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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Cultura
Cultura Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para obras de agua a cooperativas de Siero

Subvención para obras de agua de cooperativas y comunidades de usuarios de Siero

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Siero para obras de mejora del agua de consumo humano
Para quién
Cooperativas de aguas y comunidades de usuarios del Concejo de Siero, sin ánimo de lucro
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Mejora de captaciones de agua
  • Reparación o renovación de conducciones y redes de distribución de agua
  • Obras en depósitos, acometidas, bombas de impulsión y sistemas de potabilización o tratamiento
Requisitos
  • Ser una cooperativa de aguas o comunidad de usuarios del Concejo de Siero legalmente constituida
  • Carecer de ánimo de lucro y no depender de entidades lucrativas
  • Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Siero
  • Haber cumplido las obligaciones de subvenciones anteriores de este Ayuntamiento, si las recibiste
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar las obras subvencionadas dentro del ámbito municipal de Siero durante 2026
  • Presentar la documentación que justifique los gastos hasta el 16 de octubre de 2026, inclusive
  • Destinar la ayuda a obras que mejoren o garanticen la calidad del agua de consumo humano
Cuándo
  • Abre: 23 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una cooperativa de aguas del Concejo de Siero
  • Eres una comunidad de usuarios de agua del Concejo de Siero
  • Vas a hacer obras para mejorar el agua de consumo humano
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad depende económica o institucionalmente de empresas con ánimo de lucro
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
  • Tienes obligaciones pendientes con el Ayuntamiento de Siero
  • Las obras se ejecutan fuera del ámbito municipal de Siero
  • No has cumplido las obligaciones de subvenciones anteriores de este Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

La cuantía individual que recibe cada entidad no está especificada en la convocatoria; consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredite los requisitos de las bases específicas

  2. Cumplimenta la solicitud según el modelo establecido

  3. Presenta la solicitud dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto

  4. Espera la resolución, que se notificará en un plazo máximo de seis meses

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo establecido
  • Documentación que acredite los requisitos exigidos en las bases específicas

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta subvención?
Las cooperativas de aguas y comunidades de usuarios del Concejo de Siero, legalmente constituidas y sin ánimo de lucro.
¿Qué obras puedo financiar con esta ayuda?
Obras de rápida ejecución y bajo coste para evitar o resolver problemas de falta, escasez o calidad del agua de consumo humano, como mejora de captaciones, conducciones, depósitos, acometidas, bombas o sistemas de potabilización.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
La documentación que justifica la subvención se presenta hasta el 16 de octubre de 2026, inclusive. El Ayuntamiento puede ampliar este plazo si hay razones fundadas que lo impidan.
¿Qué pasa si no recibo respuesta a tiempo?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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