Subvención para taxis adaptados en Almería
Ayuda a taxistas de Almería por adquirir y adaptar vehículos accesibles.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Almería a taxistas que adquieren y adaptan vehículos accesibles.
- Para quién
- Profesionales del taxi con licencia municipal de Almería en activo.
- Cuánto
- Hasta 500€ por el sobrecoste de adquisición del vehículo y hasta 1.000€ por su adaptación.
- Qué cubre
-
- El sobrecoste de adquirir un vehículo de mayor volumen y capacidad
- Los gastos de adaptación del vehículo para personas con movilidad reducida
- Requisitos
-
- Eres titular de una licencia de auto-taxi en activo de Almería y no estás en suspensión
- Dispones de un vehículo adaptado a personas con movilidad reducida homologado según los requisitos técnicos municipales
- Adquiriste el vehículo adaptado entre 2020 y 2026
- No tienes sanciones pecuniarias pendientes de pago por infracciones de transportes
- Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Destina el vehículo al servicio público de taxi un mínimo de cuatro años desde su adquisición y hasta completar seis años de vida útil
- Mantén el vehículo afecto al servicio durante todo el ejercicio en que se concede la subvención
- Coloca en el salpicadero una pegatina con la expresión Almería Accesible durante los cuatro años posteriores a la concesión
- Justifica la subvención antes del 28 de febrero de 2027 aportando las facturas y la cuenta justificativa
- Cuándo
-
- Abre: 20 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 3 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una licencia municipal de auto-taxi de Almería
- Prestas el servicio de taxi en activo de forma habitual y permanente
- Dispones de un vehículo adaptado a personas con movilidad reducida homologado
- Adquiriste el vehículo adaptado entre 2020 y 2026
- No tienes licencia municipal de auto-taxi de Almería
- Tu licencia está en situación de suspensión
- Tienes sanciones pendientes de pago por infracciones de transportes
- No estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta 500€ por el sobrecoste de adquirir un vehículo de mayor capacidad y hasta 1.000€ por los gastos de adaptarlo a personas con movilidad reducida. El pago es anticipado del 100% de la subvención, aunque se retiene un 20% como garantía que cobras una vez aprobada la justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne la documentación y los anexos de solicitud exigidos
-
Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Almería o en su sede electrónica
-
Espera la resolución del procedimiento, que se dicta en un plazo máximo de seis meses
-
Justifica la subvención antes del 28 de febrero de 2027
Documentación necesaria
- Copia del DNI
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con inscripción en la categoría de transporte del taxi
- Alta censal en el Impuesto de Actividades Económicas
- Solicitud de subvención (Anexo I)
- Declaración responsable (Anexo III)
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social, la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Informe acreditativo de no tener sanciones pecuniarias pendientes por infracciones de transportes
- Alta de acreedores con fotocopia del NIF y certificado bancario de titularidad de la cuenta
- Copia de la autorización vigente de transporte interurbano (tarjeta de transporte)
- Facturas originales de adquisición y adaptación del vehículo en las que se detalle la matrícula