayuda
- Que los gastos subvencionables del proyecto sean al menos de 200.000€
- Destinar al menos un 10% de la ayuda a gastos de I+D desarrollados por organismos de investigación de la Comunidad de Madrid
- Desarrollar el proyecto en algún municipio de la Comunidad de Madrid
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Iniciar el proyecto dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la concesión
- Ejecutar el proyecto en un plazo de hasta 24 meses
- Destinar al menos el 10% de la ayuda a I+D realizado por organismos de investigación de la Comunidad de Madrid
- Presentar informes detallados de las actividades a mitad y al final del periodo de ejecución
- Mantener una contabilidad separada o codificación contable para las transacciones del proyecto
- Conservar los documentos justificativos durante cinco años desde el 31 de diciembre del año del último pago
- Cuándo
-
- Abre: 23 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 13 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu empresa es una pequeña o mediana empresa innovadora
- Tu pyme tiene más de 5 años de antigüedad
- Vas a desarrollar un proyecto de investigación o innovación tecnológica
- El proyecto se desarrollará en algún municipio de la Comunidad de Madrid
- Tus gastos subvencionables alcanzan al menos 200.000€
- Tu empresa tiene 5 años o menos de antigüedad
- No tienes la categoría de pequeña o mediana empresa
- Los gastos subvencionables de tu proyecto son inferiores a 200.000€
- Fuiste beneficiario en las convocatorias de 2023 o 2024 y aún no concluyó el plazo de ejecución
- El proyecto no se desarrolla en la Comunidad de Madrid
Cuánto puedes recibir
Recibes un porcentaje de los gastos subvencionables de tu proyecto, con un límite máximo de 250.000€. El porcentaje depende del tamaño de tu empresa y del tipo de proyecto: hasta el 70% en investigación industrial, hasta el 45% en desarrollo experimental y hasta el 50% en estudios de viabilidad para pequeñas empresas (con porcentajes menores para medianas). Para optar a la ayuda, los gastos subvencionables del proyecto no pueden ser inferiores a 200.000€. Las ayudas se pagan con carácter anual por anticipado.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Prepara la memoria descriptiva del proyecto y el resto de documentación requerida
-
Firma la solicitud a través del representante legal de la empresa
-
Presenta la solicitud por medios electrónicos en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid dentro del plazo de 15 días hábiles
-
Atiende, si te lo requieren, la subsanación de documentación en el plazo de diez días hábiles
-
Espera la resolución de concesión, que se dicta y notifica en un plazo máximo de seis meses
Documentación necesaria
- Memoria general descriptiva del proyecto (máximo 30 páginas) con resumen ejecutivo
- Escritura de poder que acredite la representación de la empresa o certificación del Registro Mercantil
- Certificación o nota informativa actualizada del Registro Mercantil
- Presupuestos de proveedores o facturas proforma de los gastos del proyecto, con relación numerada firmada
- Solicitud de autorización de la subcontratación cuando supere el 20% del importe de la subvención y sea superior a 60.000€
- Documento de compromiso de colaboración con organismos de investigación de la Comunidad de Madrid, indicando el porcentaje de ayuda destinado a I+D
- Declaración firmada de ayudas obtenidas o solicitadas
- En su caso, cálculo de la amortización de costes de instrumental y material