Subvenciones de cooperación al desarrollo en Zaragoza
Subvención para ONGD con proyectos de cooperación al desarrollo y ayuda humanitaria
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para proyectos de cooperación al desarrollo y ayuda humanitaria
- Para quién
- ONGD legalmente constituidas y entidades que representan en España a agencias o programas de Naciones Unidas y organizaciones internacionales
- Cuánto
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- Hasta el 85% del presupuesto total del proyecto
La subvención no puede superar el 85% del presupuesto del proyecto y una misma entidad no puede recibir más del 10% de los fondos de la convocatoria.Concepto Límite Financiación máxima del proyecto 85% del presupuesto total Aportación propia mínima 15% del presupuesto total Máximo por entidad 10% de los fondos de la convocatoria
- Hasta el 85% del presupuesto total del proyecto
- Qué cubre
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- Proyectos de gasto corriente: formación, capacitación, fortalecimiento de entidades y prestación de servicios y suministro para cubrir necesidades básicas
- Proyectos de inversión: construcción o rehabilitación de instalaciones educativas, sistemas de abastecimiento de agua y saneamiento, centros sanitarios, equipamientos e infraestructuras y adquisición de bienes inventariables
- Requisitos
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- Eres una ONGD legalmente constituida o una entidad que representa en España a agencias o programas de Naciones Unidas y organizaciones internacionales de derecho público
- Tienes sede principal o delegación permanente en Zaragoza con al menos 24 meses de antigüedad y personal permanente, contratado o voluntario
- Has realizado actividades de cooperación al desarrollo durante al menos 3 años
- Estás dada de alta en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas de Zaragoza o en el Registro de Asociaciones, Fundaciones o similar que corresponda
- Estás al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, la Comunidad Autónoma de Aragón, la Agencia Estatal Tributaria y la Seguridad Social
- Has justificado en tiempo y forma las subvenciones que te concedieron en ejercicios anteriores en esta misma materia
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Visibiliza el origen de la financiación en todos los materiales y productos de difusión del proyecto
- Integra la perspectiva de género en la elaboración y ejecución del proyecto y evita el lenguaje e imágenes sexistas
- Presenta los datos estadísticos de personas beneficiarias y del personal del proyecto desagregados por sexo y edad
- Comunica al órgano gestor cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que obtengas para la misma actividad
- Justifica la subvención mediante cuenta justificativa simplificada con la memoria de ejecución y la memoria económica
- Facilita la información de seguimiento y la verificación e inspección del proyecto que te requiera el Ayuntamiento
- Cuándo
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- Abre: 25 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 23 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una ONGD legalmente constituida
- Representas en España a una agencia o programa de Naciones Unidas
- Tu entidad tiene sede principal o delegación permanente en Zaragoza
- Vas a ejecutar un proyecto de cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria
- Tu entidad lleva al menos 3 años trabajando en cooperación al desarrollo
- Tu entidad no tiene sede ni delegación permanente en Zaragoza
- Tu entidad tiene menos de 24 meses de antigüedad en Zaragoza
- No has justificado subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Zaragoza
- No estás al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
- Tu proyecto coincide de forma sustancial con uno ya beneficiario de subvención nominativa
Cuánto puedes recibir
La subvención no puede superar el 85% del presupuesto total de tu proyecto, por lo que debes aportar al menos el 15% restante por otras fuentes. Además, una misma entidad no puede recibir más del 10% de los fondos de la convocatoria. Una vez aceptada la subvención, se paga por anticipado el importe total mediante transferencia a tu entidad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación: proyecto, matriz de marco lógico cuando corresponda y previsión económica con el presupuesto
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Presenta la solicitud únicamente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza
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Si tu documentación tiene defectos, subsánala en el plazo de 10 días hábiles que te requieran
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Espera la valoración mediante baremo y la resolución, que se dicta en un plazo máximo de tres meses
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Acepta la subvención: se entiende aceptada si no comunicas lo contrario en cinco días hábiles desde la publicación de la resolución
Documentación necesaria
- Proyecto (S01.00)
- Matriz de marco lógico para los proyectos de tipo A y C (S01.02)
- Previsión económica: presupuesto (S02.00)
- Certificado de la Secretaría con la composición de la Junta directiva u órgano de gobierno (S03.08)
- Documento de acuerdo firmado por la entidad y la contraparte (S03.09)
- Código de Identificación Fiscal, para entidades que solicitan por primera vez (S03.02)
- Copia notarial simple de los estatutos de la entidad, para entidades que solicitan por primera vez (S03.03)
- Declaración responsable de entidades (S05.00)
- Ficha de terceros: certificado bancario para pagos (S03.07)