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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad de Madrid I+D+i
I+D+i Comunidad de Madrid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a pymes innovadoras de Madrid para proyectos de I+D

Subvención para pymes innovadoras de Madrid, hasta el 70% del gasto con tope de 250.000€

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Comunidad de Madrid para proyectos de innovación tecnológica de pymes innovadoras
Para quién
Pequeñas y medianas empresas innovadoras de base tecnológica con más de 5 años de antigüedad
Cuánto
  • Un porcentaje sobre los gastos subvencionables con un límite de 250.000€; el porcentaje depende del tamaño de la empresa y del tipo de proyecto
    Tipo de proyectoPequeñas empresasMedianas empresas
    Investigación industrial70%60%
    Desarrollo experimental45%35%
    Estudios de viabilidad50%50%
    Los gastos subvencionables del proyecto no pueden ser inferiores a 200.000€.
Qué cubre
  • Salarios del personal dedicado al proyecto (investigadores, técnicos y personal auxiliar)
  • Instrumental y material usados en el proyecto, y costes de investigación contractual, patentes y licencias
  • Asesoramiento y apoyo a la innovación, consultoría jurídica, económica, de marketing y comercialización, viajes y dietas, auditorías y costes indirectos
Requisitos
  • Ser una pequeña o mediana empresa en el momento de presentar la solicitud
  • Ser una pyme innovadora con más de 5 años de antigüedad
  • Contar con capacidad administrativa, financiera y operativa para ejecutar la ayuda
  • Que los gastos subvencionables del proyecto sean al menos de 200.000€
  • Destinar al menos un 10% de la ayuda a gastos de I+D desarrollados por organismos de investigación de la Comunidad de Madrid
  • Desarrollar el proyecto en algún municipio de la Comunidad de Madrid
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Iniciar el proyecto dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la concesión
  • Ejecutar el proyecto en un plazo de hasta 24 meses
  • Destinar al menos el 10% de la ayuda a I+D realizado por organismos de investigación de la Comunidad de Madrid
  • Presentar informes detallados de las actividades a mitad y al final del periodo de ejecución
  • Mantener una contabilidad separada o codificación contable para las transacciones del proyecto
  • Conservar los documentos justificativos durante cinco años desde el 31 de diciembre del año del último pago
Cuándo
  • Abre: 23 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa es una pequeña o mediana empresa innovadora
  • Tu pyme tiene más de 5 años de antigüedad
  • Vas a desarrollar un proyecto de investigación o innovación tecnológica
  • El proyecto se desarrollará en algún municipio de la Comunidad de Madrid
  • Tus gastos subvencionables alcanzan al menos 200.000€
  • Tu empresa tiene 5 años o menos de antigüedad
  • No tienes la categoría de pequeña o mediana empresa
  • Los gastos subvencionables de tu proyecto son inferiores a 200.000€
  • Fuiste beneficiario en las convocatorias de 2023 o 2024 y aún no concluyó el plazo de ejecución
  • El proyecto no se desarrolla en la Comunidad de Madrid

Cuánto puedes recibir

Recibes un porcentaje de los gastos subvencionables de tu proyecto, con un límite máximo de 250.000€. El porcentaje depende del tamaño de tu empresa y del tipo de proyecto: hasta el 70% en investigación industrial, hasta el 45% en desarrollo experimental y hasta el 50% en estudios de viabilidad para pequeñas empresas (con porcentajes menores para medianas). Para optar a la ayuda, los gastos subvencionables del proyecto no pueden ser inferiores a 200.000€. Las ayudas se pagan con carácter anual por anticipado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria descriptiva del proyecto y el resto de documentación requerida

  2. Firma la solicitud a través del representante legal de la empresa

  3. Presenta la solicitud por medios electrónicos en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid dentro del plazo de 15 días hábiles

  4. Atiende, si te lo requieren, la subsanación de documentación en el plazo de diez días hábiles

  5. Espera la resolución de concesión, que se dicta y notifica en un plazo máximo de seis meses

Documentación necesaria

  • Memoria general descriptiva del proyecto (máximo 30 páginas) con resumen ejecutivo
  • Escritura de poder que acredite la representación de la empresa o certificación del Registro Mercantil
  • Certificación o nota informativa actualizada del Registro Mercantil
  • Presupuestos de proveedores o facturas proforma de los gastos del proyecto, con relación numerada firmada
  • Solicitud de autorización de la subcontratación cuando supere el 20% del importe de la subvención y sea superior a 60.000€
  • Documento de compromiso de colaboración con organismos de investigación de la Comunidad de Madrid, indicando el porcentaje de ayuda destinado a I+D
  • Declaración firmada de ayudas obtenidas o solicitadas
  • En su caso, cálculo de la amortización de costes de instrumental y material

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varios proyectos en esta convocatoria?
No. Cada entidad solicitante puede presentar una única solicitud referida a un único proyecto.
¿Puedo solicitarla si ya fui beneficiario en convocatorias anteriores?
No se admiten solicitudes de entidades que ya fueron beneficiarias en las convocatorias de 2023 o 2024, salvo que en la fecha de la nueva solicitud ya hubiera concluido el plazo de ejecución del proyecto aprobado.
¿Cuánto tiempo tengo para ejecutar el proyecto?
El plazo de ejecución es de hasta 24 meses, contados desde la fecha de inicio que comuniques. Además, debes iniciar el proyecto dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la concesión.
¿Puedo subcontratar parte del proyecto?
Sí, puedes subcontratar hasta un máximo del 70% de la actividad objeto de la subvención. Si lo subcontratado supera el 20% del importe y es superior a 60.000€, necesitas solicitar autorización.
¿Cuándo se cobra la ayuda?
Las ayudas concedidas se pagan con carácter anual por anticipado, y se exime de la constitución de garantías.

Fuentes oficiales

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